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El ayuntamiento determina las comisiones necesarias, las comisiones serán de: -Gobernación -Hacienda -Obras y Serv. Públicos -Seguridad pública. -Educación y cultura -Igualdad de género -Y las que termine el ayuntamiento de acuerdo a las necesidades del municipio.
Requisitos para la persona titular de la Sindicatura: -Ser ciudadano mexicano -Tener grado de licenciatura. -Gozar de buena reputación.
Facultades y obligaciones del presidente municipal
-Dentro de la posibilidad de cada municipio, aprobar la realización de obras públicas. -Autorizar reglamentos y acuerdos de los ayuntamientos. -Enviar al Ejecutivo del Estado los proyectos y programas municipales. -Cumplir las disposiciones contenidas en las leyes y reglamentos. -Generar las acciones necesarias para el cumplimiento de programas municipales. -Proponer al Ejecutivo Estatal sus necesidades presupuestarias para la ejecución de los programas de igualdad.
Tiene la facultad de: -Presidir sesiones de ayuntamiento -Nombrar y remover funcionarios y personas empleadas de la administración municipal -Informar al ayuntamiento sobre acuerdos -Dar publicidad a los reglamentos -Resolver los conflictos de competencia en las dependencias municipales. -Designar a los integrantes de consejos. -Toma de protesta al funcionario municipal. -Conceder licencias a funcionarios y empleados al servicio del municipio. -Practicar visitas a las secciones municipales y comisarías. -Representar al municipio. -Vigilar la recaudación de los ingresos municipales.