El proceso legislativo abarca varias etapas cruciales que permiten la creación de leyes en un sistema democrático. Inicialmente, una iniciativa puede ser presentada por el Poder Ejecutivo, específicamente el Presidente de la República Mexicana, o por el Poder Legislativo, conformado por el Congreso de la Unión.
Existen dos sistemas para que la ley inicie su vigencia
El sistema sincrónico establece que la ley entrara en vigor, en todas partes, el día preciso que la propia ley fije, siempre y cuando su publicación haya sido anterior
El sucesivo ordena que la ley entrara en vigor, para los lugares donde se publica el diario oficial, tres días después de su promulgación
A este lapso se le conoce como (Vocatio Legis)
Entre la publicación y la entrada en vigor de toda ley debe mediar un espacio de tiempo, a efecto de que esta será efectivamente conocida por sus destinatarios
Es la determinación del momento específico en que una ley comenzara a surtir sus efectos
Transitorios, CUANDO ENTRA EN VIGENCIA COMO, AUIEN ESTA DIRIGIDO
º Contenido, ARTICULOS
º Proemio, TIPO DE LEY
5 Publicación
Esta implica la exigencia de su acatamiento y observancia por parte de los particulares y la autoridad.
Medio idóneo de la federación
medio por el cual las leyes aprobadas por el Poder Legislativo y sancionadas por el Poder Ejecutivo son dadas a conocer, a la población en general
Diario Oficial de la Federación Periódico Oficial
El Poder Ejecutivo aprueba con su firma y autoridad que se han cumplido las formalidades anteriores, y ordena su publicación
4 Sanción
Esta facultad que posee el Poder Ejecutivo se le llama derecho de veto.
Si las Cámaras insisten el Ejecutivo deberá ordenar su publicación
El Poder Ejecutivo solo podrá rechazar un proyecto de ley en una ocasión
Tiene los siguientes 10 dias habiles para su aprovacion o rechazarla
Acepta o desecha un proyecto de Ley
Inoportuno
Invacion, campo de accion
Lesion
Derecho de VETO
3 Aprobación
2 Camara revisora si esta de acuerdo envia al Poder Ejecutivo