La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) es una entidad judicial creada como parte del Acuerdo de Paz entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP. Su principal objetivo es administrar justicia transicional enfocándose en los delitos más graves y representativos del conflicto armado colombiano.
Desde hace varias semanas se debatían las implicaciones que tendría que el presidente vetara la norma estructural de la justicia transicional de esta manera. Finalmente, Duque aprovechó la noche del domingo para explicar –en un discurso corto y claro- su posición respecto a este espinoso asunto.
CUANDO SE CREO?
La JEP fue creada para satisfacer los derechos de las víctimas a la justicia, ofrecerles verdad y contribuir a su reparación, con el propósito de construir una paz estable y duradera.
QUE ES LA JEP?
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) es el componente de justicia del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición, creado por el Acuerdo de Paz entre el Gobierno Nacional y las Farc-EP. La JEP tiene la función de administrar justicia transicional y conocer de los delitos cometidos en el marco del conflicto armado que se hubieran cometido antes del 1 de diciembre de 2016.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) es el componente de justicia del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición, creado por el Acuerdo de Paz entre el Gobierno Nacional y las Farc-EP. La JEP tiene la función de administrar justicia transicional y conocer de los delitos cometidos en el marco del conflicto armado que se hubieran cometido antes del 1 de diciembre de 2016.
CUANTOS MAGISTRADOS TIENE LA JE?
julieta lemaitre
xiomara cesilia
oscar javier parra
belkis florentina
katalina diaz
los magistrados en total son 31 y aqui les mencionare 5 de ellos
PARA QUE SIRVE?
Ofrecer verdad a la sociedad colombiana. Contribuir a la reparación de las víctimas. Contribuir a luchar contra la impunidad. Adoptar decisiones que otorguen plena seguridad jurídica a quienes participaron de manera directa o indirecta en el conflicto armado, respecto a hechos cometidos en el contexto y en razón
CUAL ES SU ENFOQUE?
En particular, podrá conocer de los delitos que hubieren cometido excombatientes de las FARC-EP, miembros de la Fuerza Pública, otros agentes del Estado y terceros civiles. Sobre estos dos últimos, la Corte Constitucional aclaró que su participación en la JEP sería voluntaria.
El trabajo de la JEP se enfocará en los delitos más graves y representativos del conflicto armado, de acuerdo con los criterios de selección y priorización que sean definidos por la ley y los magistrados.
LA NORMA OBJETADA
La norma objetada: Se trata de un artículo que señala que no podrán realizarse una serie de actuaciones frente a personas cuyas conductas son competencia de la JEP:“Atendiendo a la competencia exclusiva de la JEP sobre las conductas cometidas con anterioridad al 1o de diciembre de 2016, conforme se establece en el artículo transitorio 5 del Acto Legislativo 01 de 2017, los órganos y servidores públicos que continúen las anteriores investigaciones solo podrán realizar actos de indagación e investigación según el procedimiento que se trate absteniéndose de proferir sentencias, imponer medidas de aseguramiento, ordenar capturas o cumplir las que previamente se hayan ordenado, que involucren a personas cuyas conductas son competencia de la JEP”.