La anticresis es un derecho real de garantía que permite al acreedor explotar un bien inmueble, obteniendo los frutos del mismo para pagar una deuda. Esta figura requiere de escritura pública para su formalización y solo afecta a bienes inmuebles.
Recuperar el bien al finalizar la obligación.
Recibir compensación por mejoras realizadas, si corresponde
Obligaciones del Acreedor
Conservar el bien en buen estado.
Restituir el bien al deudor al finalizar el contrato
Devolver el bien al finalizar el contrato
Requiere escritura pública
Puede explotar el bien y percibir sus frutos
Solo bienes inmuebles
Derecho real de garantía
Es un derecho real de garantía que permite al acreedor explotar un bien inmueble para pagar una deuda, recibiendo los frutos del mismo
COMPARACIÓN CON OTROS DERECHOS REALES
El derecho de retención se diferencia en que
no requiere un contrato formal y se ejerce unilateralmente por el acreedor sobre un bien en su posesión hasta que se cumpla la obligación del deudor.
La anticresis se diferencia de la hipoteca en que
en la hipoteca, el deudor mantiene la posesión del bien, mientras que en la anticresis, el acreedor toma posesión y explota el bien para satisfacer la deuda
CONTEXTO NORMATIVO
Código Civl dede el artículo 1091 al 1131
DERECHO DE RETENCIÓN
Derechos del Deudor
Exigir la restitución del bien una vez cumplida la obligación
Obligaciones del Acreedor
Mantener el bien en condiciones adecuadas.
Obligaciones
Restituir el bien solo tras el pago
Formalización
No requiere acuerdo previo
Poder del Acreedor
Retiene el bien hasta el cumplimiento de la obligación
Bienes Afectados
Bienes muebles e inmuebles
Naturaleza
Derecho real de garantía
concepto
Es el derecho que tiene un acreedor a retener un bien del deudor hasta que se cumpla la obligación de pago.