par Paola Andrea Pinillo Cancino Il y a 7 années
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Si se aplica, en concordancia con la normatividad civil.
*Según las propias y pactadas en el Contrato *El plazo de la garantía extiende el del Contrato.
Acto que formaliza la terminación del contrato.
*Modalidad: Común acuerdo o unilateral *Contenido: Relación detallada, paz y salvo o compensaciones, revisión y ajuste de garantías. *Procede: Contratos de Tracto sucesivo, declaratoria de caducidad, terminados unilateralmente, y si así lo hubieren pactado. *Término: Pactado o legal.
Interventoría
*Seguimiento técnico, aunque se puede contratar las demás funciones. *Ejercida por un tercero (contratista), mediante la modalidad de concurso de méritos o mínima cuantía. *Persona natural o jurídica, Consorcio o Unión Temporal. *Ejercida cuando se requiere conocimiento especializado o por complejidad o extensión del mismo.
Supervisión
*Seguimiento Técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico. *Ejercida por la misma Entidad estatal a través de sus servidores públicos. *Ejercida únicamente por persona natural *Ejercida por la Entidad cuando no requieren conocimientos especializados. *La supervisión no se puede contratar, sino el apoyo a la supervisión.
Anticipo (Si legalmente es viable)
Diferencia entre
Pago Anticipado
El pago anticipado es un pago efectivo del precio de forma que los recursos se integran al patrimonio del contratista desde su desembolso. (https://colombiacompra.gov.co/content/cual-es-la-diferencia-entre-el-anticipo-y-el-pago-anticipado)
Anticipo
Es un adelanto o avance del precio del contrato destinado a apalancar el cumplimiento de su objeto, de modo que los recursos girados por dicho concepto solo se integran al patrimonio del contratista en la medida que se cause su amortización mediante la ejecución de activiadades programadas del contrato. (https://colombiacompra.gov.co/content/cual-es-la-diferencia-entre-el-anticipo-y-el-pago-anticipado)
Acta de Inicio
Designación/Contratación de Interventor o Supervisor
Aprobación de garantías, registro presupuestal y publicación (pago) + timbre.
Acuerdo sobre obligaciones de las partes plasmado en escrito (Art. 41 ley 80 de 1993)
Manual de contratación de las entidades
Las Entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación deberán contar con un Manual de Contratación, en el que se señalen las funciones internas en materia contractual, las tareas que deban acometerse por virtud de la delegación o desconcentración de funciones, así como las que se derivan de la vigilancia y control de la ejecución contractual en los términos establecidos en el artículo 2.2.1.2.5.3 del Decreto 1082 de 2015.
Registro Único de Proponentes (RUP)
Las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en Procesos de Contratación convocados por las Entidades Estatales, deben estar inscritas en el RUP, salvo las excepciones previstas de forma taxativa en la ley. (Artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015)
Sistema Electrónico para la Contratación (SECOP)
Es un instrumento de apoyo a al gestión contractual de las entidades estatales, que permite la interacción de las entidades contratantes, los proponentes, los contratistas, la comunidad y los órganos de control.
El Cronograma.
El plazo dentro del cual la Entidad Estatal puede expedir Adendas.
Los términos de la supervisión y/o de la interventoría del contrato
Los términos, condiciones y minuta del contrato.
La mención de si la Entidad Estatal y el contrato objeto de los pliegos de condiciones están cubiertos por un Acuerdo Comercial.
Las garantías exigidas en el Proceso de Contratación y sus condiciones.
Los Riesgos asociados al contrato, la forma de mitigarlos y la asignación del Riesgo entre las partes contratantes.
El valor del contrato, el plazo, el cronograma de pagos y la determinación de si debe haber lugar a la entrega de anticipo, y si hubiere, indicar su valor, el cual debe tener en cuenta los rendimientos que este pueda generar.
Las causas que dan lugar a rechazar una oferta.
Las reglas aplicables a la presentación de las ofertas, su evaluación y a la adjudicación del contrato.
Las condiciones de costo y/o calidad que la Entidad Estatal debe tener en cuenta para la selección objetiva, de acuerdo con la modalidad de selección del contratista.
Los criterios de selección, incluyendo los factores de desempate y los incentivos cuando a ello haya lugar.
La modalidad del proceso de selección y su justificación.
La descripción técnica, detallada y completa del bien o servicio objeto del contrato, identificado con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios, de ser posible o de lo contrario con el tercer nivel del mismo.
Evaluación de riesgo que el proceso de contratación representa para la entidad.
Determinar requisitos habilitantes teniendo en cuenta el artículo 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015.
Análisis del sector relativo al objeto del proceso de contratación desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de análisis de riesgo.
Herramienta de planeación contractual que contiene: objetivos, estrategias, proyectos, metas, responsables, planes generales de compra, distribución presupuestal del proyecto de inversión, entre otros aspectos.