Sistema libre, de libertad absoluta o de prueba libre: es aquel que admite todo tipo de prueba “cualquier medio probatorio”. Permite a las partes presentar libremente los medios de prueba para probar los hechos controvertidos, es decir, las partes pueden valerse de cualquier medio que consideren conducente para la demostración de su pretensión.
Ventaja: Permite a la parte valerse de cualquier medio probatorio para cercarse más a la verdad.
Desventajas: Dificultad para utilizar los medios técnicos científicos.
Art. 49 #1 CRBV. “El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y administrativas
Sistemas Probatorios
Son medios probatorios según el Código Civil:
Art. 403 – 505 C.P.C.
Según el C.P.C. son medios de prueba:
Prueba de informas
Reproducciones, copias, experimentos ---- utilización de medios científicos.
Testigos.
Inspección judicial.
Experticia.
La prueba por escrito: - Documento público. – Documento privado. – Copias.
Juramento decisorio: es cuando se le pide al juez que lo que diga el demandado bajo juramento es la verdad. Esta termina el juicio. Dicha prueba esta en desuso.
Confesión - Posiciones juradas.
Las tarjas: se asemeja a partir un palo y que cada parte se corresponda a la otra.
c. Testigos. f. Juramento.
d. Presunciones. g. Experticia.
e. La confesión. h. Inspección judicial.
La prueba por escrito: - Documento público. – Documento Privado.
Sistemas probatorios en cuanto a la fijación de los medios de pruebas