door Daniela Del portillo 4 jaren geleden
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Unión de cuerpos sólidos pertenecientes a distintos dueños, que sin llegar a constituir un objeto nuevo, no podían distinguirse uno de otro
Unión de dos o más líquidos o metales en fusión, pertenecientes a distintos dueños, de tal manera que no pudieran separarse
Excepciones: Usufructo y el poseedor de buena fe.
Con materia ajena se confeccionaba un objeto nuevo, sin mutuo acuerdo de voluntades.
Unión de una cosa con otra, formando un todo inseparable.
Acto por el cual una persona entrega una cosa a otra, o ponerla bajo su dominio.
Llevar al poder de una persona las cosas que no pertenecen a nadie.
Se aplica A. Legados B. Adquisición a favor del fisco o tesoro público
Entrega de la propiedad que hace, por medio de una decisión del JUEZ.
Adquirir la propiedad por el transcurrir del tiempo, Por la posesión y las condiciones fijadas por la ley.
Se realizaba ante el magistrado. Esta desaparece en el reinado de Justiniano.
Es una venta ficticia que desaparece durante el bajo imperio.