LEY 1755 DE 2015- ART 13 AL 33
DERECHO DE PETICIÓN,
SUSTITUIDO POR LA LEY 1755
DE 2015 - NOTIFICACIONES ART 65
ANTE AUTORIDADES E INSTITUCIONES
PRIVADAS
Cajas de compensación familiar, instituciones
del sistema de seguridad social, prestan
servicios públicos domiciliarios, sistema
financiero ybursatil
Ninguna entidad privada podra negarse a su
radicación , recepción
Personeros municipal y distrital prestarán
asistencia eficaz a toda persona que lo solicite.
Toda persona podré ejercer el derecho de
petición
NOTIFICACIONES ART 65
ACTOS ADMINISTRATIVOS DE CARÁCTER
GENERAL
Publicidad o notificación a terceros
En un lugar visible acceso al publico
NOTIFICACIÓN POR AVISO
5 Días
Notificación personal
En estrados
Envió de la citación dentro de los 5 días siguientes
por medio electrónico
A su representante o apoderado
LAS ENTIDADES DECENTRALIZADAS QUE NO CUENTEN CON UN ORGANO OFICIAL
Fijación de avisos, distribución de volantes y pagina electrónica
No son obligatorios mientras no hayan sido
publicados en el diario oficial o gaceta
REGLAS ESPECIALES
PETICIÓNES ENTRE AUTORIDADES
Resolverá en un término de 10 días
INAPLICABILIDAD DE LAS EXCEPCIONES
No será oponible para las autoridades
INASISTENCIA DEL SOLICITANTE EN CASÓ DE
RESERVA
Juez administrativo decide dentro de 10 días
siguientes
RECHAZO POR MOTIVO DE CARÁCTER
RESERVADO
Deberá notificar al peticionario los motivos de la
reserva
información de documentos reservados
Datos genético
Secreto comercial o industrial
Datos a la información financiera y comercial
Condiciones financieras
Derechos a la privacidad de las personas
Diplomática o negociaciones reservadas
La defensa o seguridad nacional
REGLAS GENERALES
Consulta a autoridades
Resuelve en 30 dias
Documentos e información
Resuelve en 10 dias
Diferentes modalidades
Resuelve en 15 días
Gratuita
Interés general, particular
Respetuosas a las autoridades