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a John Sierra 3 éve

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Eficacia contractual y el negocio jurídico

En el ámbito del derecho contractual, se destaca la importancia de la eficacia de los contratos y los negocios jurídicos. Un contrato simulado ocurre cuando las partes ocultan su verdadero acuerdo, mostrando externamente algo distinto a lo pactado, lo cual puede ser invalidado por mutuo acuerdo o por causas legales.

Eficacia contractual y el negocio jurídico

Eficacia contractual y el negocio jurídico

Ineficaz

Clausulas abusivas del contrato
Estatuto del consumidor: L. 1480 de 2011

Articulo 43 del estatuto del consumidor se establecen las clausulas son ineficaces

Inexistencia: Cuando hay ausencia de uno de los requisitos.
Causa
Objeto
Consentimiento
Anulabilidad; Impugnación por persona afecta 1741 C.C. y 900 del C de CO.
Violencia
Dolo
Error
Incapacidad relativa
Nulidad 1741 C.C. y 899 del código de comercio
(Celebrado por persona "incapaz")
Cauda u objeto ilícito.
Contraria una norma imperativa
Defecto de conformación
Ausencia de requisitos
Vicio del consentimiento

Ley (Obligación) para las partes. ART. 1602 C.C

Interpretación del contrato.
Entender los que las partes quieren expresar en sus declaraciones y deben cumplir unas reglas.

Principio contra profeterem

Heterointegración del contrato: suplir vacío y resolver ambigüedades desde la normatividad que es aplicable. ART 1621 C.C.

Autointegración del contrato: llenar vacíos y solucionar ambigüedades utilizado clausulas y contenidos contractuales.

Prevalencia del espíritu del contrato: 1618 C.C

Contrato simulado
Las partes ocultan el verdadero negocio, mostrando en el exterior algo diferente a lo que se esta pactando.

Declaración simulada de una voluntad

Intención de simular o esconder el acuerdo real

Intención real que se pretende ocultar

Podrá ser invalidado solo por mutuo acuerdo o causas legales.
Efectos contractuales

Puras y simples

Condición (1540 C.C) o plazo

Positiva y negativa ART: 1531 C.C

Que no acontezca la cosa

Consiste en hacer algo

Ocurrencia que del evento que constituye el plazo y la seguridad en su realización.

Hecho futuro e incierto, debe ser fisica y moralmente posible (1532 C.C.)

Modificativas: En caso de realizarse alteran o modifican el contenido de la obligación contractual inicialmente prevista.

Pendencia: Las obligaciones producen los efectos acordados, pero estarán sujetas a variación.

Resolutorias: Desaparecer los efectos contractuales a partir de un hecho constitutivo de la obligación.

Pendencia: Hasta que las obligaciones no se cumplan, los efectos pactados deberán cumplirse.

Tacita: Se resuelve el contrato por el incumplimiento de una de las partes.

Suspensivas: detienen los efectos jurídicos (1536 C.C.)

Pendencia: Efectos del contrato desde que inicia hasta que finaliza.

Eficaz

Realización y ejecución de las obligaciones