door Fabricio Puchaicela 3 jaren geleden
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Título profesional mínimo de nivel técnico superior expedido por una institución de educación superior debidamente acreditada y evaluada de acuerdo con la LOES
Acreditar mínimo el nivel B1 de conocimiento de al menos un idioma extranjero de acuerdo al Marco Común Europeo para las lenguas, y a lo establecido por este reglamento y demás disposiciones que emita la Autoridad Nacional del Turismo
Certificado vigente de aprobación del curso de primeros auxilios.
Podrá obtener las siguientes especializaciones, una vez aprobado el curso de capacitación correspondiente conforme lo establecido en el reglamento
Especialización en patrimonio turístico: está capacitado para interpretar el patrimonio turístico nacional de carácter natural y cultura.
Especialización en aventura: Está capacitado para desarrollar las siguientes modalidades: senderismo, cicloturismo, espeleología, entre otros.
El guía nacional está delimitado a un espacio geográfico más amplio y por ende, tiene un mayor conocimiento y responsabilidad respecto a sus funciones.
Podrá desarrollar actividades como servicio de asistencias para el traslado, conducción a visitantes o grupos de ruta, excursiones, servicios de tours guiados en ciudades, también pueden guiar en ciertas áreas de uso publico que pertenezcan al PANE.
Estos guías tienen una mayor responsabilidad por su gran espacio geográfico, además que, a diferencia del guía local, el guía nacional esta en la capacidad de guiar en zonas de uso público de áreas protegidas.
En este artículo menciona al guía como una persona natural. En Ecuador existen dos tipos de personas para cuestiones de legislación: naturales y jurídica, por lo que el guía al ser considerado una persona natural no está obligado a ser una empresa.
Requisitos
Como toda actividad actividad económica, requiere de ciertos requisitos mínimos para poder ejercer.
-Título oficial de bachiller. -Cursos de capacitación específicos para guía local, aprobados y avalados por la Autoridad Nacional de Turismo y con la autoridad que corresponda. -Certificar mediante una declaración juramentada que es residente por al menos tres años en la localidad donde ejercerá la actividad. -En el caso de ser miembro de comunidades, comunas, pueblos o nacionalidades ancestrales, que habitan en las áreas protegidas y sus zonas de amortiguamiento pertenecientes al PANE, deberá presentar una declaración juramentada ante notario público, respecto del lugar específico donde requiere desarrollar su servicio, el sitio de su residencia permanente y la especificación del colectivo u organización al que pertenece, acompañando la documentación con el soporte que corresponda.
Competencias
Los guías locales podrán realizar las siguientes modalidades de aventura: senderismo, cicloturismo y las que determine la Autoridad Nacional del Turismo. En caso de que un guía local desee acceder a la especialización en aventura en las siguientes: buceo, alta montaña, rafting, kayak.