El sistema tributario colombiano ha implementado medidas significativas para reducir la evasión fiscal. Una de las estrategias principales ha sido la adopción de la factura electrónica a nivel nacional, la cual permite un mayor control de las transacciones comerciales entre empresas.
Impuestos indirectos: son aquellos que gravan las actividades o transacciones que los contribuyentes realizan. Los dos ejemplos más comunes de este tipo de tributo son el IVA (Impuesto de Valor Agregado) y el INC (Impuesto Nacional al Consumo).
Impuestos directos: el fisco los cobra sobre el patrimonio o riqueza del contribuyente. Por ejemplo, el Impuesto a la Renta. Son graduados de acuerdo a la capacidad de pago de los contribuyentes, es decir que su tasa de tributación aumenta en la medida que lo hacen sus ingresos.
El sistema tributario colombiano es territorial.
Impuestos territoriales: a diferencia de los nacionales, son determinados por cada entidad territorial y van a parar sus arcas fiscales, como parte de los recursos que requieren para ejecutar sus planes de gobierno. Estos gravan, entre otros, la actividad comercial (Impuesto de Industria y Comercio ICA), la propiedad Inmueble (Predial), el impuesto al vehículo y el consumo de productos específicos, como el cigarrillo.
Impuestos nacionales: hacen referencia a los tributos recaudados y administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Por ejemplo, el impuesto a la Renta y el IVA.
Factura Electrónica y evasión
el sistema tributario colombiano, los que buscan reducir la evasión tributaria en un alto porcentaje. El primero y más importante, es la implementación y adopción a nivel nacional de la Factura electrónica, lo que permitirá un mayor control por parte de las transacciones de compra y venta entre empresas. El segundo, tiene que ver con la tipificación penal para la evasión del IVA y el Impuesto de Renta, en caso de evasión, es posible recibir penas de varios años en la cárcel.
Aplicación de los cambios en el sistema tributario
Cuando una Reforma Tributaria afecta los impuestos directos, como la de este año, dichas modificaciones solo pueden comenzar a ser aplicadas para el siguiente año gravable y no de manera inmediata. De ahí que dicha Ley se firmara el 29 de diciembre y no a principios de enero. En cambio, las modificaciones a los tributos indirectos, si se pueden aplicar una vez que se firma la Reforma.
División de los contribuyentes
Personas jurídicas. En cuanto a las personas jurídicas, obviamente tienen una carga fiscal más pesada que la de las personas naturales, pues su misma esencia las obliga a tributar de distintas formas. Sin embargo, la Reforma de este año eliminó el CREE, la sobretasa al CREE y el Impuesto a la Riqueza, consolidado el Impuesto a la Renta como único tributo en este rubro:
Durante el 2017 su tarifa fue del 34% más 6% de sobretasa.
En el 2018 será del 33% más 4% de sobretasa, aplicable sólo a las empresas con utilidades mayores a 800 millones de pesos.
A partir de 2019 habrá una tarifa única del 33%.
Personas naturales. En lo que respecta específicamente al Régimen de las personas naturales, la Reforma Tributaria incluyó algunos ajustes importantes en lo que se refiere a la declaración de renta. Con el argumento de asegurar la progresividad en este tributo, es decir que los que ganen más paguen más, el gravamen a los dividendos quedó así:
5% para los contribuyentes que reciban más de 18 millones de pesos.
10% para quienes reciban más de 30 millones de pesos.
Recaudo de impuestos PIB y destinación de los recursos
De acuerdo con las estadísticas, mientras que en América Latina el promedio de ingresos fiscales es de 22,8%, en Colombia estos recursos alcanzan sólo el 20.8%.
En Colombia, las principales fuentes de ingresos del recaudo tributario son el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto a la Renta. Razón por la cual la Reforma Tributaria hizo énfasis en el aumento del IVA y en la inclusión de algunos ajustes a la Renta, argumentando que uno de los principales objetivos de esta ley es acrecentar el recaudo fiscal, para potenciar una economía más diversificada y hacerle frente a la caída de los precios del petróleo en los ingresos percibidos por el Gobierno.
Durante enero y abril de 2017, la DIAN recaudó la cifra de $46,5 billones en impuestos, presentando un crecimiento nominal de 4,7% frente al mismo período de 2016 donde el recaudo bruto fue $44,4 billones. Es decir que, de cierta manera, la Reforma Tributaria ha cumplido con uno de sus objetivos principales. Sin embargo, existe la posibilidad de que pueda afectar el PIB en el mediano plazo, pues el aumento del IVA y el Impuesto al consumo, pueden llevar a reducir el número de transacciones que hacen al año.