Kategóriák: Minden - intencionalidad - dolo - voluntad - conciencia

a Dailyn Ortiz 1 éve

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Dolo

El dolo se define como la voluntad y conciencia de un individuo para ejecutar una acción que cause daño a otra persona. Este concepto se descompone en dos momentos: el intelectual, que implica la conciencia de los elementos objetivos del tipo que concurren al iniciar la acción, y el voluntario, que abarca la voluntad de actuar y las consecuencias resultantes.

Dolo

Dolo

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Es la voluntad y la conciencia de un sujeto para realizar una acción que provoque un perjuicio a otra persona

TIENE DOS MOMENTOS
VOLUNTARIO

La voluntad de actuar, y la voluntad de realizar los actos y consecuencias que son elementos objetivos del tipo.

DOLO EVENTUAL

Se comete cuando el sujeto sabe que va a cometer un hecho prohibido, eso está claro, pero hay menos probabilidad de dañar a la posible víctima, aunque es consciente del daño que puede ocasionar.

DOLO DIRECTO DE SEGUNDO GRADO

Intención o finalidad del sujeto al actuar dirigida a otro objetivo, pero sabiendo que a esa actuación va necesaria y concomitantemente unida la realización del tipo objetivo.

DOLO DIRECTO

Conoce perfectamente que está realizando un hecho prohibido y, además, tiene voluntad de cometerlo. Existe una intencionalidad clara de cometer un hecho delictivo.

INTELECTUAL

La conciencia de los elementos objetivos del tipo que concurren en el momento de comenzar la acción típica y. la previsión de la realización del resto.

SE COMPORTA CON
VOLUNTAD
CONOCIMIENTO