par Mafe Lopez Il y a 3 années
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Plus de détails
Art 199 Ley 599 de 2000
Aumento de penas
Art 199
Reglas en cuanto a delitos
Art 197 y 198
Programas de atención especializada
Reparación
Art 196
Asistencia en el juicio Abogado
Art 194 y 195
Audiencia NO frente al agresor
Art 192 y 193
3. Criterios para el desarrollo del proceso judicial de delitos en los cuales son víctimas los niños, las niñas y los adolescentes víctimas de los delitos
Compañía para Rendir testimonio
No intimidar
No estigmatizar
Disposiciones finales
Art 217
Derogatoria
Art 216
Vigencia
Art 215
Presupuesto y financiación
Inspección, vigilancia y control y sus funciones
La Procuraduría General de la Nación 2. La Contraloría General de la República 3. La Defensoría del Pueblo 4. Las personerías distritales y municipales 5. Las entidades administrativas de inspección y vigilancia 6. La sociedad civil organizada,
DEFENSA DE DERECHOS, MANEJO DE FINANZAS, DIVULGACIÓN DE DERECHOS, VIGILANCIA
Art. 206 y 207
Consejo Nal. de política social
Art. 205
Protección del menor
Art. 201 a 204
Objetivos, principios, responsables
Capitulo V
Art.129 al 138
Inculplimiento
Embargo salario o bienes
Cuota alimentos
Capitulo IV Procedimiento Administrativo y Reglas especiales
Articulo 118º Garantías especiales para el adolescente indígena autorizado para trabajar
En los procesos laborales en que sea demandante un adolescente indígena será obligatoria la intervención de las autoridades de su respectivo pueblo
Articulo 117º Prohibición de realizar trabajos peligrosos y nocivos
Articulo 116º Derechos en caso de maternidad
Articulo 115º Salario
Articulo 114º Jornada de trabajo
Articulo 113º Autorización de trabajo para los adolescentes
Artículo 112º Restitución internacional de los niños, las niñas o los adolescentes
Artículo 111º Alimentos
Artículo 110º Permiso para salir del país
Artículo 109º Reconocimiento de paternidad
Artículo 108º Homologación de la declaratoria de adoptabilidad
Es una herramienta que permite al Estado a través de los jueces de familia ejercer un control sobre las decisiones
Artículo 107º Contenido de la declaratoria de adoptabilidad o de vulneración de derechos
Artículo 106º Allanamiento y rescate
Artículo 105º Entrevista del niño, niña o adolescente
Artículo 104º Comisión y poder de investigación
Es un órgano que los Congresos y Parlamentos, pueden crear, en el marco jurídico que las regula
Artículo 103º Carácter transitorio de las medidas
Artículo 102º Citaciones y notificaciones
Es el acto mediante el cual el tribunal realiza un llamamiento a una persona natural o jurídica, para que se defienda.
Artículo 101º Contenido de fallo
Artículo 100º Trámite
Artículo 99º Iniciación de la actualización administracion
Es el cauce formal de la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de un fin
Artículo 97º Competencia territorial
Artículo 96º Autoridades competentes
Capitulo III Autoridades competentes para el establecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes
Artículo 95º El ministerio público
Promover el conocimiento y la formación de los niños para el ejecicio responsable de sus derechos.
Artículo 94º Prohiciciones especiales
Se prohíbe: la conducción de menores mediante la utilización de esposas o cualquier otro medio que atente contra su dignidad
Artículo 93º Control disciplinario
Artículo 92º Calidades de la policía de infancia y adolescencia
Deberá tener estudios profesionales en áreas relacinadas con las ciencias humanas y sociales.
