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door Ana Maria Cañon 3 jaren geleden

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Impuesto sobre la renta y complementario

El texto se centra en temas fiscales y contables, destacando conceptos clave como el patrimonio bruto y líquido, los ingresos ordinarios y extraordinarios, y la renta presuntiva. Se explica cómo se calcula el patrimonio de un contribuyente, restando sus deudas del total de sus bienes y derechos.

Impuesto sobre la renta y complementario

Sujeto

Sujeto pasivo

Pasivo: Son las pesonas físicas y morales que están obligadas al pago de los impuestos, residentes en Colombia o del extranjero que tengan residencia en el país.

Sujeto Activo

Activo: Es el Estado. En su ejercicio de potestad tributaria, establece las contribuciones para sufragar el gasto público

Declarantes

Se denomina declarante a la persona que adelanta procedimientos y trámites aduaneros a nombre propio o por encargo de terceros. ... 000, quienes actuarán de manera personal y directa a través de su representante legal o apoderado.

Son todas las personas jurídicas nacionales o extranjeras, y las personas naturales residentes o no residentes, colombianos o extranjeros.

Elementos

Contribuyentes

Anticipo de impuesto

Representa el monto de IVA por las compras que será deducible en la generación de los Impuestos mensuales, la cuenta no tiene saldo ya que se salda contra la cuenta de IVA Causado para obtener el importe por pagar de IVA.

Impuesto neto

Impuestos sobre la producción e importaciones menos subvenciones. Capital: Excedente Bruto de Explotación, corresponde al pago al capital (ganancias de empresas).

Renta exenta

se refieren a los ingresos que se encuentran libres de impuestos sobre la renta, es un beneficio otorgado por la ley, quien grava dichos impuestos con una tarifa en base a cero.

Renta presuntiva

es aquella renta que la ley asume que debe producir un determinado patrimonio. Todo patrimonio, que es un conjunto de bienes y derechos, se supone que debe ser productivo, así que la ley asume que ese patrimonio durante un año gravable debe generar un mínimo de renta, que hoy en día es del 3.5%

Renta liquida

Aquella que se determina deduciendo de la renta bruta todos los gastos necesarios para producirla. Renta líquida imponible: Es la renta líquida a la que se le efectúan agregados o disminuciones ordenados por la ley, cuyo resultado es la base para la aplicación de los impuestos correspondientes.

Renta liquida, presuntiva y exenta

Para los contribuyentes no obligados a llevar contabilidad se entienden realizados las deducciones legalmente aceptables cuando se paguen efectivamente en dinero o en especie o cuando su exigibilidad termine por cualquier otro modo que equivalga legalmente a un pago.

Deducciones

En términos de negocios y contabilidad, el coste es el valor monetario que una empresa ha invertido para producir un producto o servicio.

Valor fiscal de los ingresos

Ingresos

Costos

Los ingresos extraordinarios son todas aquellas entradas de dinero que percibe una empresa o persona que se producen por acontecimientos especiales y de forma ocasional durante un periodo de tiempo.

Los ingresos ordinarios son aquellos que se obtienen de forma habitual y consuetudinaria; por ejemplo, el salario de un trabajador que se ocupa en un trabajo estable o las ventas de una empresa a un cliente que compra periódicamente o de forma habitual.

Ingresos ordinarios y extraordinarios

Ingresos Ordinarios

Ingresos Extraordinarios

Se determina restando el patrimonio bruto poseído por el contribuyente en el último día del año o período gravable el monto de las deudas a cargo del mismo.

Está constituido por el total de los bienes y derechos de dinero del contribuyente en el último día del año gravable

Patrimonio bruto y liquido

Patrimonio bruto

Patrimonio liquido

Impuesto sobre la renta y complementario

Que es

El impuesto sobre la renta y complementarios es un solo gravamen integrado por los impuestos de renta y los complementarios de ganancias ocasionales y de remesas. El impuesto sobre la renta grava todos los ingresos que obtenga un contribuyente en el año, que sean susceptibles de producir incremento neto del patrimonio en el momento de su percepción, siempre que no hayan sido expresamente exceptuados, y considerando los costos y gastos en que se incurre para producirlos.