a Pablo C Torres 6 éve
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Derecho Internacional Publico y Privado
El Derecho Internacional se divide en público y privado, cada uno con características y objetivos distintos. El derecho privado se centra en intereses particulares y permite solo aquello que la ley explícitamente autoriza, regulando principalmente contratos y la propiedad privada.
Megnyitás
Derecho Internacional Publico y Privado Derecho Privado Principios De Autonomia De La Voluntad Contratos Internacionales Autocompocision Propiedad Privada Su Fuente Son Los Sujetos De La Colectividad Las Normas Son De Interes Particular. Es Bilateral Se Puede Hacer Solo Lo Que Este Permitido Por Las Leyes Es Facultativo Se Rige Por Contratos Derecho Publico Es Irrenunciable Su Fuente Es La Colectividad Es Unilateral Busca El Bien Común Regula Las Relaciones Entre El Estado Y Los Individuos Principio De La Legalidad Cualquier Supuesto Desarrollo Internacional Publico Solo Puede Ser Regulado Por Ese Ordenamiento Las Normas De Derecho Público Están Seguidas Por La Consecución De Ciertos Intereses Públicos Propiedad Publica Se Rigen Por Tratados Y Convenios Internacionales El Sujeto Principal Son Los Estados