CONSTITUCION 1978
TITULO X REFORMA CONSTITUCIONAL
TITULO IX
DATOS IMPORTANTES
TITULO VI
TITULO V
TITULO IV
TITULO III
LOS DECRETO LEY DEBERAN SER INMEDIATAMENTE SOMETIDOS A DEBATE Y VOTACION DE TOTALIDAD AL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
DISPONEN DE 30 DIAS PARA SU PROMULGACION
EN EL CASO DE EXTRAORDINARIA Y URGENTE NECESITADAD, EL GOBIERNO PODRA DICTAR DECRETOS-LEYES (disposiciones legislativas)
ESTOS NO PODRÁN AFECTAR A
DERECHOS, DEBERES Y LIBERTADES DE LOS CIUDADADOS REGULADOS EN EL TITULO I
ORDENAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES BASICAS DEL ESTADO
LAS DISPOSICIONES DEL GOBERNO QUE CONTENGA LEGISLACION DELEGADA RECIBIRAN EL TITULO DE DECRETOS LEGISLATIVOS
Unificar contenido de diferentes normativas
LEYES ORGANICAS
PARA APROBAR, MODIFICAR O DERROGAR UNA LEY ORGANICA DEBE EXGIRA MAYORIA ABSOLUTA DEL CONGRESO
RELATIVAS AL DESAROLLO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DE LAS LIBERTADES PÚBLICAS, LAS QUE APRUEBEN LOS ESTATUTOS DE AUTONOMIA Y EL REGIMEN ELECTORAL GENERAL Y LOS DEMAS PREVISTAS EN LA CONSTITUCION
Las leyes orgánicas recogen el contenido explicito de la Constitución
EL VOTO DE SENADRES Y DIPUTADOS ES PERSONAL Y INDELEGABLE
Nadie puede votar por ti
EN CADA CAMARA HABRA UNA DIPUTACION PERMANENTE COMPUESTA POR UN MIN DE 21 MIEMBROS
LOS DIPUTADOS Y SENADORES SOLO PODRAN SER DETENIDOS EN CASO DE FLAGRANTE DELITO
LLEVA A CABO LA INPUTACION LA SALA DE LO PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO
EL SENADO ES ELEGIDO POR 4 AÑOS
EL MANDATO DE LOS SENADORES TEMINAN 4 AÑOS DESPUES DE SU ELECCION O EL DIA DE LA DISOLUCION DE LA CAMARA
EN CADA PROVINCIA SE ELEGIRAN 4 SENADORES POR SUFRAGIO UNIVERSAL, LIBRE, IGUAL, DIRECTO Y SECRETO POR LOS VOTANTES.
EL SENADO ES LA CAMARA DE REPRESENTACION TERRITORIAL
LAS ELECCIONES TENDRAN LUGAR ENTRE 30 Y 60 DIAS DESDE DE LA TERMINACION DEL MANTADO
DEBERA SER CONVOCADO DENTRO DE LOS 25 DIAS, PARA TOMAR SU PUESTO
EL CONGRESO ES ELEGIDO POR 4 AÑOS.
EL MANDATO DE LOS DIPUTADOS TERMINA 4 AÑOS DESPUES DE SU ELECCION O EL DIA DE LA DISOLUCION DE LA CAMARA
LA CIRCUNSCRIPCION ELECTORAL ES LA PROVINCIA
EL CONGRESO SE COMPONEN DE UN MIN DE 300 Y UN MAX DE 400 DIPUTADOS
ELEIGOS POR EL SUFRAFIO UNIVERSAL, LIBRE, IGUAL, DIRECTO Y SECRETO, EN LOS TERMINOS QUE ESTABLEZCA LA LEY.
