MEDIDAS LABORALES TOMADAS A RAÍZ DEL COVID-19

Contrato laboral
Suspension del contrato

Por emergencia sanitaria
Cuando se suspende el contrato no se paga salario , cesantias ni vacaciones
Por fuerza Mayor
Cuando se va a suspender contrato se avisa con anticipación al empleado

Aislamiento Obligatorio
Seguridas social

Salud
Pension
Despidos
Indemnización
Recomendaciones para las empresas que laboran bajo la crisis

Si un trabajador no tiene transporte la empresa se lo suministra

Si una mujer esta en estado de embarazo puede optar por trabajar por medio del teletrabajo
Flexibilizar las llegadas al trabajo

En caso de incapacidad del trabajador esta debe ser justificada por un medico
Si el trabajador esta en periodo de prueba lo mejor seria suspender contrato
Medidas de protección del empleo según circular 021 por el Ministerio de trabajo
Teletrabajo

Trabajo en casa

Vacaciones
Anuales
Anticipadas
Colectivas
Permiso remunerado
Salario sin prestacion del servicio
Cuando el contrato sigue los trabajadores obtienen
pagos
quincenales
mensuales
Incentivos
Como adelanto de vacaciones
Bonos alimenticios
Vacaciones
Bajo el art 186-192
1 año laborado corresponde a 15 días de vacaciones
Anticipadas
No existen
Si la empresa las concede al trabajador y este no cumple con el tiempo laboral ya no se podran descontar