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Los integrantes de la población civil. Las personas que no participan en hostilidades y los civiles en poder de la parte adversa. Los heridos, enfermos o náufragos puestos fuera de combate. El personal sanitario o religioso. Los periodistas en misión o corresponsales de guerra acreditados. Los combatientes que hayan depuesto las armas por captura, rendición u otra causa análoga. Quienes antes del comienzo de las hostilidades fueren considerados como apátridas o refugiados. Cualquier otra persona que tenga aquella condición en virtud de los Convenios I, II, III y IV de Ginebra de 1949 y los Protocolos Adicionales I y II de 1977 y otros que llegaren a ratificarse.