PUNTO DE CONTACTO

CLASIFICACIÓN

ÚNICOS

Aquí el problema es muy sencillo de resolver debido a que el punto de contacto existe únicamente entre dos derechos. La norma conflictual tendrá que elegir sólo entre uno y otro.

MÚLTIPLES

Éstos se presentan cuando una misma relación jurídica está regida por diversos derechos por comprender una combinación entre los dos elementos personales reales y conductuales.

MUDABLES

Se presenta cuando una relación jurídica se altera por transcurso del tiempo, por el cambio de lugar cuando se trata de bienes, por el cambio de nacionalidad o de domicilio de una persona.

INAMOVIBLES

Estos son posibles sólo en conexiones territoriales, como ocurre con los inmuebles que se rigen por el principio lex rei sitae.

PRINCIPALES

En todo conflicto siempre hay un punto de conexión básico del cual parte la determinación del derecho aplicable y del cual pueden derivar nuevos conflictos, como ocurriría en un ab intestato en el que surgieran personas con derechos alimentarios o con créditos laborales.

SUBSIDIARIOS

Éstos se aplican sólo cuando el punto de contacto principal sea impracticable

ALTERNATIVOS

Son aquellos que presentan la posibilidad de elección, lo cual ocurre cuando el legislador da varias opciones de la ley aplicable.

ACUMULATIVOS

En estos puntos la solución del conflicto sólo se logrará cuando se apliquen todas las normas de los diversos puntos de contacto.

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CLASES

DE ACUERDO CON EL OBJETO

DE ACUERDO CON LAS PERSONAS

nacionalidad, domicilio, residencia, y la pertenencia de un país´por prestación de servicio.

SEGUN LOS OBJETOS O BIENES

El punto de conexión se basaría en el principio lex rei sitae

DE ACUERDO CON LOS SUCESOS

Por el lugar de celebración del acto, el principio aplicable es el de locus regit actum.

Por el lugar del cumplimiento de la obligación, principio aplicable es el de lex loci ejecutions.

Por el acuerdo de las partes, el principio que rige es el de autonomía de voluntad.

DE ACUERDO CON EL CARACTER DE LA CONEXIÓN

CONEXIÓN NO ACUMULATIVA

Simple o condicional, sólo se aplicará una ley. Este punto de conexión se equipara al punto de contacto único.

CONEXIÓN ACUMULATIVA

Igual o desigual, consiste en que el mismo problema se somete a diferentes derechos que lo resuelven, cada uno con independencia del otro y sólo el acuerdo entre todos los derechos permite obtener una solución positiva.

Topic principal

Es el elemento que determina si la relación jurídica es absolutamente nacional. Dicho punto surge cuando una relación jurídica se relaciona con uno o varios ordenamientos jurídicos extranjeros entre sí. <

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ZURITA RODRÍGUEZ BRIANDA LORENA