LAS CORTES GENERALES EJERCEN LA POTESTAD LEGISLATIVA DEL ESTADO
LAS CORTES GENERALES REPRESENTAN AL PUEBLO ESPAÑOL Y ESTAN FORMADAS POR EL CONGRESO DE DIPUTADOS Y EL SENADO
TITULO II
AL REY LE CORRESPONDE MANIFESTAR EL CONSENTIMIENTO DEL ESTADO PARA OBLIGARSE INTERNACIONALMENTE POR MEDIO DE TRASTADOS, DE CONFORMIDAD CON LA CONSTITUCION Y LAS LEYES
SI NO HUBIESE PERSONA A QUIEN CORRESPONDA LA REGENCIA, ESTA SERÁ NOMBRADA POR LAS CORTES
EL REY ES EL JEFE DEL ESTADO
ASUME LA MAS ALTA REPRESENTACIONES DEL ESTADO ESPAÑOL EN LAS RELACIONES INTERNACIONALES
ARBITRA Y MODERA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES
ES SIMBOLO DE SU UNIDAD Y PERMANENCIA
TITULO I DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES (46 ART/ DEL 10 AL 55)
ART 55 SUSPENCION EN ESTADOS DE EXCEPCION Y SITIO.
ESTADO DE SITIO
TIEMPO NECESARIO
A PROPUESTA DEL GOBIERNO Y ESTE DESIGANRA UNA AUTORIDAD MILITAR
EL CONGESO DE LOS DIPUTADOS (MAYORIA ABSOLUTA)
ESTADO DE EXCEPCION
SE PUEDE TERMINAR ANTES
30 DIAS (PROLOGA + 30 DIAS)
NECESITA LA AUTORIZACION DEL CONCRESO
ESTADO DE ALARMA
PLAZO MAXIMO
15 DIAS
MEDIANTE
UN DECRETO DE CONSEJO DE MINISTROS
LO DECLARA
EL GOBIERNO
ART 54 DEFENSOR DEL PUEBLO
LEY ORGANICA REGULARA LA INSTITUCION DEL DEFENSOR DEL PUEBLO, COMO ALTO COMISIONADO DE LAS CORTES (CONGRESO Y SENADO), DESIGNADO POR ESTAS PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS, CUYO EFECTO PODRA SUPERVISAR LA ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACION, DANDO CUENTA A LAS CORTES GENERALES.
ART 53 RECURSO DE AMPARO
ART 52 ORGANIZADORES PROFESIONALES
ART 51 DEFENSA DE CONSUMIDORES
ART 50 PENSIONES Y 3° EDAD
ART 49 DISCAPACIDAD
ART 48 JUVENTUD
ART 47 VIVIENDA
ART 46 PATRIMONIO HISTORICO\CULTURA\ARTISTICO
ART 45 MEDIO AMBIENTE
TODOS TIENEN EL DERECHO A DISFRUTAR DE UN MEDIO AMBIENTE ADECUADO PARA EL DESARROLLO DE LA PERSONA, ASI COMO EL DEBER DE CONSERVARLO
ART 44 CULTURA, CIENCIA EN INVESTIGACION
ART 43 SALUD, DEPORTE Y OCIO
LOS PODERES PUBLICOS FOMETARAN LA EDUCACION SANITARIA, LA EDUCACION FISICA Y EL DEPORTE, FACILITARA LA ADECUADA UTILIZACION DEL OCIO
LA LEY ESTABLECERA LOS DERECHOS Y DEBERES DE TODOS AL RESPECTO
PODERES PUBLICOS ORGANIZAR Y TUTELAR LA SALUD PUBLICA A TRAVES DE MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE LAS PRESTACIONES Y SERVICIOS NECESARIOS
DERECHO A LA PROTECCION DE LA SALUD
ART 42 TRABAJADORES ESPAÑOLES EN EL EXTRANJERO
ART 41 SEGURIDAD SOCIAL
LOS PODERES PULICOS MANTEDRAN UN REGIMEN PUBLICO DE SS
ART 40 PLENO EMPLEO\FORMACION\SEGURIDAD
ART 39 FAMILIA E INFANCIA
ART 38 LIBERTAD DE EMPRESA
