によって jhon nieto 4年前.
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Prima de servicios: Por éste concepto la empresa debe apropiar mensualmente un 8.33% del salario base para el cálculo de las prestaciones sociales.
Vacaciones: Cada mes la empresa debe apropiar un 4.17% del valor del salario del trabajador por concepto de vacaciones.
Cesantías: Por éste concepto es necesario apropiar mensualmente el 8.33% del salario del trabajador.
Intereses sobre las cesantías: Los intereses sobre cesantías corresponden al 12% anualmente del saldo acumulado a 31 de diciembre, por lo que se debe apropiar o provisionar el 12% mensualmente o quincenalmente del valor de las cesantías provisionado, según sea le periodo de la liquidación. Una vez se hayan determinado los valores que se deben apropiar o provisionar, se procede a la Contabilización de la nómina. Los conceptos aquí contemplados, se pueden calcular mensualmente o de acuerdo a la periodicidad de liquidación de nómina aplicada por la empresa
Concepto TOTAL EMPLEA DO PATRONO Aporte Entidades Promotoras de Salud E.P.S 12.5 % 4 % 8.5 % Aporte Administradoras de Fondo de Pensiones A.F.P 16.0 % 4 % 12.5 % Aporte a Administradora de Riesgos Laborales A.R.L Mínimo 0.522 % Mínimo 0.522 % Aporte Sena SENA 2 % 2 % Aporte Instituto Colombiano Bienestar Familiar ICBF 3 % 3 % Aporte a Caja Compensación Familiar CCF 4 % 4 % Cesantías 8.33 % 8.33 % Intereses a Cesantías ( 12% de las cesantías ) 12 % ces 12 % ces Prima Servicios 8.33 % 8.33 % Vacaciones 4.17 % 4.17 %
Cajas de compensación familiar: Mensualmente la empresa debe pagar por subsidio familiar un 4% del salario base de cotización por éste concepto.
Instituto Colombiano de bienestar familiar: Mensualmente la empresa debe aportar un 3% del salario base del trabajador, con destino al I.C.B.F.
Servicio nacional de aprendizaje: Mensualmente la empresa debe aportar el 2% de la nómina base para los aportes, con destino al SENA.
Salud: La cotización al sistema de salud es de 12.5% del Salario base de aportes para el sistema de seguridad social. El empleado aporta un 4% y la empresa aporta el 8.5%, porcentaje último que la empresa debe apropiar en cada nómina y posteriormente consignar a la respectiva entidad de salud a la que este afiliado el trabajador.
Pensión: Por cada empleado se debe aportar por concepto de pensión, un 16% del salario base cotización. El empleado aporta el 4% y la empresa aporta el 12%, valor que mensualmente la empresa debe apropiar y consignar en el fondo de pensiones que el empleado haya determinado.
Riesgos profesionales: La empresa debe afiliar al empleado al sistema de riesgos profesionales, con el objetivo de cubrir los problemas los accidentes o enfermedades que el empleado sufra como consecuencia del ejercicio de su labor en la empresa. El aporte en su totalidad está a cargo de la empresa, y el porcentaje a cotizar está dado por una tabla progresiva según sea el nivel de riesgo que corra el trabajador en su trabajo.