El Servicio de Administración Tributaria (SAT) se enfoca en seguir los lineamientos del Grupo Anticorrupción del G20 y realiza análisis de documentos tanto nacionales como internacionales.
análisis de diversos documentos de carácter nacional e internacional en temas de su competencia
Actores
AGE
Procuraduría General de la República
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de la Función Pública
Administración General de Evaluación
Procesos
Dar seguimiento al mecanismo del Grupo Anticorrupción del G20
Normas y reglas
No utilizar fondos públicos para promover la imagen política o social de una persona, la de su superior jerárquico o la de un tercero.
No ocultar el origen, la propiedad o el destino de los recursos materiales y financieros obtenidos de manera ilegal o deshonesta para hacerlos parecer como legales.
No aprovecharse de un error voluntario o involuntario para obtener un lucro indebido.
Poder justificar un incremento en su patrimonio encima de lo que puede acreditar legalmente.
No aprovechar el poder de/ encargo para intimidar o traficar influencias para obtener favores indebidamente.
No abusar de su cargo, función o comisión para otorgar concesiones o utilizar recursos públicos en ventaja, para sí o para personas referidas en el inciso a) del presente apartado.
No utilizar información privilegiada para incrementar su patrimonio.
No obstaculizar la rendición de cuentas, retrasando, ocultando o proporcionando información falsa a los requerimientos o resoluciones de las autoridades.
No desviar recursos públicos para un destino distinto al que están previstos de acuerdo a la ley o norma.
No tomar recursos del erario público para beneficio personal.
No celebrar contratos, convenios o arreglos cuyo objeto o efecto sea obtener beneficios o ventajas indebidas, para sí o para las personas referidas anteriormente.
No solicitar o recibir ilícitamente cualquier beneficio, para hacer o dejar de hacer un acto propio de su función.
No solicitar, recibir o aceptar dinero, obsequios, regalos o favores para obtener un beneficio personal, así como para su cónyuge, parientes consanguíneos, civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios.