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によって dulce spinello 4年前.

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REGIMEN DISCIPLINARIO

El texto aborda las normas y procedimientos relacionados con el régimen disciplinario en una organización profesional. Se destaca la importancia de la fiscalización y el juzgamiento de conductas que infringen los valores y deberes establecidos por la ley.

REGIMEN DISCIPLINARIO

REGIMEN DISCIPLINARIO

LINEAMIENTO GENERALES DEL TRAMITE

INCIDENTES
EN LA AUDIENCIA

POR EL SECRETARIO O INSTRUCTOR

RESUELTOS POR AUTOS EN 10 D
RECURSOS POR EL CPCCT
ACLARATORIA PARA AUTOS Y SENTENCIAS
REPOSICION Y ACLARATORIA PARA LAS RESOLUCIONES INTERLOCUTORIAS
ACTOS
DECRETOS DE MERO TRAMITE POR EL SECRETARIO
AUTOS FUNDADOS Y POR MAYORIA
DECRETOS POR EL INSTRUCTOR SUMARIANTE
NOTIFICACIONES POR CEDULA
DISPONER DE UNA SUSPENSION PREVENTIVA DEL IMPUTADO
RESOLUCION APELABLE FRENTE A LA FEDERACION
CUENTA PARA LA PENALIDAD
CAUSAS

JUZGAMIENTO EN SEDE PENAL POR DELITO DOLOSO O ESTE CAPTURADO

CONDUCTA DE EXTREMA GRAVEDAD

NO COMPAREZCA PERSONALMENTE

MAXIMO: 3 AÑOS
IMPULSA DE OFICIO POR EL INSTRUCTOR SUMARIANTE
NO ADMITE CADUCIDAD DE INSTACIA
EXCUSACION Y RECUSACION
NO HAY SIN EXPRESION DE CAUSA
POR LAS CAUSALES Y TRAMITE DEL CPP
ESCRITO

SANCIONES

INHABILITACION
SIN PERJUICIO DE LAS SANCIONES, HASTA 5 AÑOS PARA CARGOS ELECTIVOS.
GRADUACION
ANTECEDENTES DEL IMPUTADO
DAÑO CAUSADO A LOS VALORES TUTELADOS
CIRCUNTANCIAS DEL HECHO
TIPOS
EXCLUSION

COMO MAXIMO 3 AÑOS

REHABILITACION

NO ES AUTOMATICA, A PEDIDO DEL INTERESADO

TRAMITE MATRICULACION

COMO MAXIMO POR 2 AÑOS

MULTA

HASTA 20 VECES DEL APORTE MINIMO

RETO

ADVERTENCIA EN PRESENCIA DEL DIRECTORIO

APERCIMIENTO

SENTENCIA + ANOTACION EN EL LEGAJO

ORGANOS

3°INSTANCIA Y ULTIMA: SCJ
2°INSTANCIA: FEDERACION DE COLEGIO DE ABOGADOS
1° INSTANCIA: TRIBUNAL DEL ETICA

PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES DISCIPLINARIAS

DE OFICIO O A PEDIDO DE PARTE
SI DEPENDE DE SENTENCIA PENAL, SE COMPUTA DESDE LA SENTENCIA PENAL FIRME
SUSPENSION
DENUNCIA IMPUESTA FRENTE A ORGANO INCOMPETENTE O CON DEFECTOS FORMALES

POR 90 DIAS

INTERRUPCION
DENUNCIA
PLAZOS
2 AÑOS SI PRODUCE LA EXCLUSION
1 AÑOS DESDE LA PRODUCCION DEL HECHO

PROCEDIMIENTO

ULTIMA INSTANCIA FRENTE A LA SCJ
TRAMITE DE LA APELACION ABREVIADA
APELACION FRENTE LA FEDERACION
10 DIAS PARA DICTAR SENTENCIA

