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a NORIDA AGUDELO CASTILLO 5 éve

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LEY DE FOMENTO Y FUENTES DE FINANCIACION A NIVEL NACIONAL

En Colombia, se han establecido diversas instituciones y fondos para promover el emprendimiento y apoyar a las empresas, especialmente aquellas de base tecnológica. Entre estas entidades se encuentran el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Fondo Emprender del SENA, y el Fondo Nacional de Garantías.

LEY DE FOMENTO Y FUENTES DE FINANCIACION A NIVEL NACIONAL

1) MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO 2) INCUBADORAS DE EMPRESAS DE BASE TECNOLÓGICA 3) FONDO EMPRENDER DEL SENA 4) FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS 5) INSTITUTO DE FOMENTO INDUSTRIAL 6) FINAMERICA. 7) MUNDO MUJER. 8) BANCO CAJA SOCIAL. 9) FINAGRO 10) TECNOPARQUE COLOMBIA 11) PROEXPORT 12) BANCOLDEX 13) DIAN 14) COOPERATIVAS

UNIMINUTO PROMUEVE ESTA LEY ATRAVEZ DE LA DIFUSION, INTERCONECTADA CON EL CURRICULO DE CADA CARRERA, DE TAL FORMA QUE EXISTEN OPCIONES DE EMPRENDIMIENTO COMUNS PARA TODOS LOS CAMPOS

INTEGRANTES DE APOYO A LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

1) semilleros de investigación 2) meterías como innovación, emprendimiento 3) proyecto de grado 4) capital semilla

DIFERENCIADOR DE LAS OTRAS  UNIVERSIDADES

nivel internacional

la principal fuente de financiamiento para los emprendedores a nivel internacional consta de los tratados de libre comercio y las barreras arancelarias que el gobierno a dispuesto para fortalecer el producto nacional, disminuyendo los porcentajes de aplicaciones de impuesto para todas aquellas empresas que decidan exportar. son

ESTIDADES DE APOYO INTERNACIONAL

1)CORPORACION MUNDIAL DE LA MUJER 2)ENDEAVOR 3)FIRSTTUESDAY 4)CONFEDERACIÓN JOVENES EMPRESARIOS 5) THE INSTITUTE OF ELECTRICAL AND ELECTRONICS ENGINEERS INC. 6) W3C. 7) AKWAN

LEY DE FOMENTO Y FUENTES DE FINANCIACION A NIVEL NACIONAL LEY 1014 2016

MARCO INSTITUCIONAL: 1 La red nacional para el emprendimiento tiene diferentes representantes para la difusión de la red e apoyo

LEY 1014 DE 2006


(enero 26)


De fomento a la cultura del emprendimiento.


El Congreso de Colombia


DECRETA:


CAPITULO I


Disposiciones generales


Artículo 1°. Definiciones

1. Ministerio de Comercio, Industria y Turismo quien lo presidirá.


2. Ministerio de Educación Nacional.


3. Ministerio de la Protección Social.


4. La Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena.


5. Departamento Nacional de Planeación.


6. Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología “Francisco


José de Caldas”, Colciencias.


7. Programa Presidencial Colombia Joven.


8. Tres representantes de las Instituciones de Educación Superior, designados por sus


correspondientes asociaciones: Universidades (Ascun), Instituciones Tecnológicas


(Aciet) e Instituciones Técnicas Profesionales (Acicapi) o quien haga sus veces.


9. Asociación Colombiana de Pequeñas y Medianas Empresas, Acopi.


10. Federación Nacional de Comerciantes, Fenalco.


11. Un representante de la Banca de Desarrollo y Microcrédito.


12. Un representante de las Asociaciones de Jóvenes Empresarios, designado por el


Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.


13. Un representante de las Cajas de Compensación Familiar.


14. Un representante de las Fundaciones dedicadas al emprendimiento.


15. Un representante de las incubadoras de empresas del país.

OBJETO: Promover el espíritu emprendedor en todos los estamentos educativos del país, en el cual se propenda y trabaje conjuntamente sobre los principios y valores que establece la Constitución y los establecidos en la presente ley;
NIVEL NACIONAL
ETIDADES DE APOYO EN COLOMBIA

PYMES tiene algunas aclaraciones tales como: 1) notificar a las pymes con al menos 3 meses de la cancelación de la financiación 2) coherencia de la regularidad jurídica. 3) unificación de fondos hipotecarios y de fondos de titulación. 4) mejoras en el acceso de las empresas a los mercados de capital. 5)  regula por primera vez las plataformas de financiación participativa .

CARACTERISTICAS DE FINANCIAMIENTO PARA PYMES

el carácter arriesgado de dicha inversión. En efecto el promotor puede ser incapaz de devolver o remunerar los fondos recibidos y además la plataforma no garantiza en ningún momento la solvencia o viabilidad del promotor.

la participación masiva de inversores que financian con cantidades reducidas pequeños proyectos de alto potencial

Subtema

¿QUE HACE UNIMIMINUTO CON ESTA LEY?