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LEY ORGÁNICA DEL PLAN DE DESARROLLO Y LA LEY DE POLÍTICA FISCAL

La Ley 152 de 1994 y la Ley 617 de 2000 establecen directrices fundamentales para el desarrollo y la política fiscal en Colombia. La primera se centra en la estructuración del Plan Nacional de Desarrollo, el cual es liderado por el presidente y otras entidades como el CONPES y el Departamento Nacional de Planeación.

LEY ORGÁNICA DEL PLAN DE DESARROLLO Y LA LEY DE POLÍTICA FISCAL

LEY ORGÁNICA DEL PLAN DE DESARROLLO Y LA LEY DE POLÍTICA FISCAL

Ley 152/1994 mediante la cual se establece, el Congreso de Colombia decreta: Cap 1 Principios generales



POLÍTICA FISCAL LEY 617/2000

Cap 5. Monitoreo de la gestion departamental, municipal y distrital
Cap 4. Fiscos departamentales
Cap 3. Creación de municipios y clasificación de los fiscos municipales

Fisco: bienes pertenecientes al estado

Cap 2. Saneamiento fiscal de las entidades territoriales
Cap 1. Categorización de los departamentos
COMPOSICIÓN
Gastos de funcionamiento y límites de gastos: destinatarios de sufragar gastos corrientes de los gobiernos subnacionales, tales como: servicios personales, compra y venta de bienes y servicios, mesadas pensionales, transferencias de ley como el pago a los maestros y médicos financiando con recursos propios
Categorización de municipios en especial, primera, segunda, tercera, cuarta, quinta y sexta
Categorización de los departamentos en especial, primera, segunda, tercera, cuarta
Conformada por elementos tales como ingresos de libre destinación: son ingresos corrientes tributarios, no tributarios y transferencias
El objetivo de esta es lograr que los Gobiernos Centrales Territoriales impongan un límite en sus gastos de funcionamiento en relación con los ingresos corrientes de libre destinación
Subtema

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO CAPÍTULO 2. CONFORMACIÓN

El Plan Nacional de Desarrollo en el Art 4 expresa la conformación del Plan Nacional de Desarrollo el cuál estará direccionado por una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas

PLAN DE DESARROLLO DE LA LEY 152/1994 CAPITULO 1. PRINCIPIOS GENERALES

Se conforma por entidades como Plan Nacional de Desarrollo y Plan territorial de desarrollo


El Plan nacional de Desarrollo está dirigido por el presidente de la república, el CONPES, y el Departamento nacional de planeación, el congreso de la república, instancias nacionales de planeación, Consejo nacional de planeación.


El Plan Territorial de Desarrollo está dirigido por autoridades competentes tales como Gobernador o Alcalde, Consejo de gobierno municipal, La secretaria departamental administrativa o la oficina de planeación.


El procedimiento para el Plan Nacional de Desarrollo consiste en:

Se destaca por manejar unos principios de autonomía, coordinación, consistencia, prioridad del gasto público social, continuidad y participación ciudadana
Debe ser aplicada a entidades territoriales, a la nación y organismos públicos
Tiene como objetivo general establecer los procedimientos, realizar la evaluación y seguimiento a los planes de desarrollo