Los almacenes generales de depósito desempeñan un rol crucial en la gestión y conservación de bienes y mercancías. Existen diferentes tipos de almacenes: aquellos que simplemente reciben bienes en depósito, los que también aceptan mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal, y los que, además, ofrecen financiamiento basado en las normas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
I. Los que se destinen a recibir en depósito bienes o mercancías de cualquier clase y
realicen las demás actividades a que se refiere la LGOAAC, a excepción del régimen de depósito fiscal y otorgamiento de financiamientos.
II. Los que además de estar facultados en los términos señalados en la fracción
anterior, lo estén también para recibir mercancías destinadas al régimen de depósito
fiscal.
III. Los que además de estar facultados en los términos de alguna de las fracciones
anteriores, otorguen financiamientos conforme a lo previsto en la LGOAAC, debiendo sujetarse a los requerimientos mínimos de capitalización que al efecto
establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante disposiciones de carácter general.
IMPORTANCIA
MAPA CONCEPTUAL
JOSE OMAR DUARTE MARTINEZ
03/07/2020
OBJETIVOS POR LOS
CUALES FUERON CREADOS
ANTECEDENTES
HISTÓRICOS
CONCEPTO
Entidades dedicadas al almacenamiento de bienes o
mercancías bajo su custodia, amparados por certificados de depósito. Además, otorgan financiamiento tomando como garantía los bienes bajo su custodia.