Kategóriák: Minden - rentas - retención - salarios - iva

a Milena Salazar 6 éve

141

Estatuto Tributario Elaborado por Paola Naranjo

El Estatuto Tributario establece normas detalladas sobre las rentas de trabajo obtenidas por personas naturales, incluyendo salarios, gastos de representación, comisiones, viáticos y prestaciones sociales.

Estatuto Tributario Elaborado por Paola Naranjo

Estatuto Tributario Elaborado por Paola Naranjo

Art. 103

Rentas de trabajo
Deberá tener registrados

Seguridad Social

Compensaciones en el Ministerio de Trabajo

Regímenes de trabajo

Obtenidas por personas naturales

Gastos de representación

Viaticos

Prestaciones Sociales

Comisiones

Art 485

Liquidación de Impuestos sobre las Ventas
IVA se paga por costos y gastos imputables
Se requiere adquirir insumos y materias Primas gravados con IVA
Por venta de productos o prestación de servicios

Art.388

Depuración de la base del calculo de la retención en la fuente
Nos da como resultado los ingresos netos

Descontamos

25% total pagos laborales Art, 206 Numeral 10

Rentas excentas Art 206 Numeral 1 al 9

Proporcionalidad

Causalidad

Necesidad

Deducciones del Art 387

Se descuenta Ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional
Total Ingresos Laborales

Art. 383

La retención en la fuente sobre Salarios
Si los ingresos aumentan a futuro de aplica el procedimiento No 2
Herramienta de recaudo del tributo de forma anticipada, se aplica en el momento del pago al trabajador

compensaciones por actividades culturales artísticas y similares

comisiones

Sueldos

Honorarios

Se determina por medio de dos procedimientos

Se aplicara el procedimiento que mas favorezca al empleado

Procedimiento No 2

Con dos meses laborados es suficiente para realizar el procedimiento

Los cambios se hacen en Junio o Diciembre

Los ingresos 12 meses anteriores

Procedimiento No1

Trabajador que recién ingresa

los ingresos en el mes de la retención

Art. 386

Procedimiento 2
Se toman las deducciones del Art. 387
Los ingresos terminados por el Art. 26

Indirectos

Bono

Auxilio de entierro

Directos

Int Cesantias

Primas

Salarios