Artículo 91º Organización
Artículo 90º Obligación en formación y capacitación
La policía creará e integrará en el programa académico de las Escuelas en Formación de la policia
Artículo 89º Funciones de la policía Nacional para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescente
Cumplir y hacer cumplir las Normas y decisiones para la protección de los niños, niñas y adolescentes impartan los organismos del Estado
Artículo 88º Misión de la policia Nacional
Entidad que integra el Sistema Nacional de Bienestar Familiar. Garantizar la protección integral
Artículo 87º Atención permanente
Artículo 86º Funciones del comisario de familia
Garantizar, proteger, restablecer y preparar los derechos de los miembros de la familia
Artículo 85º Calidades para ser comisario de familia
Se requiere lo mismo para calidades que para ser defensor de familia
Artículo 84º Creación, composición y reglamentación
Artículo 83º Comisaria de familia
Artículo 82º Funciones del defensor de Familia
Adelantar de oficios, dictar las medidas de restablecimiento de los derechos
Artículo 81º Deberes del defensor de familia
Dirigir el proceso , velar por su rápida solución
Artículo 80º Calidades para ser defensor de familia
Ser abogado en ejercicio y con tarjeta profesional
Artículo 79º Defensoría de familia
Capitulo II Medidas de restablecimientos de los derechos
Artículo 78º Requisitos de acreditación
Deberán incluir la presentación de pruebas financiero interno que indiquen una solida situación financiera.
Artículo 77º Sistema de Información de restablecimiento de derechos
Finalidad llevar el registro de niñas, niños y adolescente cuyos derechos se denuncian como amenazados o vulnerados
Artículo 76º Derecho del adoptado a conocer familia y origen
Todo adoptado tiene derecho a conocer su origen y el carácter de su vinculo familiar
Artículo 75º Reserva
Todos los documentos del proceso de adopción serán reservados durante 20 años.
Artículo 74º Prohibición de pago
ICBF ni Instituciones autorizadas podrán cobrar directa o indirectamente retribución alguna por la entrega de un niño para poder ser adoptado
Artículo 73º Programa de adopción
Se entiende el conjunto de actividades tendientes a restablecer el derecho a tener una familia.
Artículo 72º Adopción Internacional
Convenios Internacionales con Colombia
Artículo 71º Prelación para adoptantes colombianos
Igualdad de condiciones para el proceso
Artículo 70º Adopción de niño, niña o adolescente indígena
Cuando los adoptantes sean de su misma comunidad procederá de acuerdo con sus usos y constumbres.
Artículo 69º Adopción de mayores de edad
Cuando el adoptante pudiera tenido su cuidado personal y haber convivido al menos 2 años antes de que el cumpliera los 18 años.
Artículo 68º Requisitos para adoptar
- Personas solteras, conyugues conjuntamente
Artículo 67º Solidaridad familiar
Artículo 66º El consentimiento
Artículo 65º Acciones de reclamación
Nadie podrá ejercer acción alguna para establecer la fijación consanguínea del adoptivo, ni reconocerle como hijo.
Artículo 64º Efectos jurídicos de la adopción
Establece parentesco civil entre el adoptivo y el adoptante
Artículo 63º Procedencia de la adopción
Solo se podrán adoptar menores de 18 años
Artículo 62º Autoridad central en materia de adopción
Es el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Artículo 61º Adopción
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Artículo 60º Vinculación a programas de atención especializada para el restablecimiento de derechos vulnerados
Cuando sea vulnerado algunos de sus derechos deberán vincularse a un programa de especialización que asegure el restablecimiento de sus derechos
Artículo 59º Ubicación en el hogar sustituto
Medida de protección provisional que toma la autoridad y consiste en la ubicación en una familia que se compromete a brindarle atención y cuidado necesario.
Artículo 58º Red de hogares de paso
Artículo 57º Ubicación en el hogar de paso
Artículo 56º Ubicación en la familia de origen o familia extensa
Artículo 55º Incumplimiento de la medida
Sanción de a multa de 1 a 100 salarios minimos vigentes.
Artículo 54º Amonestación
Consiste en la conminación a los acudientes del cuidado del niño sobre el cumplimiento de las obligaciones que la ley les impone.
Artículo 53º Medidas de restablecimiento de derechos
Ubicación en un programa de atención especializada para el restablecimiento del derecho vulnerado.
