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par América Del Carmen Galindo Rendón Il y a 2 années

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LEY GENERAL DEL SISTEMA PARA LA CARRERA DE LAS MAESTRAS Y LOS MAESTROS

La legislación mencionada busca revalorizar la profesión docente promoviendo el respeto y reconocimiento hacia la labor de los maestros. Además, elimina cualquier efecto punitivo de la evaluación, priorizando la labor pedagógica sobre la carga administrativa.

LEY GENERAL DEL SISTEMA PARA LA CARRERA DE LAS MAESTRAS Y LOS MAESTROS

América Del Carmen Galindo Rendón Licenciatura en Educación Preescolar Sexto Semestre

LEY GENERAL DEL SISTEMA PARA LA CARRERA DE LAS MAESTRAS Y LOS MAESTROS

Título IV. De la admisión y promoción

Promoción a cargos con función directiva o de supervisión en educación media superior
Admisión en educación media superior
Promoción en el servicio en educación básica
La participación en el nuevo Programa será voluntaria
La asignación de horas adicionales será una promoción
Para el nivel inicial deberán tener como antecedente una permanencia mínima de dos años
Se establece un Programa de Promoción horizontal
Promoción a la función directiva o de supervisión en la educación básica
Admisión a educación básica
Prioridad a los egresados de las escuelas normales, UPN y CAM (Art.40)
Basificación a los seis meses y un día, sin nota desfavorable
La asignación de plazas se hará en estricto orden de puntajes
Procesos anuales, tomando en cuenta los conocimientos, aptitudes y experiencia
Admisión y promoción
Incurrirán en responsabilidad quienes participen en algún proceso de Admisión o Promoción distinto a lo establecido en la Ley
Sistema abierto y Transparente de Asignación de Plazas - Notificación por escrito de plazas vacantes en un plazo mayor de cinco días hábiles
El proceso de admisión da acceso formal al servicio educativo

Título V. Del reconocimiento

Asesoría técnica
- Para mejora de la práctica y apoyo a las actividades de dirección -Movimiento horizontal con incentivo económico hasta por 2 ciclos -Cumplir con elementos multifactoriales
Tutorías
-Tutoría por 2 años para personal de nuevo ingreso - Movimiento lateral con incentivo económico - Cumplir con elementos multifactoriales
Asesoría técnica pedagógica
-Apoyo técnico, asesoría y acompañamiento a otros docentes y a la escuela en conjunto -Movimiento lateral por 3 ciclos con incentivo económico - Cumplir con elementos multifactoriales
Beca Comisión
- 1 año especialidad, 2 maestría o 3 doctorado en IES - Experiencia de 3 años o más -Relación de estudios con actividad educativa - Personal definitivo o interino ilimitado en plaza sin titular

Título VI. Previsiones generales

Previsiones generales
Censos para dar cumplimiento a la basificación
Compactación y des compactación de plazas a horas, para fortalecer la planta docente. (Art. 92)
conforme a la Legislación Licencias Personales, laboral aplicable
-Cambios de centro de trabajo -Se establecerán reglas para el proceso -Participación de la representación sindical

Transitorios

Transitorio Décimo Quinto
El personal que derivado de su participación en los procesos de evaluación del desempeño 2016-2017, 2017-2018 y 2018-2019 podrán acceder a horas adicionales conforme a lo que establezca la USICAMM
Transitorio Décimo Cuarto
ATP en proceso de inducción continuará recibiendo el incentivo que les fue asignado de manera permanente
Transitorio Décimo
-Docentes que ingresaron de acuerdo a la LGSPD - Basificación en términos de Ley
Transitorio Quinto
Manual de organización de la USCMM. 180 días.
Transitorio Tercero
- Armonizar leyes locales - Un año
Transitorio Vigésimo Segundo
Las relaciones laborales se mantendrán de acuerdo al Artículo123 Constitucional apartado A o B
Transitorio Vigésimo Primero
En un plazo no mayor de 180 días se tendrá en operación el Sistema Abierto y Transparente de Asignación de Plazas para la ocupación de las vacantes

Título III. De la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros Naturaleza, Funcionamiento y Atribuciones

Naturaleza, funcionamiento y atribuciones de la unidad
Órgano Administrativo desconcentrado, autonomía técnica, operativa y de gasto
- Aprobar políticas, normas y programas - Conocer y opinar sobre los procesos de selección y la evaluación diagnóstica
Junta Directiva:

- Titular de la SEP - Titulares de las Subsecretarías de la SEP -TUAF -Jefe de la Oficina del Secretario de Educación - Titular de la Unidad del Sistema

La unidad estará a cargo de un Titular a nivel nacional y unidades administrativas

Título II. Del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros Objetivos, Principios y Ámbitos

OBJETIVO Principios ámbitos de competencia
Legalidad, certeza, equidad, imparcialidad, objetividad, transparencia y publicidad
Se refiere a la aplicación y vigilancia del cumplimiento de la ley
- Promover el desarrollo profesional - Desarrollar criterios e indicadores para los procesos de selección
- Mejorar la práctica profesional - Establecer programas de estímulos
-Contribuir al desarrollo integral - Excelencia de la educación

Título I. De la Revalorización de las Maestras y los Maestros Disposiciones Generales

Revalorización de las Maestras y los Maestros
Salario digno a las Maestras y Maestros
Elimina cualquier efecto punitivo de la evaluación
Prioriza la labor pedagógica sobre la carga administrativa
Promueve el respeto y reconocimiento a la labor docente
Dignifica la condiciones de trabajo de las Maestras y Maestros
Revaloriza la profesión docente
Establece un modelo de promoción horizontal
Normaliza los procesos de selección docente, directiva o de supervisión
Respeto a los derechos adquiridos