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によって acasia fonseca 6年前.

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DERECHO PROCESAL PENAL VENEZOLANO

En el derecho procesal penal de Venezuela, la nulidad procesal es utilizada para invalidar actos que no cumplen con las exigencias legales, violando así normas jurídicas y derechos fundamentales.

DERECHO PROCESAL PENAL VENEZOLANO

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MAPA CONCEPTUAL

Autor: Acasia Fonseca C.I: 3.736.609 CJP-092-0370V

Características

* Es un Vicio o Defecto del Acto realizado. * Debe declararla el Juez. * Reclamarse dentro del mismo Juicio. * Es Legal, su fuente debe ser siempre la Ley. * Se considera sanción, funciona como un castigo al no observar exigencia de la Ley.

Efectos

* Produce invalides del Acto e ineficacia procesal. * Si un Acto es nulo y de el se derivan otros, se produce el efecto cascada. * Declarada la nulidad no puede retroceder el proceso. * Las partes pueden interponer Recurso de Apelación y tendrá efecto devolutivo.

Formulará y Ejecutará Políticas de Difusión (ART. 513 COPP)

TSJ - Resolución Establece Organización y Funcionamiento de los TPI Municipales

DERECHO PROCESAL PENAL VENEZOLANO

NULIDADES EN EL PROCESO PENAL

Tipos de Nulidades
Nulidades Relativas

Saneamiento solo podrá solicitarse mientras se realiza el Acto o dentro de los tres días después de realizado. (ART. 177 COPP)

Requisitos de la solicitud

Debe proponerse la solución al juicio

El acto viciado se debe individualizar, especificarse y detallarse.

Describir el efecto preciso

Convalidación (ART. 178 COPP)

1. Las partes no hayan solicitado oportunamente- 2. Que quienes tengan derecho hayan aceptado expresa o tácitamente los efectos del acto. 3. Si, no obstante la irregularidad, el acto a conseguido su finalidad.

Son aquellas que son saniables, se establecen primordialmente en interés de las partes, con la finalidad de permitirles eludir los prejuicios que les podría arrancar un vicio o defecto procesal.

Nulidades Absolutas (No convalidables) ART. 175 COPP

* Concernientes a la intervención, asistencia del imputado, en los casos establecidos en el COPP. * Las que impliquen inobservancia o violación de derechos y garantías previstas en el COPP, CRBV, Leyes, Tratados, Convenios y Acuerdos Internacionales ratificados.

Son aquellas que afectan de manera esencial la búsqueda de la verdad, el debido Proceso y el Derecho a la Defensa, constituye una Sanción de Pleno Derecho declarable de oficio.

Principios

Convalidación

Accesoriedad

Finalidad

Buena Fé en la Ejecución del Acto

Trascendencia Aflictiva

Taxatividad o Especificidad Legal

Fundamento
* Debido Proceso. * Garantía Constitucional. * Racional Procedimiento. * Igualdad ante la Ley Procesal. * Prohibición de Indefensión.

CRBV COPP Convenios y Tratados Internacionales ratificados por Venezuela

Nulidad Procesal es el medio para Invalidar un Acto Ingresado al Proceso Penal, que no a observado en su realización las exigencias impuestas por la Ley; en donde se a incumplido los requisitos de formación y ejecución del Acto Procesal, violando normas Jurídicas y derechos fundamentales de las partes.

CIRCUITO JUDICIAL PENAL

Organización (ART 505 COPP)
Integrado por:

TSJ - Sistema de Turnos en cada circuito Judicial que se encuentre al menos un Juez o Jueza de Control

Tribunal de Primera Instancia (TPI)

Integrado por Tres Jueces o Juezas

Juez de Ejecución

Fase de Ejecución

Juez de Juicio

Fase de Juicio

Juez de Control

Fase Preparatoria

Tribunal de Segunda Instancia o Corte de Apelaciones

Sala de Tres Jueces o Juezas Profesionales

Conocen de:

Recursos Extraordinarios de revisión

Apelación de Sentencias

Recursos Ordinarios de Apelación

Definición
Una Organización Jurisdiccional y administrativa integrada por los jueces o juezas penales, con competencia en todo el territorio del Estado o en uno o más Municipios (ART. 504 COPP)

Funciones Administrativas

Alguacilazgo (ART. 511 COPP)

Ejecutar las Ordenes de los Tribunales Códigos y Leyes

Práctica de las Citaciones

Custodia y Mantenimiento del Orden en Salas de Audiencias y Edificaciones

Transporte y Distribución Interna y Externa de Documentos

Recepción de la Correspondencia

Secretarios o Secretarias (ART. 510 COPP)

* Copiar y Refrendar Decisiones de los Tribunales en las Sala de Audiencia. * Cumplir con la Atribución del (ART. 350 COPP)

Servicios Administrativos (ART. 509 COPP)

Servicios Judiciales Servicios Generales

Dirección Ejecutiva de la Magistratura Organizará la Participación Ciudadana (ART. 512 COPP)

Juez Presidente o Jueza Presidenta

Dirección Administrativa (ART. 507 COPP)

Atribuciones (ART. 508 COPP)

Funciones Jurisdiccionales (ART. 506 COPP)

Jueces o Juezas en ejercicio de las Funciones de Control, Juicios Ejecución actuará de acuerdo con Reglas del COPP