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par KATERINE MOYA PRIETO Il y a 2 années

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COMPETENCIAS DIGITALES EN EL TALENTO HUMANO SALUD MAITE - PAIS

La alfabetización digital en el sector salud se ha convertido en una habilidad esencial, permitiendo a los profesionales localizar, analizar, organizar, entender y evaluar información a través de la tecnología digital.

COMPETENCIAS DIGITALES EN EL TALENTO HUMANO SALUD MAITE - PAIS

Se define como un espectro de competencias que facilitan el uso de los dispositivos digitales, las aplicaciones de la comunicación y las redes para acceder a la información. Los dispositivos y servicios de salud digital son un apoyo al trabajo del profesional, que aumenta su eficiencia y precisión, e incluso, la satisfacción de la persona atendida esta situación se da cuando los profesionales de la salud tienen las competencias digitales para usar los dispositivos y servicios dirigidos a su trabajo.

COMPETENCIAS DIGITALES EN EL TALENTO HUMANO SALUD MAITE - PAIS

SISTEMA DE INFORMACION CLINICA

Los sistemas de información clínicos hacen parte de la revolución que está viviendo la medicina, donde los datos se consolidan como eje central para la prestación del servicio y la investigación. En este contexto, los datos de la historia clínica son claves para la clasificación del riesgo, de acuerdo al conocimiento que poseen los profesionales de la salud y la información de calidad, factor que permite a las entidades prestadoras de servicios de salud la implementación de modelos de salud centrados en el paciente, que logran un alto impacto en el estado de salud de la población.
Actualmente, en Colombia los sistemas de información en salud cuentan con la siguiente normatividad, de acuerdo al Ministerio de Salud y Protección social (2015).

Ley 1438 de 2011 (Artículo 112): El Ministerio de la Protección Social será el garante de articular la información y administrar a través del Sistema Integrado de Información de la Protección Social (SISPRO).

Ley 1122 de 2007: Sistema Integrado de Información de la Protección Social (SISPRO), el cual definirá el procedimiento de implementación.

Ley 715 de 2001: Es competencia del Ministerio de Salud el definir, diseñar, reglamentar, implantar y administrar el sistema integral de información en salud y el sistema de vigilancia en salud pública, con la participación de las entidades territoriales.

Ley 9 de 1979 (Artículo 480): Establece los términos de responsabilidad, clasificación, periodicidad, destino y claridad de la información epidemiológica del país, los cuales son ineludibles para todas las personas naturales o jurídicas, habitantes o establecidas en el territorio nacional.

Topic principal

ALFABETIZACION DIGITAL

Es la habilidad para localizar, analizar, organizar, entender y evaluar información utilizando tecnología digital. El sector salud no es ajeno a la implementación de estas tecnologías, ya que desde hace algún tiempo se ha venido presentando la digitalización de los registros de salud, articulados con la estrategia de transformación digital del gobierno, la cual va de la mano con la Investigación, Desarrollo e innovación (I+D+i), iniciativa del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, encargada de fortalecer y dinamizar la sinergia entre la academia, la industria y el Estado. Busca la reducción de costos y el aumento de la productividad; por eso, cada vez son más las herramientas tecnológicas que aparecen en el mercado para mejorar la eficiencia, de ahí que el talento humano en salud debe estar en constante evolución para estar preparado a los nuevos retos del mundo digital.
Machine Learning: Es una forma de IA que permite diseñar algoritmos y desarrollar modelos de datos predictivos.
Inteligencia Artificial: También conocida como IA, se define como procedimientos efectivos por medio de los cuales se pueden generar comportamientos inteligentes, utilizando estrategias como la modelación o la simulación, que permiten las representaciones del conocimiento, el razonamiento y el aprendizaje.
Blockchain: En español, cadena de bloques, conocido como la tecnología de registros compartidos e inmutables, lo que significa que son registros que contienen información encriptada, es decir, que tienen una gran seguridad, lo cual permite garantizar la confidencialidad de la información, ya que es casi imposible de falsificar.
Análisis de datos: (Data Análisis, o DA) es la ciencia que examina datos en bruto con el propósito de sacar conclusiones sobre la información.
Big data: Se refiere al análisis de grandes cantidades de datos que pueden estar o no estructurados, permitiendo, a través de la minería de datos, realizar análisis predictivos para identificar oportunidades, informar estrategias de atención y resolver los desafíos de los usuarios, permitiendo desarrollar y automatizar procesos, métricas y soluciones escalables a largo plazo.
Internet de las cosas: Conocido como IoT, es una red de objetos físicos que por medio de sensores y aplicaciones se conectan a la red e intercambian datos por internet, permitiendo conectar el mundo real con el mundo virtual, cambiando la manera de vivir en la cotidianidad.
Bases de datos: Conjunto de datos almacenados sistemáticamente para su posterior uso (MinTIC, 2014). El Sistema de Gestión de Bases de Datos (SGBD) es un software que dirige y controla todas las gestiones que realizan las bases de datos; entre estas gestiones se encuentran las de consultar, eliminar, crear y reemplazar los datos.
La información: Es un conjunto organizado de datos, que constituyen un mensaje sobre un determinado ente o fenómeno. Los datos se perciben mediante los sentidos, estos los integran y generan la información necesaria para producir el conocimiento, que es el que finalmente permite tomar decisiones para realizar las acciones cotidianas que aseguran la existencia social (ALEGSA.COM.AR, 2009).
El dato: “Es una forma mínima de representar la información, puede ser una letra, un número, un signo ortográfico o cualquier símbolo que represente una cantidad, una medida, una palabra o una descripción” (ALEGSA.COM.AR, 2009).

