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によって Katherin Rosas 3年前.

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Eficacia del Contrato

La ejecución de las obligaciones contractuales debe realizarse de inmediato, a menos que se haya acordado un plazo o condición específica. El Código Civil y el Código de Comercio establecen diferentes clasificaciones para los plazos, incluyendo iniciales y finales, así como plazos fijados por horas, meses o años.

Eficacia del Contrato

Eficacia del Contrato

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INEFICACIA DEL CONTRATO Y DEL NEGOCIO JURIDICO

Consecuencias que se producen en un contrato con defectos en su constitución
Inexistencia

Esta acción no prescribe

Un acto inexistente no puede ser ratificado, la inexistencia es cuestión de un hecho, jurídicamente tiene consecuencias.

La parte interesada la puede oponer directamente a la contraparte.

No requiere declararse judicialmente

Art. 898 Código de Comercio

Será inexistente el negocio Jurídico, cuando se celebre sin las solemnidades sustanciales que exija la ley para su formación.

Ausencia de uno de los requisitos de existencia (Consentimiento, Objeto o Causa)

Anulabilidad (Nulidad Relativa)

Art. 1750 C.C

Plazos para prescripción de la acción de rescisión (4 años)

Si prescribe sin impugnar se entenderá saneado el Negocio Jurídico.

Se le deja a criterio de la parte interesada, herederos, o cesionarios, la posibilidad de impugnar el contrato. No lo hará el Ministerio Público, ni sera Declarada de oficio.

Art. 1741 C.C - 900 Código de Comercio

Violencia

Dolo

Error

Incapacidad relativa

La ley le da la posibilidad de decidir, a pesar de los defectos del negocio juridico.

Si no se realiza esta petición en el tiempo establecido, prescribira.

Situación transitoria mantiene sus efectos hasta que la persona con legitimación para pedir la anulación, no se solicita judicialmente la anulación del contrato.

Nulidad (Nulidad Absoluta)

Art. 1742 C.C

Ministerio Público, se declara de oficio por el juez cuando sea percatada en un proceso judicial.

Ademas de la parte afectada se puede alegar la nulidad por parte de todo el que tenga interés en ella.

Art. 889 Código de Comercio

Será nulo en los siguientes casos

Celebrado por persona absolutamente incapaz

Causa y objeto ilícito

Contrario a una norma imperativa

Art. 1741 C.C

Sera Nulidad absoluta los actos y contratos de personas absolutamente incapaces, de objeto y causa ilícita.

"Negottia Nulla" Nulo sin necesidad de declaración judicial.

Adolece de algún defecto ya sea en su creación o sobrevenido, no realización de las prestaciones pactadas por las partes.

NULIDAD PARCIAL DEL CONTRATO Y DEL NEGOCIO JURIDICO

Type the main events of the book, classifying them in: events from the beginning, events from the middle, and events from the end of the book.

Describe the story visually. Add a representative picture for each of them.

Art. 903 del Código de Comercio
Negocios plurilaterales en los que se afecte el vinculo respecto de una parte, no afecta la vigencia de todo el negocio, amenos que esa afectación sea esencial para el contrato.
Solo en eventos donde la gravedad del defecto impida la supervivencia del pacto.
Corresponde al Juez establecer la extensión que se le da a la nulidad del negocio jurídico cuando afecta a parte de este.
Art. 904 del Código de Comercio
Aplicación del principio de preservación y conservación del negocio jurídico.

Type the main events from the end.

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Art. 902 del Código de Comercio
Acarreará la nulidad de todo el negocio, cuando esa parte viciada de nulidad es la que llevo a suscribir el contrato.

Type the main events from the middle.

Add a representative picture for each of them.

CONSECUENCIA DE LA DECLARATORIA DE INEFICIA DEL CONTRATO / RESTITUCIÓNES MUTUAS

Buena fe en la posesión de las partes sobre los bienes entregados en la ejecución de un contrato declarado ineficaz .

S una parte posee el bien de mala fe, deberá restituir los frutos obtenidos de la cosa y resarcir los daños ocasionados.

Art. 1747 C.C
Si la nulidad proviene de la incapacidad, el contratante no podrá pedir rembolso de lo que se gasto, amenos que se pruebe con ello que el incapaz se hizo mas rico con ese contrato.
El dolo es repudiado por la ley y se impide utilizarlo para obtener beneficio alguno.
Art. 1525 C.C
No podrá repetirse lo que se haya pagado por un objeto o causa ilícita a sabiendas.
Art. 1748 C.C
Ej: Acción Reivindicatoria
Art. 1746 C.C
Nulidad pronunciada en sentencia tiene fuerza de cosa juzgada , debe restituirse como si no hubiera existido ese acto o contrato.
Si se ejecutaron esas prestaciones deberán restituirse.
Si el negocio es nulo o inexistente no debe producir efectos jurídicos.

