par Maira Murillo Il y a 4 années
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11) fijación de audiencia de instrucción y juzgamiento : el juez antes de finalizar la audiencia, fijara fecha y hora para la audiencia de instrucción y juzgamiento y dispondrá todo lo necesario para que en ella se practique las pruebas.
4) consecuencia de instancia: la instancia injustificada del demandante hará presumir ciertos hechos en que se fundad las excepciones propuestas por la demanda siempre que sean susceptibles de confesión.
6) conciliación: desde el inicio de la audiencia y en cualquier audiencia y en cualquier etapa de ellas el juez exhorta diligentemente a las partes a conciliar sus diferencias .
3)instancia: la instancia de las partes o de su apoderado a esta audiencia por hechos anteriores a la misma solo podrá justificarse mediante pruebas si quiere sumario de una justa causa.
5) decisión de excepciones previas: con limitaciones previstas en el articulo 101, el juez practicara las pruebas estrictamente necesarias para resolver las excepciones previas que estén pendientes y las decidirá.