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par JEFERSON DIAZ Il y a 2 années

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CLASIFICACION DE LOS SUJETOS PASIVOS

Existen distintas categorías para clasificar a los sujetos pasivos en el ámbito tributario. Los no declarantes incluyen a personas naturales y sucesiones ilíquidas que cumplen ciertos requisitos establecidos en el estatuto tributario, lo cual implica que no deben presentar formulario para declarar, y las retenciones realizadas se consideran su impuesto del año.

CLASIFICACION DE LOS SUJETOS PASIVOS

ALIUMNOS : YESID CONTRERAS GONZALES Y JEFERSON DIAZ

sí, calculan anticipo al impuesto de renta.

tramitan patrimonio, ingresos, gastos, costos, impuestos y sanciones.
se les aplica rete fuente a titulo de impuesto de renta y complementarios.

se aplica la tabla del art 241 del estatuto tributario para personas naturales, sucesiones ilíquidas y extranjeros residentes.

preparan la comparación patrimonial

entre otras

CLASIFICACION DE LOS SUJETOS PASIVOS

NO CONTRIBUYENTES

movimientos religiosos, partidos políticos, universidades, entre otros

no les aplican retefuente a titulo de impuesto de renta y complementarios.

no preparan comparación patrimonial

no tienen tarifa de imporenta y complementarios

gestionan solo la parte del patrimonio e ingresos, costos, los gastos y las sanciones.

NO DECLARANTES
Las juntas de acción comunal, la nación, municipios, departamentos, el distrito de Bogotá, etc

no calculan anticipo al impuesto de renta

no presentan formularios para declarar

no se les aplica rete fuente a titulo de impuesto de renta y complementarios.

preparan comparación patrimonial.

CONTRIBUYENTES

DECLARANTES
REGIMEN ORDINARIO

Personas naturales y por supuesto sucesiones ilíquidas que no cumplan con los requisitos estipulados en los artículos del estatuto tributario 592, 593, 594-1,594-3( exonerados para declarar)

personas jurídicas que sean limitadas, sociedades anónimas, asimiladas, mixtas, cajas de compensación, industriales del estado, etc.

REGIMEN ESPECIAL

Aqui encontarmos lo que son las coporaciones y fundaciones sin animo de lucro, entidades del sector cooperativo y por supuesto las asociaciones gremiales.

se personifican en que:

aunque diligencian todo hay una excepción que son los reglones del impuesto hacia abajo en los casos donde no tienen excedentes gravados.

NO DECLARATES
Personas naturales y por supuesto sucesiones ilíquidas que cumplan con los requisitos que se establecen en los art 592, 593, 594-1, 594-3 de estatuto tributario.

Se personifican en que:

no presentan formulario para declarar

las retenciones que les practican se constituyeron respectivamente en su impuesto del año.