Artículo 52º Verificación de la garantía de derechos
Garantizar el buen estado de la salud física y psicológica, buen estado de nutrición y vacunación, inscripción en el registro de nacimiento
Artículo 51º Obligación de restablecimiento de los derechos, de los niños, las niñas y adolescentes
Artículo 50º Restablecimiento de los derechos
Capitulo I Obligaciones de la familia, la sociedad y el estado
Artículo 49º Obligación de la Comisión Nacional de Televisión
Garantizará el interés de la niñez y la familia, ampliación de franjas infantiles y juveniles
Artículo 48º Espacio para mensajes de garantía y restablecimiento de derechos
Programación que determine el bienestar familiar
Artículo 47º Responsabilidades especiales de los medios de comunicación
Promover la libertad de expresión y el derecho a la información
Artículo 46º Obligaciones especiales del sistema de seguridad social en salud
Diseñar y desarrollar programas de prevención en salud como: vacunas, complementación alimentaria, suplementación nutricional
Artículo 45º Prohibición de sanciones crueles, humillantes o degradantes
Los educadores no pondrán poner sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico
Artículo 44º Obligaciones complementarias de las Instituciones Educativas
Pondrán en marcha mecanismos para comprobar la inscripción del registro civil de nacimientos
Artículo 43º Obligación ética fundamental de los establecimientos educativos
Tendrán la obligación de garantizar el pleno respeto a su dignidad
Artículo 42º Obligaciones Especiales de las instituciones educativas
Facilitar el acceso al sistema educativo y garantizar su permanencia
Artículo 41º Obligaciones del Estado
Debe garantizar el ejercicio de todos los derechos de los niños, niñas y adolescentes para el desarrollo integral en todos los niveles
Artículo 40º Obligaciones de la sociedad
En cumplimiento de los principios de corresponsabilidad y solidaridad, las organizaciones de la sociedad civil.
Artículo 39º Obligaciones de la familia
Promover la igualdad de derechos, el afecto, la solidaridad y el respeto
Artículo 38º De las obligaciones de la familia, la sociedad y el Estado
Capitulo II Derechos y libertades
Artículo 37º Libertades fundamentales
Artículo 36º Derechos de los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad
Artículo 35º Edad mínima de admisión al trabajo y derecho a la protección laboral de los adolescentes autorizados para trabajar.
Artículo 34º Derecho a a la información
Artículo 33º Derecho a la intimidad
Artículo 32º Derecho de asociación y reunión
Artículo 31º Derecho a la participación de los niños, niñas y los adolescentes.
Artículo 30º Derecho a la recreación, participación en la vida cultural y en las artes.
Artículo 29º Derecho al desarrollo integral en la primera infancia
Artículo 28º Derecho a la educación
Artículo 27º Derecho a la salud
Artículo 26º Derecho al debido proceso
Artículo 25º Derecho a la identidad
Artículo 24º Derecho a los alimentos
Artículo 23º Custodia y cuidado personal
Artículo 22º Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella.
Artículo 21º Derecho a la libertad y seguridad personal
Artículo 20º Derechos de protección
Artículo 19ª Derecho a la rehabilitación y la resocialización
Artículo 18ºDerecho a la integridad personal
Artículo 17ºDerecho a la vida y la calidad de vida y aun ambiente sano.
Capitulo I principios y definiciones
Artículo 16º Deber de vigilancia del Estado.
Artículo 15º Ejercicio de los derechos y responsabilidades
Artículo 14º La responsabilidad parental
Artículo 13ºDerechos de las niñas, niños y adolescentes de los pueblos indígenas y demás grupos
Artículo 12º Perspectiva de género
Artículo 11º Exigibilidad de los derechos
Artículo 10ºCorresponsabilidad
Artículo 9º Prevalencia de los Derechos
Artículo 8º Interés Superior de los niños, las niñas y adolescentes
Artículo 7º Protección Integral
Artículo 6º Reglas de interpretación y aplicación
Artículo 5º Naturaleza de las normas contenidas en el código
Artículo 4º Ámbito de Aplicación
Artículo 3º Sujetos titulares de Derechos
Artículo 2º Objeto.
Artículo 1º Finalidad.