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door Manuela Pinzon Vega 3 jaren geleden

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Organigrama

Un conjunto de disposiciones regula los niveles de ruido ambiental en distintos sectores y horarios. Se establecen parámetros específicos para medir el ruido residual y el nivel de presión sonora, diferenciando entre horarios diurnos y nocturnos.

Organigrama

RESOLUCION 627 DE 2006

Dispocisiones varias

Referencias a otras normatividades
artículo 2 del Decreto 948 de 1995

Vigilancia y control de la norma

sanciones
artículo 85 de la ley 99 de 1993
Las CARS ejercen la funcion de evaluadores realizan el control y seguimiento ambiental.

EQUIPOS DE MEDIDA

Planes de descontaminación por ruido
artículo 66 de la Ley 99 de 1993, y el artículo 13 de la Ley 768 de 2002
Obligatoriedad de la realización de mapas de ruido
para aquellas áreas que sean consideradas como prioritarias

Los estudios y mapas de ruido de los municipios mayores de cien mil (100.000) habitantes se deben revisar y actualizar periódicamente cada cuatro (4) años

Calibraciones
Los certificados de calibración electrónica de cada equipo deben estar vigentes de acuerdo con las especificaciones del fabricante
Cada equipo de medida debe estar dotado de
un pistófono o calibrador, una pantalla antiviento y un trípode para su montaje
los instrumentos deben cumplir las especificaciones de sonómetros
Tipo 1 o mínimo Tipo 2 y los sonómetros integradores promediadores deben ser clase P

RUIDO AMBIENTAL

INTERVALOS DE TIEMPO
Estándares máximos permisibles

sector D.

Residencial suburbana, Rural habitada destinada a explotación agropecuaria,Zonas de Recreación y descanso

sector C.

Zonas con usos permitidos industriales, comerciales, oficinas,institucionales y parques mecanicos

70

80

sector B.

Universidades, colegios, escuelas, centros de estudio e investigación

50

65

Sector A.

Hospitales, bibliotecas, guarderías, sanatorios, hogares geriátricos.

noche

45

dia

55

Intervalo de largo plazo de Tiempo de medida

1 año calendario

niveles de presión sonora continuo

se establece tiempo de referencia -T

catorce (14) horas para el horario diurno y diez (10) horas para el horario nocturno

APLICABILIDAD
Los resultados obtenidos en las mediciones de ruido ambiental

se utilizan para realizar el diagnóstico del ambiente

Los resultados se llevan a mapas de ruido y permiten visualizar la realidad

ruido ambiental, identificar zonas críticas y posibles contaminadores por emisión de ruido

objetivos

Permitir la evaluación ambiental de cada municipio en lo referente a contaminación por ruido

Permitir el pronóstico global con respecto a las tendencias de los niveles de ruido

Posibilitar la adopción de planes de acción en materia de contaminación por ruido

Establecer las condiciones en las cuales se encuentran los niveles de ruido a nivel nacional

EMISIÓN DEL RUIDO

RUIDO DE AEROPUERTOS
Los aeropuertos son considerados como sectores industriales y el ruido debe ser evaluado
RUIDOS AERONAVES
se tendrá en cuenta lo consagrado en la Resolución 2130 de 2004 de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil
En los sectores en que los estándares máximos permisibles de emisión de ruido son superados a causa de fuentes de emisión naturales, sin que exista intervención del hombre
considerados como los estándares máximos permisibles

cascadas, sonidos de animales en zonas o parques naturales

LAS VIAS
Las vías son objeto de medición de ruido ambiental, mas no de emisión de ruido por fuentes móviles.

DISPOSICIONES GENERALES

PARAMETROS
Nivel percentil
Ruido Residual
Nivel de presión sonora
HORARIOS
Nocturno

9pm- 7am

Diurno

7am- 9pm