a maria villalobos 6 éve
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La actividad que desarrollan las partes y el Juez deben estar apegada, a los sanos principios del respeto.
Este principio esta a favor del acto, y por lo tanto impide la nulidad, establece que por mas que exista una falta formal, en la realización de la actuación procesal.
Es un principio completamente subalterno, ya que en todo momento prevalece el hecho de buscar otras formulas que puedan evitar la nulidad.
Implica la necesidad de lograr actos eficaces y validos.
Nulidades Relativas
Están se dan cuando las faltas se pueden sanear, se refieren a requisitos accesorios o secundarios que impiden la formación del acto.
- La defensa en todo estado, y grado del proceso.
- Derecho al debido proceso ART. 49 ordinal 8 de la CRBV.
Si el acto es sustancial y esencial, se reflejan a través de las restantes actuaciones, o sea, que los actos posteriores, deben correr la misma suerte.
Actos de mero Tramite, tienen que tener motivos de invalidez, podrían ser renovados por el propio Tribunal.