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によって laura celinda cepeda ayala 3年前.

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Lineamientos MEN "POBLACIÓN CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES "

La educación para personas con necesidades educativas especiales es considerada un componente esencial del servicio público educativo. Diversos decretos y leyes en Colombia, como la Ley General de Educación, aseguran que estas personas reciban atención adecuada en diferentes niveles educativos.

Lineamientos MEN

Lineamientos MEN "POBLACIÓN CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES "

Aplicación de los criterios del plan de acción

Seguimiento y evaluación
En materia de seguimiento, se definirán las secuencias de acompañamiento del MEN, la evaluación periódica de los procesos educativos para precisar objetivos y definir prioridades.

La identificación de los avances, logros y dificultades en los procesos y la definición de los planes y estrategias de mejoramiento, cuantitativo y cualitativo de la educación de las poblaciones que presentan necesidades educativas especiales.

Con el apoyo del MEN, construirán los procesos de acompaña-miento y evaluación al servicio educativo que se brinda a las poblaciones que presentan necesidades educativas especiales
Se espera que, con el proceso de seguimiento y evaluación, se formulen las alternativas de fortalecimiento y mejoramiento continuo a los procesos administrativos, pedagógicos y operativos de la educación que se oferta a las poblaciones con necesidades educativas especiales.
La responsabilidad de la aplicación de la política y de la prestación del servicio educativo recae en las entidades territoriales y en las instituciones educativas.
las entidades territoriales y las instituciones educativas tendrán en cuenta las orientaciones pedagógicas producidas por el MEN para la educación de estudiantes con capacidades o talentos excepcionales y para los que presentan discapacidad.
Para el caso de la población con discapacidad o limitación auditiva, la institución o centro educativo tendrá en cuenta en su propuesta educativa sus particularidades lingüísticas y comunicativas.
Participar en las comisiones o comités de formación, evaluación y promoción.
Asesorar a la comunidad educativa en la construcción, desarrollo y evaluación del PEI, en lo que respecta a la atención educativa de la población en mención.
Proponer y desarrollar proyectos de investigación en las líneas de calidad e innovación educativa y divulgar sus resultados y avances.
Promover la integración académica y social de los estudiantes con necesidades educativas especiales a la educación formal.

Acciones para la atención educativa a las poblaciones con necesidades educativas especiales

La educación para la población con necesidades educativas especiales reconoce que entre los seres humanos existe infinidad de diferencias derivadas de su género, raza, religión, cultura, posibilidades de aprendizaje.
Estas personas tienen derecho a acceder a una educación de calidad a lo largo de toda la vida, que promueva su desarrollo integral, su independencia y su participación, en condiciones de igualdad, en los ámbitos público y privado.

Para dar cumpliemnto encontramos una serie de acciones:

Establecer foros permanentes de discusión sobre los avances de estrategias y el cambio hacia la no discriminación.

Promover el acceso a subsidios, estímulos y recursos de financiamiento bajo las estrategias que establece el Estado.

Gestionar para que los estudiantes reciban las ayudas técnicas, pedagógicas y materiales de enseñanza y aprendizaje que les permitan el acceso y la participación en actividades curriculares.

Impulsar proyectos que promuevan principios de respeto a la diferencia y que la valoren como una posibilidad de aprendizaje social, velando al mismo tiempo por el cumplimiento de los principios de igualdad, no discriminación y buen trato

Asegurar que los estudiantes y sus familias tengan acceso a la información sobre la oferta educativa existente