LIBERTAD DE EMPRESA EN EL MARCO DE LA ECONOMIA DE MERCADO
ART 37 CONVENIOS, CONFLICTOS COLECTIVOS, HUELGA
DERECHO A LA NEGOCIACION COLECTIVA LABORAL ENTRE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES Y EMPRESARIOS
ART 36 COLEGIOS PROFESIONALES
ART 35 TRABAJO
TODOS LOS ESPAÑOLES TIENEN EL DEBER DE TRABAJAR Y EL DERECHO AL TRABAJO, A LA LIBRE ELECCION DE PROFESION U OFICIO
ART 34 FUNDACION
ART 33 PROPIEDAD PRIVADA Y HERENCIA
ART 32 MATRIMONIO
ART 31 GASTO PUBLICO
TODOS CONTRIBUIRAN AL SOSTENIMIENTO DE LOS GASTOS PUBLICOS
ART 30 DEFENSA, SERVICIO MILITAR Y CICIL, OBJECION
LOS ESPAÑOLES TIENEN DERECHO Y EL DEBER DE DEFENDER A ESPAÑA
ART 29 DERECHO DE PETICION
LOS MIEMBROS DE LAS FUERZAS O INSTITUTOS ARMADOS O DE LOS CUERPOS SOMETIDOS A DISCIPLINA MILITAR PODRAN EJERCER ESTE DERECHO SOLO INDIVIDUALMENTE
TODOS LOS ESPAÑOLES TENDRAN EL DERECHO DE PETICION INDIVIDUAL Y COLECTIVA
El derecho a la petición es dirigirse a los poderes públicos para ponerles en conocimiento de ciertos hechos o reclamarles una intervención
ART 28 SINDICACION Y HUELGA
DERECHO A LA HUELGA
DERECHO A SINDICARSE LIBREMENTE
ART 27 EDUCACION
ART 26 PROHIBICION DE LOS TRIBUNALES DE HONOR
ART 25 SANCIONES, CONDENAS Y PENAS
ART 24 TUTELA JURIDICA
ART 23 DERECHO DE PARTICIPACION
ART 22 ASOCIACION
ART 21 DERECHO DE REUNION
ART 20 LIBERTAD DE EXPRESION
ART 19 LIBERTAD DE RESIDENCIA Y CIRCULACION
TIENEN DERECHOS A ENTRAR Y SALIR LIBREMENTE DE ESPAÑA
TIENEN DERECHOS A ELEGIR LIBREMENTE SU RESIDENCIA Y A CIRCULA POR EL TERRITORIO NACIONAL
ART 18 DERECHO AL HONOR Y A LA INTIMIDAD
EL DOMICILIO ES INVIOLABLE
SE GARANTIZA EL DERECHO AL HONOR, A LA INTIMIDAD PERSONAL, FAMILIAR Y A LA PROPIA IMAGEN
ART 17 DERECHO A LA LIBERTAD Y SEGURIDAD
LA DETENCION PREVENTIVA NO PODRA DURAR MAS DEL TIEMPO ESTRICTAMENTE NECESARIO PARA LAS AVERIGUACIONES TENDENTES AL ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS, EN EL PLAZO MAXIMO DE 72 HORAS EL DETENIDO DEBERA SER PUESTO EN LIBERTAD A DISPOSICION DE LA AUTORIDAD
ART 16 LIBERTAD IDEOLOGICA, RELIGIOSA Y DE CULTO
ART 15 DERECHO A LA VIDA E INTEGRIDAD FISICA Y MORAL
ART 14 IGUALDAD ANTE LA LEY
LOS ESPAÑOLES SON IGUALES ANTE LA LEY, SIN PREVALECER DISTINCION ALGUNA
ART 13 DERECHOS DE LOS EXTRANJEROS
ART 12 MAYORIA DE EDAD
ART 11 NACIONALIDAD ESPAÑOLA
SE ADQUIERE, SE CONSERVA Y SE PIERDE DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO POR LA LEY
ART 10 DERECHOS Y DEBERES
(PERSONALIDAD)
EL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD
LOS DERECHOS INDIVIDUALES QUE SON INHERENTES
LA DIGNIDAD DE LA PERSONA
TITULO PRELIMINAR
ART 9 PRINCIPIOS JURIDICOS