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INEFICACIA DE LAS CLAUSULAS ABUSIVAS DE LA CONTRATACIÓN

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Examen de abusividad de la clausula
El desequilibrio contractual se examina teniendo en cuenta el conjunto de derechos y obligaciones que surjan del contrato y las circunstancias en las que se suscribió.
Se realiza respecto de las clausulas pactadas en cualquier tipo de contrato bajo una relación de consumo.
El sistema colombiano no incorpora expresamente la buena fe como elemento en el examen de abusividad de la clausula.
Protección del consumidor frente a clausulas abusivas, Cap.II del nuevo estatuto, Titulo VII.
Esta situación puede llegar a negar la existencia mínima de contrato pues cuestiona el consentimiento real y libre de una de las partes.
Conflicto entre el interés de proteger al consumidor y reconocer principios de seguridad contractual.
Estatuto del consumidor ley 480 del 2011

Art. 42 Estatuto del Consumidor

Las clausulas abusivas son aquellas que producen un desequilibrio injustificado en perjuicio del consumidor y afecte el tiempo, modo y lugar en el que el consumidor pueda ejercer sus derechos.

Art. 43 Estatuto del Consumidor

Ineficaces en derecho las clausulas contenidas en el numeral 1 al 14

Pueden llegar a ser incompleto si existen pactos abusivos que no figuren en el listado.

Artículo 5 #3 Estatuto del Consumidor

Toda persona Natural o Jurídica, que utilice un determinado producto cualquiera que sea su naturaleza para satisfacer una necesidad propia, privada, familiar etc, cuando no se ligue a su actividad económica se entiende incluido en el concepto de consumidor.

Inserción de Personas Jurídicas como consumidores.

Artículo 2 Estatuto del Consumidor

Aplicables en general a las relaciones de consumo en cualquier sector economico.

Regulan los derechos y Obligaciones surgidas de productores, proveedores, y consumidores y la responsabilidad sustancial y procesal.

Establece reglas en materia de ineficacia en los pactos contractuales "Abusivos" en la contratación

iNTERPRETACIÓN DEL CONTRATOS

Reglas de interpretación
Principio contra profeterem

Art. 1624 C.C

Si no puede resolverse una cuestión según las reglas de interpretación, se interpretara a favor del deudor.

Las clausulas ambiguas dictadas por una de las partes, se interpretan contra ella - Favorabilidad hacia la parte débil del contrato.

Amparar a la parte "Débil" en la negociación contractual.

Creación de mecanismos que permitan corregir en parte el desequilibrio en el poder contractual.

Heterointegración del Contrato

El Art. 1621 en relación con el Art. 1620 del C.C, si una clausula puede producir un efecto debe preferirse a la que no produzca efecto alguno.

Art. 1621 C.C

Si no hay voluntad contraria se dará la mejor interpretación que cuadre con la naturaleza del contrato.

Usos y costumbres como fuente de interpretación jurídica clausulas de uso común se presumen aunque no se expresen.

Situarlo en el marco legal y suplir vacíos a partir de la normatividad que le es aplicable.

Autointegración del contrato

Art. 1622 C.C

Clausulas se interpretan unas por otras,dando el sentido que mejor convenga al contrato.

Esta regla pretende llenar los vacíos del contrato, mediante la fuerza expansiva de clausulas y contenido del contrato.

Resolver dificultades planteadas por la falta de voluntad

Prevalencia del espíritu del contrato

Consentimiento como esencia del contrato

Principio de prevalencia de la intención se aplica en materia contractual

Art. 27 C.C

Si el sentido de la ley es claro, no prevalece la intención.

Si existe un conflicto entre la voluntad y la intención, prevalece la intención de las partes.

Art. 1618 C.C

Por encima de las declaraciones y exteriorizaciones de voluntad.

Partes pueden obrar documentalmente, incluso se puede deducir de sus actitudes y comportamiento.
Entender lo que las partes han querido expresar

The main idea is what the book is mostly about.

Some tips to find out the main idea of a book easier:

Explicar de modo claro los efectos jurídicos que producen esas declaraciones de voluntad

EL CONTRATO SIMULADO

Type the names of the book characters. Start with the main character.

Draw arrows to represent the relationship between them and if it is possible write on them what they represent for each other (if they are relatives, friends, lovers, enemies etc.)

Para resolver la contradicción entre los dos negocios se le dará prevalencia al negocio real.
Tanto en eventos de simulación absoluta o relativa , debe darse prevalencia a la voluntad real de las partes sobre los actos aparentes.
CLASIFICACIÓN
Simulación Relativa

Puede recaer sobre todo el negocio o sobre todo el negocio o sobre una parte de el.

Ocultar un negocio que si existe Ej: Declarar una donación simulando una compraventa.

Simulación Absoluta

Intentan ocultar la existencia de un negocio cuando en realidad no hay nada.

