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par yeison perea Il y a 5 années

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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AGREGADO (IVA)

El IVA es un impuesto que se aplica sobre el valor de bienes y servicios, con tarifas que varían según la ley, siendo la general del 19% y la especial del 5%. Hay sanciones del 10% sobre las consignaciones bancarias o ingresos brutos en caso de incumplimiento.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AGREGADO  (IVA)

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AGREGADO (IVA)

CONTABILIZACION

La empresa ABC persona juridical regimen común ( toda persona juridical es regimen común) vende electrodomésticos a credito por el valor de 300.000 más iva del 19% al señor Carlos Munera persona natural del regimen común. Asientos de vendedor y comprador ABC CODIGO CUENTA DEBE HABER 4135 comercio al por mayo y al por menos $ 1.000.000,00 2805 IVA GENERADO $ 190.000,00 1355 ANTICIPO DE IMPUESTO $ 25.000,00 1305 clientes $ 1.165.000,00 SUMAS IGUALES $ 1.190.000,00 $ 1.190.000,00 CARLOS MUNERA CODIGO CUENTA DEBE HABER 1435 MERCANCIA NO FAB X EMPRESA $ 1.000.000,00 2805 IVA descontado $ 190.000,00 2367 RETEFUENTE $ 25.000,00 2205 PROVEEDORES $ 1.165.000,00 SUMAS IGUALES $ 1.190.000,00 $ 1.190.000,00

SANACIONES

El 10% de las consignaciones bancarias o ingreso brutos

CLASES DE BIENES

Tangibles: aquellos que tiene forma física, por ejemplo: una casa, mercancía y alimentos Intangibles: No tienen forma física pero representa un derecho ejemplo: pólizas , seguros , franquicias, títulos de valores etc.

BASE DE CALCULO

Es el valor del bien o servicio que según la ley establezca gravar con la tarifa general o especial. Tarifas: General del 19% Especial del 5% Exento 0% Excluidos.

REGÍMENES

Régimen simplificado: Al Régimen Simplificado del Impuesto sobre las Ventas pertenecen las personas naturales comerciantes y los artesanos, que sean minoristas o detallistas; los agricultores y los ganaderos, que realicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados, siempre y cuando cumplan la totalidad de las siguientes condiciones: no tener un ingresos brutos superiores a 3500 uvt´s , tener establecimiento,no se aduanero,consignaciones en cuenta bancarias no superiores a 3.500 uvt´s y todos los requisitos del artículo 499 del estatuto tributario modificado por la ley 1819 de 2016. Régimen común: Se considera responsable del impuesto a las ventas toda persona natural o persona jurídica que venda productos o preste servicios gravados con el IVA. Toda persona jurídica por solo hecho de ser jurídica es régimen común. Obligaciones: llevar contabilidad, inscribirse en el Rut, expedir factura, declarar IVA, las responsabilidades sobre el IVA teórico quedaron derogadas por ley 1819 de 2016.

ELEMENTOS

Consumidor o comprador: Es el adquiere el bien o servicio y cual paga realmente el impuesto ya que allí acaba el proceso comercial. Proveedor o vendedor: Es el agente pasivo y el que debe declarar ante la Dian los valores recaudados en un periodo fiscal. La declaración del iva es bimestral, cuatrimestal y anual según la responsabilidad que tenga ante la DIAN el agente a pasivo La Dian: Es el administrador de los recursos recaudados, es una entidad encargada de velar por los impuestos y las aduanas del país.

OBJETIVO

Gravar el valor de los bienes y servicios de forma indirecta e inequitativa ( no excluye estatus social, raza o credo)