LA CONSTITUCION GARANTIZA EL PRINCIPIO:
INTERDICCION DE LA ARBITRARIEDAD DE LOS PODERES PUBLICOS
RESPONSABILIDAD
SEGURIDAD JURIDICA
IRRETROACTIVIDAD DE LAS DISPOSICIONES SANCIONADORAS NO FAVORABLES O RESTRICTVAS DE DERECHOS INDIVIDUALES
PUBLICIDAD DE LAS NORMAS
JERARQUIA NORMATIVA
LEGALIDAD
ART 8 FUERZAS ARMADAS
ART 7 SIDICATOS. ASOSACIONES DE EMPRESARIOS
ART 6 PARTIDOS POLITICOS
ART 5 CAPITAL DEL ESTADO
VILLA DE MADRID
ART4 BANDERA
ESTA FORMADA POR 3 FRAJAS HORIZONTALES, ROJA, AMARILLA Y ROJA, SIENDO LA AMARILLA DE DOBLE ANCHURA QUE CADA UNA DE LAS ROJAS
ART 3 LENGUA OFICIAL
EL CASTELLAÑO ES LA LENGUA OFICIAL DEL ESTADO. TODOS LOS ESPAÑOLES TIENE EL DEBER DE CONCERLA Y EL DERECHO DE USARLA
ART 2 UNIDAD DE ESPAÑA
ART 1 CONCEPCION DE ESPAÑA
LOS VALORES: LIBERTAD, JUSTICIA, IGUALDAD Y PLURALISMO POLITICO
CONSAGRA LA DEMOCRACIA COMO FORMA DE GOBIERNO DE ESPAÑA
LA FORMA POLITICA DEL ESTADO ESPAÑOL ES LA MONARQUIA PALAMENTARIA
LA SOBERANIA NACIONAL RESIDE EN EL PUEBLO ESPAÑOL QUE EMANAN TODOS LOS PODERES
ESPAÑA SE CONSTITUYE EN UN ESTADO SOCIAL Y DEMOCRATICO DE DERECHO
ESTRUCTURA
TITULO X
REFORMA CONSTITUCIONAL
TITULO IX
CONSTITUYE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TITULO VIII
ESTABLECE LA ORGANIZACION TERRITORIAL DEL ESTADO
TITULO VII
HACIENDA + ADMINISTRACION PUBLICA
TITULO VI
ATRIBUCIONES Y PRINCIPIOS RELATIVOS AL PODER JUDICIAL
TITULO V
RELACIONES ENTRE EL GOBIERNO Y LAS CORTES
TITULO IV
GOBIERNO Y LA ADMINISTRACION.
TITULO III
ESTABLECE EL FUNCIONAMIENTO DE UNAS CORTES, CONGRESO Y SENADO Y EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACION Y APROBACION DE LAS LEYES
TITULO II
ESTABLECE LA INSTAURACION DE LA MONARQUIA
TITULO I
DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LOS CIUDADANOS
TITULO PREMILINAR
TRATA LOS PRINCIPIOS ESENCIALES DEL SISTEMA POLITICO
PREAMBULO
INTRODUCCION. ES UN TEXTO SIN FUERZA JURÍDICA DE OBLIGAR
DIVIDIDA
PARTE ORGANICA
ART 56 HASTA EL 169. DEL TITULO II AL TITULO X
ORGANOS DE PODER, SU COMPOSICION Y SUS FUNCIONES
PARTE DOGMATICA
TITULO PRELIMINAR HASTA EL ART 55
VALORES, PRINCIPIOS Y ORIENTACIONES POLITICAS.
PREAMBULO,TITULO PRELIMINAR, 169 ARTICULOS, 4 DISPOSICIONES ADICIONALES, 9 TRANSITORIAS, 1 DERROGATORIA Y 1 FINAL
CARACTERISTICAS
REGIONALIZADO Y NO FEDERAL
FORMA POLITICA DEL ESTADO, LA MONARQUIA PARLAMENTARIA
RIGIDA
EXTENSA
ES UN SOLO TEXTO
FECHAS IMPORTANTES
PUBLICACION Y ENTRADA EN VIGOR
POR EL BOE
EL 29 DE DICIEMBRE DE 1978
SANCION Y PROMULGADA
POR EL REY
EL 27 DE DICIEMBRE DE 1978
RATIFICACION
POR EL REFERENDUM
EL 6 DE DICIEMBRE DE 1978
APROBACION
POR LAS CORTES GENERALES
EL 31 DE OCTUBRE DE 1978