Como finalidad acreditar la existencia de un contrato ya concluido entre el comerciante remitente de la factura y el que la recibe.
A su vez Prueba no solamente el contrato sino también las condiciones o términos consignados al texto.
Comprador tiene derecho a exigir que el vendedor firme y le entregue factura
de las mercancías vendidas y que ponga al pie recibo del precio o de la parte de
éste que se le hubiere entregado.
No reclamando contra el contenido de la factura dentro de los ocho días siguientes a su entrega, se tendrá por aceptada irrevocablemente.
Consonancia con lo anterior el artículo 644 del Código de Procedimiento Civil, prevé que son pruebas escritas suficientes “…los instrumentos públicos, los instrumentos privados, las cartas, misivas, admisibles según el Código Civil, las facturas aceptadas, las letras de cambio, pagarés, cheque y cualesquiera otro documentos negociables”.
Reitera la norma que lo previsto en el artículo 124 del Código de Comercio, al establecer que las facturas son medios de pruebas, siempre y cuando estén aceptadas, es decir que su fuerza probatoria se encuentra condicionada a la aceptación del comprador.
Obligaciones.
1. El vendedor tiene la obligación a la hora de celebrar el contrato transferir el dominio de la cosa acordada.
2. Entregar al comprador la cosa vendida.
3. El vendedor tiene la obligación de garantizar la calidad de la cosa.
4. Responder por la parte de la cosa adquirida por el comprador o privación de todo (evición).
5. El comprador tiene como obligación cubrir los gastos de generados por la venta.
6. El comprador tiene la obligación a la hora en que se pacte el contrato pagar el precio acordado.
Derechos:
1. Derecho de preferencia en cuanto el precio.
2. Derecho de retención respecto de la cosa.
3. Una acción de cumplimiento a la hora de celebrarse el contrato.
4. Una acción de rescisión con pago de daños y perjuicios por parte del vendedor
5. Derecho de retención del precio, en cierto caso.
6. Recibir el comprador la cosa vendida al momento de liquidar o acordar el pago
total de adeudoSubtemaSubtema
Aceptación es la conformidad con la oferta y entraña la conclusión del negocio.
Puede ser
La otra parte a instancia del proponente, continua la ejecución del contrato sin manifestar previamente su aceptación.
Es la voluntad del aceptante manifestada en forma explicita, conforme recibo de la oferta.
* Hacerse por la misma persona a quien fue dirigida
*La aceptación de un tercero no envuelve la conclusión de ningun convenio.
Toma la iniciativa en el negocio asume la condición de proponente.
Configura la oferta mediante la proposición unilateral que dirige a otra persona para celebrar con ella un determinado contrato.
Oferta se puede expresar en forma verbal o escrita.
Realiza por escrito las partes residen en la misma plaza
Lleva implícita un lapso de 24 horas, para la aceptación o no
Si la parte no contestare la proposición se tendrá como no hecha.
Que se obligue al proponente debe ser aceptada por la persona a quien va dirigida
Defecto el proponente queda libre.
La cual existe, en una de las partes, la presencia de un comerciante.
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICA
ESCUELA DE DERECHO
OBLIGACIONES
Y CONTRATOS MERCANTILES
Integrantes:
Wuilder Cordero 7.912.073
Mardelys Querales 11.877.441
Yamileth Palacios 22.313.543
Isangel Sira 26.556.881
Elieth Padilla 24.159.493
Profesora: Evelyn Evies
Sección N654.
Barquisimeto, Junio 2017
Factura, Consiste en una relación detallada de las mercancías compradas, contentivas de los nombre y domicilios tanto del vendedor como del comprador, la fecha, las condiciones, las instrucciones del embarque y las cantidades, descripción y precios de las mercancías.
Contratos
Del
No Presente
Efectúan entre contratantes o sus representantes con intercambio de palabras u otros medios como correspondencia, telegrama, teléfono, que motivan a la formación del contrato.
Presente
Partes se encuentran en una directa
e inmediata comunicación e intercambio de sus ideas, expresando sus voluntades contractuales.
Diferencias.
No presente:
No se encuentran en comunicación directa inmediata con la voz o con las señas, o cualquiera que sea la distancia en la que se encuentren.
Este en forma tradicional posee dos sistemas: El conocimiento y la manifestación.
Manifestación el contrato se perfecciona en el momento en que el aceptante manifiesta su voluntad contractual aunque haya llegado la aceptación o no a conocimiento del proponente y en el lugar donde haya expresado su volunrad.
Subdivide en 3 teorías
Teoría de la recepción
Requiere que la aceptación haya llegado a mano del oferenteSubtema
Teoría de la expedición
Perfecciona desde el momento en que la aceptación sea dirigida o enviada al proponente.
Teoría de la declarración
Contrato es perfecto en el momento en que la aceptación se exteriorice en cualquier forma.
Sistema del conocimiento el contrato se perfecciona cuando llega a conocimiento del proponente la noticia de la aceptación y en el lugar donde lo recibe
Presente:
El medio de comunicación es directa e inmediata y motivan a la formaión del contrato.
El domicilio es donde se hizo la propuesta inicial para celebrar el contrato.
Compraventa Mercantil
Un contrato por el cual uno de los contratantes se obliga a transferir un derecho o a entregar una cosa, y el otro a pagar un precio cierto en dinero.
Especialidades de la compraventa
Dentro de la venta no se produce de una vez sino que se efectuaran una serie de etapas:
La opción, la promesa unilateral, la prelación, la promesa de venta, la oferta al público, la venta con reserva de que guste o agrade, la venta sujeta a ensayo previo y venta sobre un tipo de muestra.
Sujetos
Comprador es el que se obliga a pagar un precio cierto y en dinero por una cosan o derecho adquirido.
Vendedor se obliga a transferir a otra llamada comprador, la propiedad de una cosa o un derecho.
Formaliza al subsistir la voluntad actual de transferir la cosa.
Que exista transferimiento
Exsitir:
Que la cosa realmente exista.
Que la cosa sea determinada.
Que el vendedor tenga el poder de disposición de la cosa.
Que las partes contratantes quieran el traspaso
Valor del Silencio de la aceptación
Configura la aceptación, ya que no hay una manifestación ni expresa ni tácita de voluntad.
Cuando el silencio es acompañado de
la ejecución inmediata del contrato se considera la aceptación de la oferta.
El Código de Comercio en su Artículo 112°
Establece "El proponente puede dar eficacia a una aceptación extemporánea, dando inmediatamente aviso al aceptante".
Con el aviso queda prorogada la propuesta y subsanado el vencimiento del plazo, de suerte que el contrato se prefecciona como si no hubiese vencido aquel
Contrato Mercantil
Es un medio (instrumento jurídico) de la circulación mercantil.
Tiene Libertad de Forma aunque el Estado obliga a realizar numerosas operaciones con arreglo a formas rígidamente preestablecidas.
Su intención es la de proteger el interés del público en general.
Reducción del principio de la autonomía de la voluntad en materia de contratación.
Se suponen elaborados en igualdad de condiciones por las partes contratantes.
Rigen por el Código de Comercio y las leyes especiales de comercio, y, en todo lo que éstas no previeren, por las reglas generales de las obligaciones y contratos del Código Civil.
Un acuerdo de dos o más voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones de naturaleza mercantil.