Es el proceso permanente de interlocución entre los servidores públicos y la ciudadanía
Es un escenario que permite tramitar quejas y reclamos de la comunidad sobre la prestación de los servicios públicos, y a la vez, las entidades estatales le rinden cuentas a la ciudadanía sobre su gestión.
Instancia permanente de participación ciudadana, responsable de promover el control efectivo por parte de la ciudadanía sobre la gestión pública y sus resultados, y de articular y apoyar las iniciativas ciudadanas para prevenir y controlar los delitos contra la administración pública.
Control Social a los Servicios Públicos
Capítulo 4. Comités de Desarrollo y Control Social: todos podemos participar
7. ¿Cuál es la responsabilidad de los Alcaldes con los comités?
• Escoger entre los vocales de los Comités de Desarrollo y Control Social del respectivo servicio, registrados ante la alcaldía, aquellos que conformarán la tercera parte de los miembros de la junta directiva de las empresas oficiales de Servicios Públicos Domiciliarios del orden municipal.
• Colaborar con los comités mediante su capacitación y asesoría permanente.
• Llevar un registro actualizado de los Comités de
Desarrollo y Control Social que sean reconocidos e
inscritos por la Alcaldía Municipal, así como de los
respectivos vocales de control.
Reconocimiento del mencionado comité.
• Apoyar a los usuarios en la convocatoria de las
asambleas constitutivas de los Comités de Desarrollo y Control Social.
• Velar por la conformación de los comités en la
entidad territorial de su jurisdicción.
• Apoyar la conformación de Comités de Desarrollo y Control Social.
6. ¿Quién representa cada comité?
Un vocal de control, el cual es elegido por dos años, pero podrá continuar en ejercicio de sus funciones hasta tanto no se realice nueva elección.
5. ¿Cómo se eligen sus miembros?
Las personas asistentes a la asamblea eligen entre ellas a los miembros del comité y sus suplentes para lo cual se deben conformar listas y utilizar el sistema de cociente electoral.
Cociente electoral: Es el número que resulta de dividir el total de los votos válidos por el de puestos por proveer
4. ¿Cómo se conforman?
Se conforman por iniciativa de los usuarios, suscriptores y suscriptores potenciales del municipio, quienes convocan a una asamblea con el fin de constituirlo.
3. ¿Cuáles son sus funciones?
• Estudiar y analizar el monto de los subsidios que debe conceder el municipio con sus recursos presupuéstales, a los usuarios de bajos ingresos; examinar los criterios y mecanismos de reparto de esos subsidios; y proponer las medidas que sean pertinentes para tal efecto.
• Solicitar la modificación o reforma de las decisiones que se adopten en materia de estratificación.
• Procurar que la comunidad aporte los recursos necesarios para la expansión o el mejoramiento de los Servicios Públicos Domiciliarios en los municipios.
• Promover en las empresas de Servicios Públicos Domiciliarios, los planes y programas que consideren necesarios para resolver las deficiencias en la prestación de los Servicios Públicos Domiciliarios.
2. ¿Quiénes pueden hacer parte del comité?
Ser suscriptor potencial
Ser suscriptor
Ser usuario
1. ¿Qué son los Comités de Desarrollo y Control Social?
Son organizaciones que aseguran la participación ciudadana en la vigilancia de la gestión y en la fiscalización de las empresas que prestan uno o varios Servicios Públicos Domiciliarios en el municipio. Son creados por usuarios de los Servicios Públicos y funcionan como un mecanismo para ejercer el Control Social en los Servicios Públicos Domiciliarios
• Gas.
• Energía
• Aseo
• Alcantarillado
• Acueducto
Capítulo 5. Otros escenarios para el Control Social
3. La Rendición de Cuentas
Sirve para:
• Concretar los principios constitucionales de transparencia, responsabilidad, eficacia, eficiencia e imparcialidad y participación ciudadana en el Control Social a los Servicios Públicos.
• Facilitar el ejercicio del Control Social a la Gestión Pública
Finalidad: generar transparencia y garantizar el ejercicio del Control Social.
2. Las Audiencias Públicas
¿Cuándo se convocan las Audiencias Públicas?
• Cuando las comunidades y las organizaciones lo soliciten.
• Cuando la administración lo considere conveniente y oportuno para discutir aspectos relacionados con la formulación, ejecución o evaluación de políticas y programas a cargo de la entidad, y en especial, cuando esté de por medio la afectación de derechos o intereses colectivos.
1. Consejos Ciudadanos de Control de Gestión y de Resultados de la Inversión Pública (CGRI)
Funciones
• Darse su propio reglamento y otros.
• Estar en permanente contacto y articulación con las veedurías, los ciudadanos y las organizaciones civiles.
• Solicitar ante las autoridades respectivas, la realización de Audiencias Públicas para examinar los proyectos y políticas públicas relacionadas.
• Examinar y efectuar las correspondientes sugerencias a las entidades públicas de su departamento.
• Promover y potenciar el ejercicio del Control Ciudadano sobre los proyectos de inversión pública que se contraten o ejecuten.
• Colaborar con los organismos de control de la Administración Pública y ejercer vigilancia sobre los resultados de los mismos.
Son requisitos para ser miembro de los Consejos Ciudadanos de Control de Gestión y de Resultados de la Inversión Pública
• No ostentar la calidad de servidor público, ni tener vínculo contractual con el Estado al momento de su postulación, ni durante los seis meses anteriores a la misma.
• No poseer antecedentes penales vigentes, excepto tratándose de condenas por delito político o culposo
• No poseer antecedentes disciplinarios graves o gravísimos, de acuerdo a lo estipulado en el Código Único Disciplinario.
• No poseer antecedentes fiscales vigentes
• Ser ciudadano colombiano en ejercicio
Convocatoria y composición
Serán convocados por la Subcomisión Ciudadana de la Comisión Nacional de Moralización