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door Emerson Quinayas 3 jaren geleden

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Principios y fundamentos del derecho procesal penal

El derecho procesal penal establece las normas y principios que regulan la persecución de los delitos y la acción penal, que es una función soberana del Estado. Este proceso se divide en varias etapas, comenzando con la indagación preliminar, que inicia con la noticia criminal y finaliza con la imputación o archivo del caso.

Principios y fundamentos del derecho procesal penal

Principios y fundamentos del derecho procesal penal

Una infracción a una ley penal, Un conflicto respecto de un derecho

Acción: Es una obligación del estado En virtud de su poder soberano, perseguir el delito y al delincuente. Es personalísima Pertenece al derecho público
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO PENAL

Presentación de la acusación Art. 336 CPP

Contenido del escrito

Relación de bienes susceptibles de comiso

Datos del defensor

Hechos jurídicamente relevantes

Individualización concreta de los acusados

Se puede retirar el escrito de acusación

Cualquier adición, modificación se hace en audiencia de formulación de acusación

Objeto: Definir hechos mas relevantes que conducen a unos cargos penales

Da inicio a una etapa de debate, que concluye con audiencia de juicio pùblico, oral, con inmediaciòn de pruebas, contradictorio, concentrado y con todas las garantías

Definir competencia del juez, conforme a dichos cargos

Entrabar la relaciòn juridico procesal

Después de formulada la imputación

Tiene 30 días el fiscal para presentar el escrito ante juez de conocimiento para:

Presentar escrito de acusaciòn

Aplicar principio de oportunidad

Para solicitar preclusiòn

Formulación de imputación ART. 286 CPP

Indagación preliminar ART. 200 CPP

POLICIA JUDICIAL Función de recibir denuncias o querellas Practicar allanamientos y registros

ACTOS QUE NO REQUIEREN LA ORDEN DEL FISCAL

Inspección del lugar del hecho Art. 213 CPP

Inmediatamente al conocimiento de los hechos que puedan constituir delito

ACTOS QUE NO REQUIEREN ORDEN DEL FISCAL

Procedencia de los registros y allanamiento Art. 219 CPP

Art. 237 Audiencia de control de legalidad posterior

JCG dentro de las 24 horas siguientes al recibimiento del informe de policía judicial

JCG Encargado de velar por las garantías fundamentales, por los hechos fundamentales Dignidad humana Derecho a la intimidad

Si reune requisitos escenciales, el juez imparte legalidad a la orden expedida por fiscal

Elementos materiales probatorios incautados

Procedimiento

Aspecto material:

Que se incautó, si está sometido a cadena de custodia

Respeto de garantías

Práctica de la diligencia

De tipo formal, es de caracter reservado

Art. 228 Devolución de la orden y cadena de custodia

Art. 224 CPP Plazo para diligenciamiento Orden de registro y allanamiento

Art. 225 CPP

Fundamentos para la orden de registro y allanamiento Art. 220 CPP

Cuando existan motivos razonadamente fundados

Respaldo probatorio Art. 221 CPP

Informe de testigo o informante

Informe de policía judicial

Sospechas graves

Registro: Rebrujar, esculcar

Obtener elementos materiales probatorios y evidencia física Art. 275 CPP

Allanar: Se allanan los inmuebles, ingresar por la fuerza contra la voluntad del morador.

Exhumación del cadaver Art. 217 CPP

Art. 205 CPP

Remitir a lesionados o por abuso sexual a medicina legal

Informe ejecutivo dentro de las 36 horas siguientes al fiscal competente. FGN

Grabarán, o por escrito las entrevistas e interrogatorios y las dejarán en cadena de custodia.

Recogerán embalarán técnicamente elementos materiales probatorios y evidencia física

Entrevistas e interrogatorios Art. 306 CPP

Inspección del cadaver Art. 214 CPP

Inspección lugar de los hechos

Art. 202 CPP

Organos que ejercen funciones permanente de policía judicial

Inspectores de policía

Alcaldes

Dirección nacional y regional IMPEC

Entidades públicas de vigilancia y control

Autoridades de tránsito

Contraloría general de la república

Procuraduría general de la nación

Art. 201 CPP

Donde no haya policía judicial, estas funciones las ejerce la policía nacional

CIJIN: Depende de la fiscalía general de la nación, no del comandante de policía

CTI: Cuerpo técnico de investigación

Órganos de policía judicial permanente

Art. 200 CPP

Corresponde a la PJ realizar indagación e investigación

Hechos que revistan de delito

Es la etapa de recolección de datos, averiguación

Objeto

Hechos relevantes

Hechos importantes para la actuación penal

Individualización de autores o autor o partícipe

Identificación: c.c.

Determinar si existió un hecho que constituya delito

Duración

2 años a partir de la noticia criminal Art. 175 CPP

Vencidos los dos años se formula imputación o se ordena archivo

Inicia con la noticia criminal

Termina con la imputación y el archivo

Se procede mediante orden expedida por Fiscal

Art. 161 CPP

Ordenes

Extinción de la sanción penal Art. 88 CP

Exención de punibilidad

La rehabilitación para las sanciones privativas de derechos cuando operen como accesorias

La prescripción

Art. 89 CP

Amnistía impropia

Cuando son perdonados los delitos, especialmente los políticos

El indulto

Perdón: Lo que se perdona es la pena.

