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door Andrea Limazca 5 jaren geleden

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REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE (PREDIOS)

El proceso de inmatriculación es un acto exclusivo en el registro de propiedad inmueble, donde se abre una partida por cada predio para sanearlo y registrarlo por primera vez. Cada predio tiene su propia partida registral que organiza todas las inscripciones de acuerdo a rubros específicos.

REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE (PREDIOS)

REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE (PREDIOS)

CÓDIGO CIVIL

Artículo 2019.-Actos y derechos inscribibles
9.-Las autorizaciones judiciales que permitan practicar actos inscribibles sobre inmuebles.
8.-Las sentencias u otras resoluciones que a criterio del juez se refieran a actos o contratos inscribibles.
7.-Los embargos y demandas verosímilmente acreditados.
6.-Los contratos de arrendamiento.
5.- Las restricciones en las facultades del titular del derecho inscrito.
4.- El cumplimiento total o parcial de las condiciones de las cuales dependan los efectos de los actos o contratos registrados.
3.-Los pactos de reserva de propiedad y de retroventa.
2.-Los contratos de opción.
1.- Los actos y contratos que constituyen, declaren, trasmitan, extingan, modifiquen o limiten los derechos reales sobre inmuebles.
d) De índole jurídico-económica. Como respuesta a la necesidad de facilitar el crédito territorial y fortalecer la seguridad de las transacciones.
c) De naturaleza jurídico-moral. Favorece la buena fe en las transacciones,impidiendo el fraude y la clandestinidad.
b) De carácter jurídico. Porque al ser conocidos por todos, deben ser respetados, de tal manera que quien lesiona o viola el derecho no puede alegar que ignoraba su existencia.
a) De orden social, por cuanto es necesario que la titularidad de la propiedad y de los derechos reales pueda ser conocida por la comunidad.

SUNARP

Inscribir y publicitar actos, contratos, derechos y titularidades de las personas de manera oportuna, inclusiva, transparente, predictible y eficiente.

CONCEPTO

“El registro se construye sobre la base de una idea-fuerza muy concreta: la publicidad existe para tutelar el interés a la notoriedad de ciertos hechos jurídicos (…) Para entablar cualquier relación jurídica se requiere, por lo menos, una relativa certeza sobre los presupuestos que hagan eficaz la transmisión: si se compra un inmueble se necesita saber que el vendedor es el dueño y las cargas que pesan sobre el bien. El Estado busca satisfacer esa necesidad de información a través de la publicidad de los datos relevantes para la vida jurídica(…)”

INMATRICULACIÓN

-Este acto es exclusivo y excluyente porque por cada inmueble se abre una partida.
- Acto mediante el cual, un predio ingresa por primera vez al registro, también se le denomina primera de dominio.
-Primera herramienta registral que nos permite sanear un inmueble.

CATASTRO

IMPORTANCIA
Resulta de vital importancia por su intima vinculación con el registro, por cuanto el catastro genera los datos físicos y gráficos de tal manera que se cuente con datos seguros y confiables que permitan evitar la superposición de áreas, conflictos de límites, asimismo brinda certeza de la ubicación exacta de los predios, con descripción clara y detallada de los mismos.
FUNCIONES
FUNCIÓN FISCAL: Surgieron con el objetivo de suministrar al estado información sobre las características de los inmueble, que permitiera el cálculo y la recaudación eficaz de los tributos inmobiliarios.
FUNCIÓN JURÍDICA: Suministra información relevante al registro de predios que coadyuve para una correcta identificación y descripción física del inmuebles.
FUNCIÓN TÉCNICA O PRIMARIA: Elaboración y actualización de las bases alfanuméricas y de la documentación cartográfica donde se describen y representan a las parcelas.
Sistema público de información sobre la realidad física de un determinado ámbito territorial, constituido por información grafica georeferenciada, desarrollado a través de procedimientos técnicos, que permite identificar y localizar a los predios, describiendo sus principales características físicas y demás atributos relevantes, ejerciendoalgunasomúltiplesfunciones.

ORGANIZACIÓN

RUBROS
g) Registro Personal, en el que se hará mención de las inscripciones que se refieran a las personas que figuran como propietarios.
f)Cancelaciones,en los que se dejará constancia de la extinción de las inscripciones correspondientes al rubro d).
e) Cancelaciones, en el que se inscribirán o anotarán según los casos, las hipotecas, embargos y en general todos los gravámenes y cargas.
d) Gravámenes, en el que se inscribirán o anotarán, según los casos, las hipotecas, embargos y en general todos los gravámenes y cargas.
c) Títulos de dominio, en el que se inscribirán las traslaciones del derecho de propiedad.
b) Descripción del inmueble, en el que se dejará constancia de su ubicación geográfica, superficie, linderos y demás especificaciones.
a)Antecedente dominial,en el que se indicará el tomo y folio en que corren las inscripciones trasladadas a la ficha o el número de aquella de donde se ha hecho la independización.
No procedela apertura de una partida registralpara la anotación preventiva de un acto o derecho que no puede inscribirse por adolecer de defecto subsanable, salvo disposición expresa.
POR CADA ACTO O DERECHO se extenderá un asiento registral independiente. Los asientos registrales se extenderán unos a continuación de otros, consignando el rubro y la numeración correlativa correspondiente precedida de la letra que identifica al rubro, de acuerdo a la prioridad en el ingreso al Registro, salvo que se trate de títulos compatibles.
POR CADA PREDIO se abrirá una partida registral en la cual se extenderán todas las inscripciones que a éste correspondan ordenadas por rubros.