El Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) se aplica a la importación o fabricación nacional de ciertas mercancías especificadas por la ley. Este impuesto debe pagarse en el momento previo al desalmacenaje de las mercancías importadas, mientras que para las mercancías de producción nacional, los fabricantes deben liquidar y pagar el impuesto durante los primeros 15 días de cada mes por las ventas del mes anterior.
En la venta de mercancìas de producciones nacional los fabricantes deben liquidar y pagar el impuesto durante los primeros 15 dìas de cada mes por las ventas efectuadas en mes anterior
Importaciones o de internaciones, en el momento previo al desalmacenaje de las mercancìas efectuado por adunas
no estàn sujetos a este impuesto
Municipalidades
El tribunal supremo de elecciones
El Poder judicial
El poder Legislativo
El poder ejectivo
A reimportaciòn de mercancìas nacionales
Los que exportan mercancías
Contribuyentes del impuesto
En la venta de mercancìas de producciòn nacional, el fabricante no artesanal
En el importaciòn o internaciòn de mercancìas, las persona natural o jurídicas
Mercancìas grabadas con el ISC
Vehìculos automòviles de trasporte de diez a màs personas incluido chofer
Máquinas para lavar ropa, incluso secado
Preparaciones para afeitar
Desodorantes Corporales
perfumerìas de tocador o cosmètica
Preparaciones capilares
Cigarros y cigarrillos
Alcohol etìlico sin desnaturalizar con grados alcohòlico volumètrico inferiror a 80%
Aguardientes
Licores y demàs bebidas
Vernut y demás vinos con fruta Fresca
Cerveza malta
Definición
Es un impuesto que recae sobre la importaciòn o fabricaciòn nacional de las mercancìas establecidas por la ley de (ISC)