La muerte del condenado

Principio de oportunidad

Art. 321 CPP Principio de oportunidad y política criminal

Preclusión Art. 331 CPP

Extinción de la acción penal Art. 82 CP

Las demás de ley

Retractación en los casos previstos en la ley

Arrepentimiento

Art. 225 CP

Calumnia Art. 221 CP

Injuria Art. 220 CP

Indemnización integral en los casos previstos en la ley

Art. 269 CP: Reparación

Pago en los casos previstos en la ley

Art. 402 CP

Omisión de pago agente retenedor

Art. 248 CP Emisión y transferencia ilegal de cheque

Oblación

Pagando la multa que exige el juez Art. 87 CP

Amnistía propia

# 17 Art. 150 CN

Amnesia, olvido

Desistimiento

Art. 75 CPP Desistimiento de la querella

Después del escrito de acusación

El juez escucha el parecer de la fiscalía

Le corresponde al juez de conocimiento

Antes del escrito de acusación

Le corresponde al FGN verificar que sea voluntaria, libre e informada, antes de archivar la diligencias

Antes de audiencia de juicio oral

En cualquier momento de la actuación

Solo en delitos querellables Art. 74 CPP

Muerte del procesado

Caducidad

Hace referencia a una acción

Caducidad: Negligencia para ejercer la acción

Caducidad, dentro de los 6 meses de haberse ocurrido los hechos, no se formula querella, opera la caducidad

No nació la acción penal

Implica la pérdida a ejercer una acción

No es renunciable

Pertenece al derecho procesal

Prescripción

Hace referencia a un derecho

Prescripción: Negligencia para ejercer un derecho

Interrupción de la prescripción Art. 292 CP

Por principio de favorabilidad

No podrá ser inferior a 36 meses

Término igual a la mitad del señalado en el arrt. 83 de. CP

Se interrumpe con la formulación de la imputación

La prescripción de la acción penal se puede interrumpir Art. 84 CP

En un tiempo igual al máximo de la pena. No inferior a 5 años ni superior a 20 años Art. 83 CP

Genocidio, lesa humanidad y crimenes de guerra

Imprescriptible

Desaparición forzada, tortura, homicidio de miembro de org sindical, homicidio defensor DDHH, homicidio periodista, desplazamiento forzado

Prescripción de 30 años

En los presumibles de oficio y de denuncia, no admite caducidad, si no de prescripción

Se habla de prescripción cuando ha nacido la acción penal

Aplica para delitos de oficio y delitos querellables

Implica la pérdida de un derecho

Hace referencia al derecho sustancial porque involucra un derecho

Prescripción de la acción Art. 84 CPP

Comienza a correr

Varias conductas punibles en el mismo proceso

El término correrá independientemente para cada una

Conductas punibles por omisión

Cuando haya cesado el deber de actuar

Conductas punibles de ejecución permanente o Grado de tentativa

Desde la perpetración último acto

Conductas punibles de ejecución instantanea

Desde el día de su consumación

Representado por la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN

Art. 250 CPP

Investigar tanto lo favorable como lo desfavorable del imputado

Respetar las garantías procesales

Respetar sus derechos fundamentales

La fiscalía deberá:

Las demás funciones de ley

Velar por la protección de las víctimas, testigos e intervinientes en el proceso

Dirigir y coordinar las funciones de policía judicial

Calificar y declarar precluidas las investigaciones

Tomar las medidas necesarias para el reestablecimiento del derecho Indemnización de perjuicios

Asegurar la comparecencia de los presuntos infractores Adoptar Medidas de aseguramiento

FGN Competencia en todo el territorio nacional

Exceptúan:

Delitos cometidos por miembros de fuerza pública en

En relación con el mismo servicio

servicio activo

Como?

Noticia criminal

Mediante denuncia o querella

Querella: La puesta en conocimiento de los hechos por la víctima, el sujeto pasivo, quien sufrió el daño

Condiciones de procesabilidad Art. 70 CPP

No requiere querella

Presuntas conductas punibles contra la mujer

Sujeto pasivo menor de edad o inimputable

Casos en flagrancia

Art. 74 CPP Conductas punibles que requieren querella

#2.

Daño en bien ajeno Art. 265 CP

Abuso de confianza

Emisión y transferencia ilegal de cheques Art. 248 CP

Estafa, cuantía < 150 SMMLV ART. 26 CP

Hurto simple, cuantía < 150 SMMLV ART. 239 Inc. 2

Calumnia

Injuria

Violación a la libertad religiosa

Omisión de socorro Art. 131 CP

Lesiones personales culposas Art. 120 CP

Parto o aborto preterintenccional Art. 118 CP

Lesiones personales con perturbación funcional transitoria Art. 114 inc 1

Lesiones personales con deformidad física transitoria Art. 113 CP

Lesiones personales sin secuelas o incapacidad < 60 días Art. 112 Inc. 1 y 2 CP

Inducción o ayuda al suicidio Art. 107 CP

#1.

No tienen señalada pena privativa de libertad

Excepto:

Utilización indebida de influencias en ejercicio de función pública

Utilización indebida de información obtenida en ejercicio de función pública

Utilización indebida de información privilegiada y reservada

Revelación de secreto Art. 418 CP

Abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto Art. 416 CP

Divulgación y empleo de documentos reservados Art. 194 CP

Ofrecimiento, venta, compra instrumento apto para interceptar comunicación privada C.P. Art. 193 CP

Art. 73 CPP Dentro de los seis meses siguientes a: la Comisión Consumación del delito

O a partir de los seis meses desde el conocimiento de la ocurrencia

Denuncia: Puesta en conocimiento de unos hechos que revistan la calidad de delito REGLA GENERAL

Investigar los delitos Acusar a los presuntos infractores Ante los juzgados y tribunales competentes

De oficio REGLA GENERAL

Ej. Encontraron un cadaver

Procedimiento, etapas o fases del proceso Aspecto formal,
Un conflicto, un litigio, un conflicto de intereses Unas pretensiones encontradas