NORMATIVIDAD DERECHOS DE AUTOR
¿Qué vigencia tiene el Derecho de Autor?
La vida del autor y 100 años después de su muerte, con las excepciones y salvedades que establece la Ley.
Es el reconocimiento que otorga el Estado a todo creador de obras literarias y artísticas, en virtud del cual el autor goza de derechos de tipo personal, llamado derecho moral y económico llamado derecho patrimonial.
CLASES DE DERECHOS
DERECHO MORAL: Consiste en el derecho de todo autor a ser reconocido como tal, a decidir el momento de la divulgación y evitar deformaciones o mutilaciones a su obra, entre otras. Es inalienable, imprescriptible, irrenunciable e inembargable.
DERECHO PATRIMONIAL:Consiste en la facultad que tiene el autor para explotar por sí mismo su obra, así como para autorizar o prohibir a terceros dicha explotación en cualquier forma dentro de los límites que establece la Ley Federal del Derecho de Autor. Este derecho es transmisible por escrito y debe ser oneroso y temporal.
PLAGIO
PROPIEDAD INTELECTUAL
se refiere a un bien económico generalmente inmaterial, aunque pueda estar asociados a productos físicos, recogido en la mayor parte de legislaciones de los países la organización mundial de propiedad intelectual ( OMPI ) cualquier creación humana se considera propiedad intelectual