TELESALUD

la Telesalud corresponde al conjunto de actividades relacionadas con la salud, servicios y métodos los cuales se llevan a cabo a distancia con la ayuda de las tecnologías de la información y comunicación (TIC). Incluye, entre otras, la Telemedicina y la Teleducación en salud. Pretende mejorar el acceso a los servicios de salud, la resolutiva de los profesionales de la salud, además de permitirles a los usuarios una continuidad en la prestación de los servicios, así como el mejoramiento de la calidad de la atención clínica, impactando la salud pública y la educación para la salud mediante el uso de las TIC. Se rige bajo los principios de libre escogencia, bajo el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud, la autonomía profesional del talento humano en salud y el consentimiento informado, en el cual el usuario se le garantiza la confidencialidad de la información, conoce los riesgos, beneficios y responsabilidades que tiene como paciente. conformada por varias actividades, como: Teleorientación, Teleapoyo, Teleexperticia, Telemonitoreo, Telemedicina interactiva,Telemedicina no interactiva
Teleeducación en salud: se entiende como un proceso de formación a distancia en salud, basado en el uso de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones, que posibilitan el aprendizaje interactivo, flexible y accesible a cualquier receptor potencial.
Telemedicina: en la prestación de los servicios de salud está orientada hacia el mejoramiento de la calidad de vida de la población

HABILITACION

cumplimiento del conjunto de normas, requisitos y procedimientos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social para la prestación de servicios de salud en Colombia. busca que se dé cumplimiento al sistema obligatorio de garantía de la calidad. La reglamentación de habilitación actualmente se rige por la Resolución 3100 de 2019.
La nueva norma de habilitación presenta la descripción del servicio, la cual contempla 13 modalidades, procedimientos, procesos, programas, estrategias o actividades y tecnologías que corresponden

13. Unidad de quemados adultos y/o pediátricos

12. Ultrasonido

11. Protección específica y detección temprana

10. Neumología - Laboratorio de función pulmonar

9. Esterilización

8. Electro diagnóstico

7. Endoscopia digestiva

6. Consulta domiciliaria

5. Atención domiciliaria paciente crónico sin ventilador

4. Atención domiciliaria paciente crónico con ventilador

3. Atención domiciliaria paciente agudo

2. Atención al consumidor de sustancias psicoactivas

1. Atención ambulatoria al consumidor de sustancias psicoactivas

NORMATIVIDAD

Resolución 2654 de 2019: establece las disposiciones por telesalud
Ley 2015 de 2020: se crea la historia clínica electrónica interoperable.
registro integral y cronológico de las condiciones de salud del paciente que se encuentra contenido en sistemas de información
Resolución 1995 de 1999: contiene la reglamentación Para el manejo de la historia clínica
Documento privado obligatorio y sometido a reserva en el cual se rige cronológicamente las condiciones de salud del paciente
Ley estatutaria 1266 del 31 diciembre 2008: dicta disposiciones generales de Hábeas data y se regula el manejo de la información en bases de datos
ley 1581 de 2012: dicta disposiciones generales para la Protección de los datos personales
ley 23 de 1981: dicta normas en materia ética médica
Ley 100 del 93: Define y reglamenta el sistema de seguridad social integral