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door Ruben Giraldez 7 jaren geleden

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Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar

Las Enmiendas de Manila de 2010 del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar fueron diseñadas para actualizar y mejorar las regulaciones vigentes desde 1995, abordando nuevas tecnologías y eliminando disposiciones obsoletas.

Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar

El Convenio enumera tres casos concretos en los que se han de aplicar sanciones: 1. A una compañía o capitán: si se demuestra que han contratado a una persona que no esté titulada conforme a los requisitos del Convenio. 2. A un capitán: si se demuestra que ha permitido que una persona que no esté debidamente cualificada (que no esté en posesión de un título en vigor, dispensa o prueba documental) desempeñe una función o servicio en cualquier cargo para el que se exija una titulación apropiada. 3. A toda persona: si se demuestra que ha prestado servicio a bordo estando en posesión de un título fraudulento o falsificado.

1 de enero de 2017 Finaliza el periodo de implantación. A partir de febrero de 2017 en adelante toda la gente de mar en servicio activo debe cumplir los requisitos del Convenio STCW de 2010 en su forma enmendada y estar en posesión de un título STCW en vigor que cubra las funciones desempeñadas a bordo

1 de enero de 2014 A partir del 1 de enero de 2014, la gente de mar deberá recibir formación en aspectos de protección en conformidad con las nuevas disposiciones.

1 de enero de 2012 A partir del 1 de enero de 2012 en adelante, deberán cumplirse los requisitos correspondientes a las nuevas horas mínimas de descanso y el registro de las horas de trabajo

Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar

Sanciones

son aplicables a la gente de mar de todos los rangos que preste servicio a bordo de buques mercantes de navegación marítima registrados bajo el pabellón de un país que sea parte del Convenio. El término “buques de navegación marítima” incluye todos los buques comerciales que realicen viajes nacionales o internacionales

Plazos a cumplir

El objetivo de las Enmiendas de Manila de 2010 fue incluir todos los cambios acordados desde 1995, abordar nuevas tecnologías, irregularidades, interpretaciones y disposiciones anticuadas.

establece normas mínimas sobre formación, titulación y guardia para la gente de mar que los países están obligados a cumplir o superar.

MPT STCW

no se aplica a la gente de mar que preste servicio en buques de guerra, unidades auxiliares navales y otros buques bajo propiedad o explotación gubernamental que no estén no dedicados a servicios comerciales, en buques de pesca (hay un Convenio separado que cubre al personal a bordo de los buques de pesca), embarcaciones de recreo no dedicadas al comercio y buques de madera de construcción primitiva.

La estructura del Convenio El Convenio STCW es un libro que consta de tres secciones. 1. Los artículos: exponen las responsabilidades legales que deben cumplir las partes. 2. El anexo: contiene los detalles técnicos sobre cómo se deben cumplir las responsabilidades legales a las que se hace referencia en los artículos. 3. El código STCW: especifica con mayor detalle los detalles técnicos contenidos en el anexo. Contiene la Parte A y la Parte B. Parte A: Normas obligatorias de formación, titulación y guardia. Parte B: Pautas recomendadas (no obligatorias) sobre formación, titulación y guardia. Se recomienda leer el reglamento contenido en el anexo junto con la Sección pertinente del Código STCW (Parte A). Se aconseja a la gente de mar familiarizarse con el Convenio. Al fin y al cabo, las normas de competencia que deben cumplir se especifican en el mismo. Una copia del Convenio STCW se guarda normalmente a bordo de cada buque mercante de navegación marítima.

fue aprobado por la Organización Marítima Internacional (OMI) en 1978 y entró en vigor en 1984

fue el primero en establecer prescripciones básicas relativas a la formación, titulación y guardia para la gente de mar a nivel internacional.