NORMATIVAS DE ACTUACION POLICIAL

LEYES PROVINCIALES N° 13.482 Y 13.982 Y REGLAMENTACIONES

La ley 13.982 de la Provincia de Buenos Aires establece el régimen legal de la policía de la provincia. En sus artículos encontraremos todo lo relacionado al
ingreso, derechos, deberes y prohibiciones, carreras, escalafones, licencias, etc. Encontraremos la reglamentación laboral.

En la ley 13.482 de Provincia de Buenos Aires se puede observar la composición, funciones, organización, dirección y coordinación de las policías de la provincia de Buenos Aires, conforme a criterios de desconcentración y descentralización (art. 1).

PRINCIPIOS BÁSICOS SOBRE EL EMPLEO DE LA FUERZA Y ARMAS DE FUEGO POR LOS FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA LEY

Solo puede utilizarse la fuerza de manera excepcional cuando todos los demás medios legítimos resulten ineficaces y los condiciones de su aplicación pueden argumentarse en relación con la importancia del objetivo legitimo que se desea alcanzar.

LEY NACIONAL N° 24.059 DE LA SEGURIDAD INTERIOR

Ley promulgada el 6 de enero de 1992, establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema del sistema de planificación, coordinación, control y apoyo del esfuerzo nacional de la policía tendiente a garantizar la seguridad interior, como lo explica en el articulo primero.

ART 2: A los fines de la presente ley se define como seguridad interior a la situación de hechos basadas en el derecho en la cual se encuentra resguardadas la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la Constitución Nacional.

ART 3: La seguridad interior implica el empleo de los elementos humanos y materiales de todas las fuerzas policiales y de seguridad de la nación a fin de alcanzar los objetivos del art 2°.

ART 4: La seguridad interior tiene como ámbito espacial el territorio d la República Argentina, sus aguas jurisdiccionales y su espacio aéreo.

ART 5: La seguridad interior, de conformidad con los principios derivados de la organización constitucional, se encuentran regladas mediante leyes Nacionales y Provinciales referidas a la materia, con vigencia en cada jurisdicción y por la presente Ley, que tendrá carácter de convenio, en cuanto a la acción coordinada interjurisdiccional con aquellas provincias que adhieran a la misma.

RESOLUCIÓN N° 835/2014 DE CREACIÓN DE LAS POLICÍAS LOCALES

Entendiendo esta resolución como la creación de las UPPL, resulta de importancia en relación con los contenidos analizados en esta materia, por tratarse de una de las especialidades
de la Policía de la Provincia de Buenos Aires orientada directamente hacia tareas de policía de proximidad

ARTÍCULO 7º.- Las “Unidades de Policía de Prevención Local” tendrán como misión esencial la prevención de delitos y contravenciones, actuando con características de policía de proximidad, coordinando su actuación con los municipios y demás unidades policiales”...

RESOLUCION 34/169 DE LA ORGANIZACION DE LA NACIONES UNIDAS

Este codigo establece normas que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, deben respetar en sus funciones.

Haciendo hincapié en los derechos humanos, en contra de la tortura, apelando a un modelo del uso racional de la fuerza, entre otros.

Todo órgano de aplicación de la ley debe ser representativo de la comunidad en su conjunto, obedecerla y responder ante ella-

LEY PROVINCIAL N° 12.154

La Ley 12.154 de la Prov. de Bs. As., establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del sistema de seguridad publica provincial (art 1).

Lo mas importante y novedoso que promueve esta ley es la inclusión del pueblo como participante fundamental en la gestión de la seguridad.

Propone la creación de los foros de participantes ciudadanos, cuya misión y funciones se describen en el art 3.

Esta ley junto a la creacion de la policia local, orientan hacia un modelo de policia de comunitaria.