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Estatuto Organico de la UMSA_A (1)

La Universidad Mayor de San Andrés (UMSA) tiene un sistema de gobierno paritario organizado en varios niveles jerárquicos, tanto a nivel local como nacional. El congreso de la UMSA, convocado cada tres años, es el máximo órgano de decisión y tiene atribuciones como fijar la política universitaria, aprobar o modificar el estatuto orgánico y gestionar la creación de nuevas áreas y facultades.

Estatuto Organico de la UMSA_A (1)

Estatuto Organico de la UMSA Aprobado por el 1er congreso interno 31 de Octubre de 1988

Topic principal

De los órganos de desicion

Órganos generales de la universidad
Art.19 Atribuciones de la asamblea de delegados

Considerar y aprobar la creación de nuevas Carreras, a propuesta del HCU

Nombrar al Director Administrativo Financiero, in base a terna presentada por el HCU

Convocar a Consulta Universitaria cuando la considere necesario

Resolver y dirimir los asuntos pendientes en el HCU, así como otros problemas que este considere necesarios

Elaborar y proponer ante el Congreso de la UMSA modificaciones al estatuto orgánico

Convocar al Congreso de la UMSA

Aprobar el presupuesto anual de la UMSA y la planificación y distribución presupuestaria interna

Art. 18 Asamblea General docente - estudiantil

Asamblea general Docente estudiantil de Delegados

Será convocada por el HCU con la necesaria anticipación ​indicando el correspondiente orden del día para la preparación de la misma en Asambleas ​Generales Docente-Estudiantiles de carreras y Facultades. La participación será por ​delegaciones de Carrera, se instalara con el quórum del 50% mas 1 de los delegados ​acreditados y las resoluciones se

tomaran por simple mayoría respetando la ponderación de ​los votos.

.

Toda la comunidad universitaria podrá participar con derecho a voz. La AGDE de Delegados se convocara ordinariamente 2 veces por año y extraordinariamente cuando el HCU lo considere necesario.

Directa

Será de carácter extraordinario y convocada por el HCU, con temarioe stricto, para tratar problemas de emergencia política nacional o universitaria que se relacionen directamente

con violaciones a la autonomía, el cogobierno o al sistema

​universitario.

La participación en la AGDE directa será de todos los docentes y estudiantes, en forma libre y directa. Se instalara con el numero de asistentes, sus resoluciones se tomarán por simple mayoría a través del voto ponderado.

Art.17 Atribuciones del congreso

Fijar la política universitaria de la UMSA en todos los niveles;

Aprobar o modificar el estatuto Orgánico de la Universidad; ​Fijar la posición de la UMSA ante el Congreso Nacional de Universidades

Aprobar y gestionar ante el sistema la creación de nuevas Áreas y Facultades.

Art 16.Maximo nivel de desicion congreso

Convocado cada 3 años

Art. 15 La UMSA asume como estructura de gobierno paritario por orden de jerarquía

Nivel local

Congreso de la UMSA

Asamblea general Docente Estudiantil(AGDE), en sus dos modalidades:

​• Directa o extraordinaria

​• De delegados


Honorable Consejo Universitario(HCU) ​d) Comité Ejecutivo del HCU

​e)6

Autoridades universitarias, Rector y Vice-Rector

Nivel nacional

Congreso Nacional Conferencia Nacional de

Universidades

Principios , Fines y Objetivos

Art. 14 Interacción con la sociedad
Debe promover la participación efectiva de los trabajadores de la región en la planificación, ejecución y evaluación de las actividades académicas,
Orienta la actividad científica y cultural en relación con las necesidades de las masas trabajadoras.
Contribuye a que los obreros, campesinos y capas medias urbanas asuman la necesidad histórica de una transformación revolucionaria de las estructuras sociales y económicas
Se integra a la sociedad a través de planes y programas de carácter multidisciplinario e interdisciplinario y se compromete con el desarrollo socio-económico del país
La UMSA contribuye ala defensa, protección y fomento de los bienes culturales y científicos el país y de la región,
Art 13. Son fines y objetivos principales de la UMSA
Defender y desarrollar el carácter democrático de la educación en general.
Fortalecer vínculos con las Universidades del exterior.
Fortalecer el sistema de la educación integrándose con las demás universidades bolivianas y con los ciclos pre-universitarios de instrucción
Desarrollar el proceso académico que integra la teoría y la practica, así como la enseñanza-aprendizaje, la producción y la investigación.
Defender, rescatar y desarrollar los valores de las culturas del país y la cultura universal.
Orientar, realizar y promover la investigación en todos los campos del conocimiento, conforme a la priorización de los problemas de la realidad boliviana.
Desarrollar y difundir la ciencia, la tecnología y la cultura en general, dentro y fuera de la Universidad
Formar profesionales idóneos en todas las esferas del quehacer científico, tecnológico y cultural
Art. 12 Rechazo de actitudes contrarias a los principios universitarios

La sustentación de los principios universitarios ​implica el rechazo de las actitudes y acciones contrarias a su vigencia.

Rechaza las actitudes antinacionales, anti populares y antidemocráticas, la intolerancia ideológica y todo tipo de discriminación.
Rechaza las actitudes anticientíficas y particularmente, el dogmatismo y el sectarismo.
Defiende la Educación Fiscal y en especial la Educación Superior contra los intentos de las clases explotadoras y el imperialismo de ponerlas a su servicio y privatizarlas.
Art. 11 Caracter nacional, democratico, popular y Anti-imperialista.

La UMSA es nacional porque expresa, defiende y promueve los

intereses esenciales del ​pueblo boliviano y lucha por su

desarrollo soberano e integral, procurando la unidad en lo

​diverso y sin apartarse del contexto latinoamericano y mundial.

Art. 10 Carácter Científico

​La UMSA es científica porque crea conocimiento y utiliza los adelantos de la ciencia y la ​tecnología, que ha alcanzado la

humanidad, adecuándolos a la realidad nacional y regional,

​por encima de toda concepción dogmática o metafísica, y buscando la ligazón de la teoría ​con la practica, con claro sentido dialéctico y transformador, desarrollando sin restricciones ​todas las esferas del conocimiento en sus diversos niveles y aplicaciones.

Art. 9 Planificación y Cordinación
Principios

La participación en la formulación y ejecución de políticas sobre generación de conocimientos, administrativos de la ciencia y la investigación científica en el país

La coordinación e integración de lo diverso de cada región, que es una de las bases sobre las cuales se deben lograr los objetivos de la Universidad Boliviana

La integración de la Universidad con la sociedad boliviana y la adecuación de la política universitaria a los intereses del pueblo boliviano

La actuación de la UMSA dentro del Plan Nacional Universitario formulado y aprobado en coordinación con las demás universidades publicas

Art. 8 Ejercicio de la Democracia Universitaria
De manera indirecta a través del congreso, asamblea de delegados,etc.

Consejo ​Universitario y demás órganos de decisión, deliberación y gobierno y de las autoridades ​establecidas

por este estatuto.

De manera directa a través del voto

a) Los claustros universitarios, de Facultad y de Carrera para elegir a las autoridades ​respectivas;

​b) La consulta universitaria;

​c) La asamblea general docente-estudiantil, en la modalidad directa.

Art. 7 Democracia Universitaria
El acatamiento de todos los miembros de la comunidad Universitaria al Estatuto y Reglamentos de la UMSA y a sus órganos de gobierno, dentro de la jerarquía señalada en este Estatuto.
El carácter publico de los actos del gobierno universitario y su sometimiento a la fiscalización de la Comunidad universitaria por la forma y mecanismos señalados en este estatuto
El Cogobierno paritario docente-estudiantil en todos los niveles de decisión y gobierno universitario.
Art. 6 Igualdad de jerarquía

La UMSA participa en igualdad de jerarquía que las demás universidades públicas ​bolivianas en el Sistema de la Universidad Boliviana, dentro de la exigencia que tiene el ​sistema de dignificar, defender, fortificar y respetar a la Universidad Autónoma.

Art. 5 Autonomía Universitaria
La edecuación de la política Universitaria a los intereses y necesidades científicas e históricas de la Nación del Movimiento Obrero y Popular.
La UMSA actúa en solidaridad con las demás universidades públicas en la defensa de la Autonomía universitaria
Implicada en :

La cordinación de integración de planes y programas a escala nacional y regional

Determinación del currículo de los diferentes niveles de formación en las universidades

La ilegitimidad y desconocimiento de cualquier gobierno universitario impuesto por la violencia

La inviolabilidad de los recintos universitarios.

El derecho de la Universidad a percibir y administrar sus propios recursos y a participar en forma porcentual de las Rentas Nacionales, Departamentales y municipales,

también las subvenciones que el El estado tiene la obligación de proporcionarles en ​función a sus presupuesto por

programas y actividades. Esta percepción y subvención de ​recursos debe ser oportunas y suficientes.

Con bases en :

Elaboración y aprobación de su estado orgánico, planes, presupuestos y reglamentos.

Nombramiento de autoridades, personal docente Y administrativo

Libre administración de sus recursos

Independencia ante cualquier gobierno

Art. 4 Principios
Libertad de cátedra
Libertad de pensamiento
Carácter nacional, democrático, científico Popular y antiimperialista.
Planificación y cordinación
Democracia Universitaria
Jerarquía igual con las demás universidades públicas
Autonomía Universitaria

Disposiciónes Generales

Art. 3 Composición Académica

La Universidad esta compuesta por ​Carreras y Facultades.

Art. 2 Base de constitución

​I. La base de su constitución es la organización democrática la decisión soberana de la ​comunidad universitaria compuesta por los estamentos de docentes y estudiantes, quienes ​en forma paritaria conforman todas las instancias de decisión y de gobierno universitario. ​

Art. 1 Naturaleza

LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS es

​una institución dee ducación superior, autónoma y gratuita.

Establecido por la Constitución Política del Estado en sus artículos 185 al 187, Acta de ​Constitución de la

Universidad Boliviana y sus Estatutos Orgánicos.