REMITE EN 5 D AL TRIBUNAL DE ORIGEN

NOTIFICADA EN 3 D

AL DOMICILIO LEGAL DEL IMPUTADO

VOTOS

PROYECTO DE FALLO EN 15 D POR EL PREOPINANTE

A DISPOSICION DEL RESTO EN 10 DIAS HABILES

SORTEO DE PREOPINANTE

5 DIAS A CADA UNO DEL RESTO

20 DIAS PARA EMITIR SU VOTO

PRODUCCION DE PRUEBAS

MAX: 20 DIAS HABILES

NOTIFICA AL IMPUTADO PARA QUE EXPRESE AGRAVIOS

PRESENTE PRUEBAS

ADMITIDAS EN 10 DIAS

EN LOS 1° 3 DIAS PUEDE RECUSAR

RECIBE POR LA SECRETARIA

INFORME A LA SCJ PARA VER ANTECEDENTES DISCIPINARIOS. CONTESTADO EN 5 DIAS

AGREGADO AL EXPEDIENTE

PLAZO 5 DIAS
TRIBUNAL DE ETICA
SENTENCIA

CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DE LA LEY 4976 Y DEL CPCCT

ABSOLVER O CONDENAR

VOTO INDIVIDUAL O ADHERIDO AL PREOPINANTE

VALORACION DE LA PRUEBA: SANA CRITICA RACIONAL

POR MAYORIA DE SUS MIEMBROS

SALVO EXPULSION: 2/3

FUNDADA EN LA LEY DE EJERCICIO O EL CODIGO DE ETICA

SUBSIDIARIAMENTE EN LOS PPIOS GENERALES

CONDENA ES DE SUSPENSION O EXCLUSION

PUBLICAR EN LOS MEDIOS COMUNES DE COMUNICACION

PLAZO 30 DIAS

ALEGATOS

POR ESCRITO EN EL TERMINO DE 10 DIAS DE VENCIDO EL TERMINO PROBATORIO

PRODUCCION DE PRUEBA

INSTRUCTOR SUMARIANTE DICTA EL DECRETO DE CONCLUIDO EL PERIODO PROBATORIO

CONCLUYE SU LABOR

CARGA DE LA PRUEBA: IMPUTADO

VENCE EL PLAZO

CADUCA AUTOMATICAMENTE

AUDICIENCIAS

DECLARACION DEL IMPUTADO

NORMAS DEL CPP

PERITOS

SORTEO DE LISTA SCJ

TESTIGOS

NO MAS DE 5 POR IMPUTADO

SALVO QUE LO EXTIENDA EL I.S

EN PRESENCIA DEL SECRETARIO O CUALQUIER MIEMBRO

LABRA ACTA

ACEPTA O LA RECHAZA EL INSTRUCTOR SUMARIANTE

AMPLIAS FACULTADES DE INVESTIGACION

APLICA EL CPCCT, Y SUPLETORIAMENTE EL CPP

VISTA AL IMPUTADO POR 10 DIAS

OFREZCA PRUEBA

DEFENSA

CONSTITUYA DOMICILIO

COMPAREZCA

NO COMPARECE

DECLARADO REBELDE

NOTIFICA Y EL PROCESO CONTINUA

DESIGNA AL INSTRUCTOR SUMARIANTE

NOTIFICA DICHA DESIGNACION

EL DIRECTORIO INTENTA UNA AUDIENCIA DE CONCILIACION
REMITE AL TRIBUNAL DE ETICA
INICIA FRENTE AL DIRECTORIO
RESUELVE SI FORMA O NO CAUSA DISCIPLINARIA
EXIGE EXPLICACIONES AL DENUNCIADO
POR MESA DE ENTRADA

RECHAZARLA IN LIMINE

IMPROCEDENTE EVIDENTEMENTE

DE OFICIO POR EL DIRECTORIO
COMPULSA DE UN JUEZ O ADM
DENUNCIA DE COLEGA, CLIENTE O DE UN 3°

PUEDE RENUNCIARLE O DESESTIMARLA EN CUALQUIER INSTANCIA, POR SOLUCION PRIVADA

DENUNCIANTE NO ES PARTE DEL PROCESO

TIENE AMPLIAS FACULTADES DE PRUEBA

CONDUCTAS SANCIONABLES

EN PARTICULAR
13. INTERPONER ANTE LOS JUECES SU INFLUENCIA PERSONAL O LA DE UN 3° EN BENEFICIO DE LA CAUSA O PROPIO
12. NO ABONAR POR MAS DE 4 MESES CONSECUTIVOS EL APORTE DE LA CAJA FORENSE
11. NO CONCURRIR, INJUSTIFICADAMENTE, A 3 SESIONES CONSECUTIVAS O 5 ALTERNADAS SI ES MIEMBRO DEL T.E O DIRECTORIO
10. DESOBEDECER LAS RESOLUCIONES O CITACIONES DEL COLEGIO O FEDERACION
9. OMITIR, SIN CAUSA JUSTIFICADA TAREAS ENCOMENDADAS POR EL COLEGIO O FEDERACION
8.BUSCAR MALICIOSAMENTE UNA DERIVACION DE ORDEN PENAL EN LA CAUSA QUE INTERVIENE
7. FORMULAR JUICIOS O EXPRESIONES VIOLENTAS U OFENSIVAS A LA DIGNIDAD DE MAGISTRADOS O COLEGAS
6. ABANDONO INJUSTIFICADO DEL EJERCICIO CON PERJUICIO A TERCEROS
5. FALTA COLABORACION, INCOMPARECENCIA, O FALSEDAD CON EL TRIBUNAL DE ETICA
4.VIOLACION A LAS NORMAS DE ETICA
3. INEPTITUD OSTENSIBLE

MANISFESTADA EN HECHOS REITERADOS

PROBADA POR PRUEBA DOCUMENTAL Y TESTIMONIAL

2. INFRACCION ENCUBIERTA O MANIFIESTA DE LAS LEYES ARANCELARIAS O DE PREVISION SOCIAL
1. PERDIDO LA CIUDADANIA

IMPORTE INDIGNIDAD

EN GENERAL
VIOLACION A LOS DEBERES DE ETICA

impuestas por la naturaleza de la profesion, uso forense, respeto a los colegas, normal convivencia profesional, buen nombre de las asoc.

VIOLACION A PROHIBICIONES. INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES, DEBERES DE LA LEY 4976

EXTENSION

juzgamiento de las conductas que violen los valores
Fiscalizacion del correcto ejercicio de la profesion