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par Antonio Meléndez Il y a 2 mois

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Procesos y mecanismos para el acceso de información pública

El recurso de revisión es una herramienta legal que permite a las personas impugnar las respuestas insatisfactorias de los sujetos obligados a sus solicitudes de acceso a la información pública.

Procesos y mecanismos para el acceso de información pública

Procesos y mecanismos para el acceso de información pública

Recurso de revisión

Es el medio legal con el que cuentan las personas para impugnar la respuesta de los sujetos obligados a sus solicitudes de acceso a la información pública.
¿De que manera puedo presentarlo?

De forma escrita

Por medios electrónicos

¿Dónde puedo presentarlo?

Ante el INAI, el Organismo Garante que corresponda en cada entidad federativa, o ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud.

¿Cuándo se usa?

Se oriente a un trámite específico

Exista falta, deficiencia o insuficiencia de la fundamentación y/o motivación en la respuesta

Exista negativa a permitir la consulta directa de la información.

No se le dé trámite a una solicitud.

Cuando exista inconformidad con los costos o tiempos de entrega de la información

Se entregue la información en un formato incomprensible y/o no accesible para el solicitante.

La modalidad o formato sea distinta a la solicitada.

No se dé respuesta a la solicitud

No corresponda la información con lo solicitado

Subtópico

Se declare la incompetencia

Se declare la inexistencia de la información

Se clasifique información

Solicitud de información pública

Es un escrito que las personas presentan ante las Unidades de Transparencia de los Sujetos Obligados, por el que pueden requerir el acceso a información pública que se encuentra en documentos.
¿Qué requisitos se piden?

Modalidad en la que se quiere recibir la información

El tipo de información que se solicita

Domicilio

Nombre

¿Dónde se puede presentar una solicitud?

En la oficina u oficinas designadas para ello.

Por correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente

Por medios electrónicos a través de Internet

Acudiendo personalmente a la Unidad de Transparencia

¿Que información puede ser solicitada?

Toda la información que posean los sujetos obligados en el ámbito federal, y a la que se refiere la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es pública, excepto aquella que sea clasificada como reservada o confidencial.

Información Confidencial

Es la que contiene datos personales concernientes a una persona identificada o identificable.

Información reservada

Es aquella cuya difusión pueda:

Las que por disposición expresa de una ley tengan tal carácter

Vulnere la conducción de los Expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juici

Afecte los derechos del debido proceso

Contenga las opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos, hasta en tanto no sea adoptada la decisión definitiva, la cual deberá estar documentada

Obstruya la prevención o persecución de los delitos

Obstruya las actividades de verificación, inspección y auditoría relativas al cumplimiento de las leyes o afecte la recaudación de contribuciones

Pueda poner en riesgo la vida, seguridad o salud de una persona física

Pueda afectar la efectividad de las medidas adoptadas en relación con las políticas en materia monetaria, cambiaria o del sistema financiero del país

Se entregue al Estado mexicano expresamente con ese carácter o el de confidencial por otro u otros sujetos de derecho internacional, excepto cuando se trate de violaciones graves a los derechos humanos.

Menoscabar la conducción de las negociaciones y relaciones internacionales

Comprometer la seguridad nacional, la seguridad pública o la defensa nacional y cuente con un propósito genuino y un efecto demostrable

¿Quién puede presentar una solicitud?

Cualquier persona por si misma, sin necesidad de dar explicaciones

¿Ante quién se presenta?

Puede ser solicitada a cualquier autoridad, entidad, órgano, y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos