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によって DALIA PONCE AMPARO 2年前.

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CAPITULO II ART. 92-115 CFF. DELITOS FISCALES

Las leyes fiscales mexicanas incluyen disposiciones específicas sobre delitos fiscales, sanciones y responsabilidades. Se contempla la prescripción de la acción penal para delitos fiscales perseguibles por querella de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (

CAPITULO II ART. 92-115 CFF.  DELITOS FISCALES

CAPITULO II ART. 92-115 CFF. DELITOS FISCALES

ART.112 SANCION A DEPOSITARIOS O INTERVENTORES

NO EXCEDA A $172,830.00,EN CASO DE LA SANCION SERA DE 3 A 9 AÑOS DE PRISION
DISPONGA DE SUS PRODUCTOS O GARANTIAS PARA CUALQUIER CREDITO FISCAL

ART. 115 SANCION POR APODERAMIENTO DE MERCANCIAS QUE SE ENCUENTREN EN EL RECINTO FICAL

SE IMPONDRA UNA SANCION DE 3 MESE A SEIS AÑOS A LA PERSONA QUE SE EMPODERE DE MERCANCIAS QUE SE ENECUENTREN EN EL RECINTO FISCAL O FISCALIZADO, SI EL VALOR DE LO ROBADO EXCEDE 74,060.00 LA SANCION SERA DE 3 MESES A 9 AÑOS.

ART.92 DELITOS PENALES Y JUICIOS

CONCEPTO DE MERCANCIAS
REPARACION DEL DAÑO
PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS
CUANTIA DEL DAÑO O PERJUICIO Y MONTO DE LA CAUCION PARA CONCEDER LA LIBERTAD PROVISIONAL
EN QUE CASOS SE SOBRESEERA EL PROCESO POR EL DELITO FISCAL
DENUNCIA DE HECHOS ANTE EL MINISTERIO PUBLICO FEDERAL´
FORMULACION DE LA DECLARATORIA DE CONTRABANDO DE MERCANCIAS
DECLARACION DE PERJUICIOS
FORMULACION DE QUERELLA

ART.93 CASOS DE COMUNICACIONES DE LA AUTORIDAD FISCAL AL MINISTERIO PUBLICO FEDERAL

CUANDO LA AUTORIDAD TENGA CONOCIMIENTO DE LA PROBABLE EXISTENCIA DE UN DELITO Y SEA PERSEGUIBLE DE INMEDIATO HARA CONOCIMIENTO AL MINISTERIO PUBLICO FEDERAL PARA QUE LOS EFECTOS FICALES PROCEDAN

ART. 95 QUIENES SON RESPONSABLES DE LOS DELITOS FISCALES

IX: SE DERIVA UN DELITO FISCAL POR UN CONTRATO O CONVENIO RESPECTO A ACTIVIDADES INDEPENDIENTES
VIII: TENGA LA CALIDA DE UNA GARANTIA DERIVADA DE UNA POSICION JURIDICA, DE UN CONTRATO DE LOS ESTADOS SOCIALES
VII: AUXILIEN A OTRO DESPUES DE SU EJECUCION, CUMPLIENDO UNA PROMESA ANTERIOR
VI: AYUDEN DOLOSAMENTE A OTRO PARA SU COMICION
V: SE INTRODUZCAN DOLOSAMENTE A OTRO A COMETERLO
IV: SE SIRVAN DE OTRA PERSONA COMO INSTRUMENTO PARA EJECUTARLO
III: COMETAN CONJUNTAMENTE EL DELITO
II: REALICEN LA CONDUCTA O EL HECHO DESCRITOS EN LA LEY
I: CONCIERTEN LA REALIZACION DEL DELITO.

ART. 96 RESPONSABILIDAD DE ENCUBRIMIENTO EN LOS DELITOS FISCALES

II: CUANDO DERIVADOS DE LA ELABORACION DEL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS, EL CONTADOR PUBLICO SE HAYA ENTERADO DE DICHO DELITO Y NO HABERLO INFORMADO
II: AYUDE A ALTERAR LAS EVIDENCIAS DE DICHO DELITO PARA AYUDAR AL CULPABLE
I: QUIEN ADQUIERA, RECIBA, TRASLADE O OCULTE EL OBJETO DEL DELITO SABIENDO DE DONDE PROBIENE

ART.97 PENA CUANDO UN FUNCIONARIO COMETE UN DELITO FISCAL

SIUN FUNCIONARIO COMETE UN DELITO SU PENA SERA DE 3 MESES A 6 AÑOS DE PRISION

ART.98 ATENTATIVA DE DELITO FISCAL

SE SANCIONARA EN CASO DE SER CUMPLIDO CON HASTA DOS TERCERAS PARTES DE LA QUE CORRESPONDA EL DELITO
ES PUNIBLE , CUANDO NO SE REALIZA EN SU TOTALIDAD EL DELITO

ART.99 AUMENTO DE LA PENA POR DELITO CONTINUADO

SI EL DELITO SE CONTINUA CON CONDUCTAS Y HECHOS DE INTENCION DELICTUOSAS LA PENA PODRA AUMENTAR HASTA UNA MITAD MAS

ART.100 RESCRIPCION DE LA ACCION PENAL EN DELITOS FISCALES PERSEGUIBLES POR QUERELLA DE LA SHCP

SE EXTIGUE LA ACCION PENAL A PARTIR DE LOS 5 AÑOS

ART.101 EN QUE CASOS NO PROCEDE LA SUBSTITUCION Y CONMUTACION DE SANCIONES EN EL CASO QUE SE INDICA

CUANDO SE CORRESPONDAN A LOS DELITOS EN LOS ARTICULOS 102 Y 105 FRACCION I A LA IV
NO PROCEDE EN LOS SENTENCIADOS POR DELITOS FISCALES

ART.102 COMISION DE DELITO DE CONTRABANDO

III: DE IMPORTACION O EXPORTACION PROHIBIDA.
II: SIN PERMISO DE LA AUTORIDAD COMPETENTE
I: OMITE EL PAGO TOTAL O PARCIAL DE CONTRIBUCIONES QUE DEBAN CUBRIRSE

ART.111 SANCIONES CORPORALES EN LOS CASOS QUE SE INDICAN

OMISION DE LA PRESENTACION DE LAS DECLARACIONES
ART.114 SANCION APLICABLE POR PRACTICAR VISITA DOMICILIARIA SIN MADAMIENTO
SE INPONDRA SACION DE UNO A 6 AÑOS DE PRISION A LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE ORDENEN O PRACTIQUEN VISITAS DOMICILIARIAS O EMBARGOS SIN MANDAMIENTOS ESCRITOS POR LA AUTORIDAD FISCAL.
REGISTRO DE OPERACIONES EN DOS O MAS LIBROS
SE IMPONDRA SANCION DE 3 MESES A 3 AÑOS DE PRISION.

ART.110 SANCIONES ANTE LAS INFRACCIONES SOBRE EL RFC

USO INDEBIDO DE INFORMACION CONFIDENCIAL
SE SUBSANE LA OMISION O SE INFORME EL HECHO

ART.109 INFRACCIONES QUE SE SANCIONAN CON LAS MISMAS PENAS QUE EL DELITO DE DEFRAUDACION FISCAL

DARLE EFECTOS FISCALES A LOS COMPROBANTES DIGITALES
SE BENEFICIE SIN DERECHO DE UN SIBSIDIO O ESTIMULO FISCAL

ART.108 DELITO DE LA DEFRAUDACION FISCAL

CALIFICACION DEL DELITO
OMITIR LA EXPEDICION DE COMPROBANTES FISCALES RETENIDAS,RECAUDADAS O TRASLADADAS
USAR DOCUMENTOS FALSOS
CUANTIFICACION DE LO DEFRAUDADO
PAGO ESPONTANEO
PERSECUCION SIMULTANEA DEL DELITO DE DEFRAUDACION FISCAL Y LAVADO DE DINERO
PENAS APLICABLES AL DELITO DE DEFRAUDACION FISCAL
CUANDO NO SE PUEDA DETERMINAR LA CUANTIA DE LO QUE SE DEFRAUDO LA PENA SERA DE:

3 MESES A 6 AÑOS EN PRISION

PAGOS PROVISIONALES O DEFINITIVOS

ART.107 CALIFICACION DEL DELITO DE CONTRABANDO

OSTENTANDOSE COMO FUNCIONARIO O EMPLEADO PUBLICO
DOCUMENTACION FALSA
LUGAR NO AUTORIZADO PARA LA ENTRADA O SALIDA DE MERCANCIA
VIOLENCIA FISICA O MORAL EN LAS PERSONAS

DOCUMENTACION RESPECTO A LA ESTANCIA LEGAL

NOTA DE VENTA EXPEDIDA POR LA AUTORIDAD FISCAL FEDERAL
DOCUMENTACON ADUANAL EXIGIDA POR LA LEY

ART.106 MERCANCIAS DE USO PERSONAL Y DOCUMENTACION DE MERCANCIAS EXTRANJERAS EN EL PAIS

COSMETICOS Y PRODUCTOS SANITARIOS
ARTICULOS DOMESTICOS
ALIMENTOS Y BEBIDAS PARA SU CONSUMO

ART.105 INFRACCIONES QUE SE SANCIONAN CON LAS MISMAS PENAS DEL CONTRABANDO

IMPORTACION DE VEHICULOS EN FRANQUICIA DESTINADOS SIN RESIDENCIA EN EL PAIS
QUIEN ENAJENE,COMERCIE Y ADQUIERA O TENGA EN SU PODER MERCANCIA EXTRANJERA
EN SU CARACTER DE

PROPORCION DE DOCUMENTOS O PLACAS PARA SU CIRCULACION OTORGUE MATRICULA

FOMENTE LA INTRODUCCION O EXTRACCION DE MERCANCIAS DE COMERCIO EXTERIOR

FUNCIONARIO O EMPLEADO PUBLICO

ART.104 CASOS DE PENA DE PRISION POR DELITO DE CONTRABANDO

DE3 A 9 AÑOS
SE SANCIONARA CON PENA DE PRISION
DE 3 A 5 AÑOS

SI EL MONTO DE LAS CONTRIBUCIONES O CUOTAS COMPENSATORIAS OMITIDAS

ES DE HASTA $1,385,110.00 O EN SU CASO LA SUMA DE AMBAS DE $ 2,078,400.00

ART.103 PRESUNCION DE DELITO DE CONTRABANDO

LO COMETE QUIEN INTRODUZCA AL PAIS O EXTRAIGA MERCANCIAS OMITIENDO:
QUIEN INTEGRE MERCANCIAS EXTRANJERAS PROCEDENTES DE ZONAS LIBRES AL RESTO DEL PAIS

EL PAGO TOTAL O PARCIAL DE LAS CONTRIBUCIONES

CUOTAS COMPENSATORIAS

IMPORTACION Y EXPORTACION