MARCO JURÍDICO

Ley General de Educación establece que la educación para personas con limitaciones y con capacidades o talentos excepcionales es parte integrante del servicio público educativo.
Resolución 2565 del 2003 establece los parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo a las poblaciones con necesidades educativas especiales, otorgando la responsabilidad a las entidades territoriales.
Decreto 3020 del 2002 reglamentario de la Ley 715 del 2001, señala que para fijar la planta de personal de los establecimientos que atienden a estudiantes con necesidades educativas especiales, la entidad territorial debe atender los criterios y parámetros establecidos por el MEN.
Decreto 3012 de 1997,que reglamenta la organización y funcionamiento de las escuelas normales superiores, establece que éstas tendrán en cuenta experiencias, contenidos y prácticas pedagógicas relacionadas con la atención educativa de las poblaciones.
Decreto 3011 de 1997 que reglamenta la educación de adultos, establece en el artículo 9º que los programas de educación básica y media de adultos deberán tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto 2082 de 1996.
Decreto 2247 de 1997 indica que el ingreso al nivel de preescolar no está sujeto a ninguna prueba de admisión, examen psicológico o de conocimientos, o a consideraciones de raza, sexo, religión, condición física o mental y establece que los procesos curriculares se desarrollan mediante la ejecución de proyectos lúdico-pedagógicos y actividades que tengan en cuenta: la integración de las dimensiones del desarrollo humano.
Decreto 2082 de 1996 reglamentario de la Ley General de Educación, menciona que la atención de la población con discapacidad y con capacidades o talentos excepcionales es de carácter formal, no formal e informal y se debe ofrecer en instituciones educativas estatales y privadas de manera directa o mediante convenio.
la Constitución Política de 1991 señala que el Estado debe promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, adoptar medidas a favor de grupos discriminados o marginados y proteger especialmente a las personas que, por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta.
Declaración de los Derechos Humanos de 1949, involucra dos procesos estrechamente relacionados entre sí: el de reducir la exclusión de estudiantes que están escolarizados en las escuelas comunes y el de aumentar la participación de todos los estudiantes.
En abril del 2000, durante el Foro Mundial de la educación de Dakar, se señala la urgencia de brindar oportunidades educativas a aquellos estudiantes vulnerables a la marginación y la exclusión.
Junio de 1994 Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas Especiales: Acceso y Calidad se aprueba el principio de la educación integradora, mediante el documento denominado “Declaración de Salamanca”.
Conferencia Mundial de Jomtien de 1990 Unesco fija el objetivo de la "educación para todos".

Se identifican como poblaciones con necesidades educativas especiales a personas que presentan discapacidad o limitaciones y aquellas que poseen capacidades o talentos excepcionales.

El grupo reconocido con capacidades excepcionales se refiere a aquellos estudiantes que obtienen resultados muy altos, fuera de lo común, en pruebas desarrolladas para medir la capacidad intelectual y predecir el desempeño académico, así como en resultados muy altos en pruebas de conocimiento general.
Personas que poseen un potencial dirigido a un área de trabajo específico, en donde concentran toda su voluntad y capacidad.
Poseen altos grados de creatividad y dedicación en las tareas o actividades emprendidas.
La postura sobre necesidades educativas apunta a una concepción pedagógica más cualitativa donde la estructura de apoyos se ha convertido en el elemento fundamental del concepto dado que combina la interpretación y análisis de las características individuales, con las condiciones contextuales y la participación de los entornos para la oferta de servicios.
Cualquier persona, en condición o no de discapacidad, requiere de ayudas personales, materiales, organizativas, tecnológicas o curriculares a lo largo de su escolaridad, para acceder a los contenidos ofrecidos por la institución o centro educativo.

Las necesidades educativas especiales pueden derivarse de factores relacionados con las dimensiones del desarrollo humano, tales como: factores cognitivos, físicos, sensoriales, de la comunicación, emocionales y psicosociales.

Las necesidades educativas y la inclusión del concepto de personas con necesidades educativas especiales, en el sistema educativo, se plantea en la actualidad como una alternativa efectiva tanto para la comprensión del desempeño en el aprendizaje.
Necesidades educativas especiales hace referencia a aquellos estudiantes que presentan dificultades mayores que el resto para acceder a los aprendizajes: *Medios de acceso al currículo *Adaptaciones curriculares. *Servicios de apoyo especiales *Adecuaciones en el contexto educativo o en la organización del aula.