ELEMENTOS
Declaración simulada de la voluntad contractual que no existen en la realidad.
Presencia de una intención de simular el acuerdo real.
Existencia de una intención real que se quiere ocultar.
Se le permite a las partes simulantes invocarla mutuamente, también a terceros que tengan algún interés e su declaratoria, también puede ser declarada por el juez de oficio.
La prueba a la que se acude para referirla es la siguiente:

Indicios y Presunciones que lleven a pensar la existencia de la simulación.

Esta acción no se extingue por prescripción

What are the characteristics that best describe the character? Type them here.

Se distingue del mutuo consentimiento ya que en el contrato simulado el acuerdo oculto y la declaración aparente coinciden temporalmente.
No puede producir efectos en derecho por falta de voluntad, objeto y causa.
Cuando existe una divergencia entre lo que las partes declaran externamente y lo que quieren y declaran entre ellas (Conocen la realidad pero la quieren ocultar en publico)

MODULACIÓN DE LOS EFECTOS CONTRACTUALES

What is the reason why the author wrote the book?

El cumplimiento de las obligaciones se debe realizar de manera inmediata, salvo que se pacte una obligación a plazo o condición
Obligación a Plazo

Clasificación de Plazo Código de Comercio

Plazo Fijado por meses y años (Art. 829)

Se vence el mismo día correspondiente al mes o año, si no se fijo la fecha expira el ultimo día del respectivo mes o año hasta las 6 de la tarde.

Plazos de gracia (Prorrogas)

Plazo fijado por horas (Art. 829)

Se cuenta desde el primer segundo de la hora siguiente y se extiende hasta el ultimo segundo de la ultima hora.

Clasificación de Plazo Código Civil

Plazo Final

Al igual que e el plazo inicial , se puede pactar de forma expresa o tacita (Art. 1551 C.C)

La obligación se ejecuta hasta que se cumpla el plazo.

Plazo inicial

Lo que se paga antes del plazo, no tiene derecho a restitución. (Art. 1552 C.C)

IURIS TANTUM

Plazo en beneficio de las partes (Art. 1554 C.C)

El acreedor no puede exigir antes la prestación.

Hasta que no ocurra no hay lugar a cumplir la obligación, a partir de cuando se hace exigible la obligación.

Hecho futuro y cierto

Certeza de la ocurrencia del evento y la seguridad en su realización.

Atender a la buena fe contractual

Obligación a Condición

Clasificación

MODO

Negativa

La cosa no acontece (Art. 1531 C.C)

Si consisten en no realizar hechos imposibles, inmorales o ilícitos, se consideran fallidas, se tomara como pura y simple. (Art. 1533 C.C)

Positiva

Realización de un hecho la situación que modifica la situación existente (Acontecer una cosa)

CAUSA

Mixtas

Depende de la voluntad de una de las partes y un elemento extraño o un tercero.

Casuales

Su realización depende de circunstancias ajenas a la voluntad de las partes.

Potestativas (Art. 1535 C.C)

El acontecimiento depende de la voluntad de las partes.

Puras

El cumplimiento debe ser exclusivamente por la voluntad de una de las partes.

Simples

El cumplimiento puede ser decidido por una sola de las partes solo en determinadas circustancias.

EFECTOS

Modificativas

Encaso de realizarse, alteran o modifican el contenido de la vinculación contractual que se acordó en un inicio.

Resolutoria

Desaparece efectos contractuales, una vez realizado el hecho que constituye la condición.

Suspensiva

Impedir que se produzca el efecto de la obligación hasta que se produzca el evento de la condición.

Para que sea valido se requiere lo siguiente:

Incertidumbre

Debe ser un hecho futuro e incierto para que se configure como condición.

Voluntariedad

Art. 1532 C.C

El pacto NO se puede realizar sobre hechos imposibles, inmorales, ilícitos o en términos ininteligibles.

De ser así se dará una sanción en la ley por ineficacia de la condición.

Art. 1541 C.C

Las condiciones deben cumplirse literalmente en la forma convenida.

Art. 1540 C.C

Necesidad de un pacto que NO este impuesto por la ley.

EFICACIA CONTRACTUAL

Who is the author of the book? Type in his/her name.

Principios
Relatividad del contrato

Art. 1506 C.C

Una persona puede vincular a otra en un contrato, aún en eventos que no lo represente.

Facultad de exigir la prestación acordada exclusivamente al tercero beneficiado

Facultad de revocar el contrato si el tercero acepta expresa o tácitamente.

Excepción a la regla

Contratos a favor de terceros

Los contratos son obligatorios para quienes lo han pactado.

Irrevocabilidad

Vinculatorio

Acuerdos a lo que se llega, no son susceptibles de revocarse, salvo pacto en contrario.

Art. 1602 C.C
Un contrato legalmente celebrado es ley para las partes (Lex contractus)
El contrato es eficaz cuando despliega sus efectos en derecho
Ejecución de la Obligación
Realización de la Obligación