Kategóriák: Minden - formal - necesidades - inclusión - educación

a Laura Daniela Mosquera Dussán 2 éve

133

LEY 115 DE 1994 DERECHO A LA EDUCACION

La Ley 115 de 1994 establece las normas generales que regulan el servicio público de educación en Colombia, orientándose a satisfacer las necesidades e intereses de las comunidades educativas.

LEY 115 DE 1994 DERECHO A LA EDUCACION

UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA

LEGISLACION EDUCATIVA Y POLITICAS PUBLICAS

LAURA DANIELA MOSQUERA DUSSAN

LEY 115 DE 1994 DERECHO A LA EDUCACION

Esta ley señala las normas generales para regular el servicio publico de educación

Esta ley indica que la educación es permanente, para todas las edades y orientada a las necesidades de cada persona
EDUCACION INFORMAL CAP 3

Conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados.

EDUACION NO FORMAL CAP2

se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar, en aspectos académicos o laborales.

EDUCACIÓN PARA LA REHABILITACIÓN SOCIAL CAP 5

Esta educación comprende los programas educativos que se ofrecen a personas y grupos cuyo comportamiento individual y social exige procesos integrales para su reincorporación a la sociedad.

EDUCACIÓN CAMPESINA Y RURAL CAP 4

Comprenderá la formación técnica en actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales que contribuyan a mejorar las condiciones humanas, de trabajo y la calidad de vida de los campesinos y a incrementar la producción de alimentos en el país.

EDUCACIÓN PARA GRUPOS ÉTNICOS CAP 3

se ofrece a grupos o comunidades que integran la nacionalidad y que poseen una cultura, una lengua, unas tradiciones y unos fueros propios y autóctonos. Debe estar ligada al ambiente, al proceso productivo, al proceso social y cultural, con el debido respeto de sus creencias y tradiciones.

EDUCACION PARA ADULTOS CAP 2

La educación de adultos es aquella que se ofrece a las personas en edad relativamente mayor a la aceptada regularmente en la educación por niveles y grados del servicio público educativo, que deseen suplir y completar su formación, o validar sus estudios. El Estado facilitará las condiciones y promoverá especialmente la educación a distancia y semipresencial para los adultos.

EDUCACIÓN PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD O CAPACIDADES EXCEPCIONALES. TITULO 3 CAP 1

Los establecimientos educativos organizarán directamente o mediante convenio, acciones pedagógicas y terapéuticas que permitan el proceso de integración académica y social de dichos educandos.

su finalidad: Debe ser acorde a las necesidades y los intereses de las comunidades educativas
En el articulo 67 se define la organización y la prestación de la educación FORMAL

PREESCOLAR

Artículos 15, 16, 17 y 18 abordan los enfoques, finalidad e importancia de este nivel

BASICA PRIMARIA T SECUNDARIA

Artículos 19 al 26 aborda los contenidos y áreas del conocimiento en este nivel, su finalidad e importancia en el desarrollo del estudiante

MEDIA

se abordan en los artículos del 27 al 35, este nivel comprende los grados 10° y 11°.

FAMILIA Y SOCIEDAD EN GENERAL
AFRO, RAIZALES, PALENQUEROS
CAMPESINOS
ETNOEDUCACION
En la constitución política esta ley de educación habla sobre:
INVESTIGACIÓN
APRENDIZAJE
ENSEÑANZA