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CONTRATACIÓN ESTATAL: ETAPAS

La contratación estatal implica una serie de etapas precontractuales que son fundamentales para garantizar la transparencia y eficacia del proceso. En la fase de planificación, se definen los términos de referencia o pliegos de condiciones, que establecen los requisitos y especificaciones del contrato.

CONTRATACIÓN ESTATAL: ETAPAS

CONTRATACIÓN ESTATAL: ETAPAS

ETAPA POST CONTRACTUAL

ACTIVIDADES DE LA ETAPA POST CONTRACTUAL
3. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA Si se aplica, en concordancia con la normatividad civil (13,40 L80/93 y 1592 CC).
2. UTILIZACIÓN DE GARANTÍAS Según las propias y pactadas en el Contrato El plazo de la garantía extiende el del Contrato?
1. LIQUIDACIÓN: Acto que formaliza la terminación del contrato. Modalidad: Común Acuerdo o Unilateral Contenido: Relación detallada, paz y salvo o compensaciones, revisión y ajuste de garantías. Procede: Contratos de Tracto sucesivo+ declarados caducidad+terminados unilateralmente+ así pactado+ Ej. Instantánea con mora. Término: Pactado, o legal.

ACCIÓN JUDICIAL

La acción judicial caduca por regla general dentro de los 2 años siguientes al vencimiento del plazo del contrato

LIQUIDACIÓN UNILATERAL

Liquidación extraordinaria: Si vencido este término no se ha realizado liquidación, puede efectuarse de mutuo acuerdo o unilateralmente, en cualquier tiempo dentro de los 2 años siguientes

Si contratista no concurre a la liquidación bilateral o no hay acuerdo Dentro de los 2 meses siguientes al vencimiento del término de la subetapa anterior

LIQUIDACIÓN BILATERAL

Normatividad: artículo 11 de la Ley 1150 de 2008 Por mutuo acuerdo Puede ser convencional o supletoria

Liquidación supletoria: Si no se estableció ese término, dentro de los 4 meses siguientes al vencimiento del plazo del contrato o a la expedición del acto administrativo que ordena la terminación del contrato o a la fecha del acuerdo de terminación bilateral

Liquidación convencional: Por mutuo acuerdo dentro término establecido en los pliegos o en el contrato

Actuaciones posteriores al vencimiento del término establecido en el contrato, o en el acto que lo da por terminado de manera anticipada. Generalmente versan sobre temas accesorios de la contratación misma.
El contrato se liquidará en los terminos y plazos establecidos en la Ley 80 de 1993, articulo 60, modificado por el artículos 217 del Decreto 019 de 2012

CONTRACTUAL

TERMINACIÓN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
Designación/Contratación de Interventor o Supervisor Acta de Inicio Anticipo (Si hay lugar)

SITUACIONES O ACTOS DE EJECUCIÓN

Silencio administrativo positivo (25.16 ley 80/93) Cesión del contrato (9,41, 24-7, 77 l/80) Imposición de sanciones (4-2 l/80) Terminación anticipada( acuerdo/unilateral) 14-17 L/80 Interpretación unilateral ( 14,1-15 l/80) Adición, modificación, ampliación, prórroga Modificación unilateral ( 14-16) Caducidad ( 14,18 l/80) Terminación por cumplimiento de plazo

Diferencia entre ANTICIPO Y PAGO ANTICIPADO. “ El anticipo debe distinguirse del pago anticipado, donde la admón. Entrega al contratista…parte de su acreencia..puede disponer a su antojo de los recursos…en el anticipo apenas tiene la administración ”(de los recursos)*

FIRMA DEL CONTRATO
Perfeccionamiento: Acuerdo sobre obligaciones de las partes plasmado en escrito.(Art. 41 ley 80/93) Legalización: Aprobación de garantías , registro presupuestal y publicación (pago)+ timbre. Legalizado el Contrato: Se ejecuta
Desarrollo del objeto contractual, por parte del Contratista, y de la Contraprestación por parte del Contratante; en las condiciones forma y plazos pactados.
De conformidad con lo establecido por el articulo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082/15, los contratos estatales sólo se publicarán en le sistema electrónico para la contratación publica -SECOP- que administra la Agencia Nacional de Contratación Publica

PRE-CONTRACTUALES

ACTIVIDADES DE LA ETAPA PRECONTRACTUAL
2. Selección del Contratista - De acuerdo con la forma y procedimiento de Selección: Licitación Pública, CD por Convocatoria Pública, CD por Invitación Pública y CD por Orden de Servicios.
1. Pliego de condiciones o Términos de referencia: - Elaboración del proyecto -Publicación (Página Web de la Entidad /diarios de amplía circulación/ otros medios ). -Recepción de observaciones y sugerencias -Adecuación y elaboración de los pliegos de condiciones o términos de referencia definitivos.
EXIGENCIAS LEGALES
6o. Las entidades estatales abrirán licitaciones o concursos e iniciarán procesos de suscripción de contratos, cuando existan las respectivas partidas o disponibilidades presupuestales.

7o. La conveniencia o inconveniencia del objeto a contratar y las autorizaciones y aprobaciones para ello, se analizarán o impartirán con antelación al inicio del proceso de selección del contratista o al de la firma del contrato, según el caso.

12. Con la debida antelación a la apertura del procedimiento de selección o de la firma del contrato, según el caso, deberán elaborarse los estudios, diseños y proyectos requeridos, y los pliegos de condiciones o términos de referencia

14. Las entidades incluirán en sus presupuestos anuales una apropiación global destinada a cubrir los costos imprevistos ocasionados por los retardos en los pagos, así como los que se originen en la revisión de los precios pactados por razón de los cambios o alteraciones en las condiciones iniciales de los contratos por ellas celebrados.

REQUERIMIENTOS
Los productos de la planificación

PRODUCTOS ESPERADOS

Términos de Referencia o Pliegos de condiciones Selección del Contratista (Trámite correspondiente) Suscripción o celebración del Contrato (Acuerdo sobre)

Relacionada en forma directa y específica con el contrato a celebrar.
De conformidad el articulo 93 de la ley 1474 de 2011 las entidades deben realizar la seleccion de contratistas a partir de las siguientes modalidades de licitación:

MÍNIMA CUANTÍA: es un procedimiento sencillo y rápido para escoger al contratista en la adquisición de los bienes, obras y servicios cuyo valor no exceda el diez por ciento (10%) de la menor cuantía de las Entidades Estatales.

CONTRATACIÓN DIRECTA: es una modalidad de selección que tiene la contratación Estatal, donde las Entidades compradoras del Estado pueden celebrar contratos con los particulares o con el mismo estado, sin necesidad de realizar una convocatoria pública, esto con la finalidad de ahorrar tiempo en la adquisición de bienes y/o servicios.

CONCURSO DE MÉRITOS: es una de las modalidades de selección de contratistas del Estado, que sirve para la escogencia de consultores o proyectos, en la que se utilizan como criterios de selección la experiencia, la capacidad intelectual y la organización de los proponentes, según sea el caso.

SELECCIÓN ABREVIADA: modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual.

LICITACIÓN PUBLICA: Procedimiento de formación del contrato, que tiene por objeto la selección del sujeto que ofrece las condiciones más ventajosas para los fines de interés público, que se persiguen con la contratación estatal.

PLANIFICACIÓN

Proceso de diseño y selección de objetivos, metas y acciones acordes a la visión para el logro de resultados.
PRODUCTO

PLAN: contiene políticas, programas, cronogramas, presupuestos. Es una proyección realista y verificable.