En situaciones de violencia en instituciones educativas, es esencial seguir un protocolo claro. Si la violencia resulta en una emergencia médica, el equipo médico debe atender de inmediato y documentar las lesiones.
Protocolo de actuación ante casos de violencia
de estudiantes o madres, padres de familia y/o
representantes legales detectada o cometida
hacia personal de la institución educativa
Seguimiento
La Junta Distrital de Resolución de Conflictos (JDRC) debe
garantizar la permanencia del estudiante o de la estudiante en el
sistema educativo y cumplir con las demás responsabilidades
establecidas en el Reglamento General a la LOEI.
En el caso de que la persona agresora sea estudiante, el equipo
del DECE a cargo del caso, debe estar atento a la evolución
académica, física, emocional y/o social del niño, niña o
adolescente, dentro y fuera de la institución educativa.
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Derivación
En casos específicos en donde la situación de violencia haya provocado
una emergencia médica, se deben tomar en cuenta los siguientes
aspectos:
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Cualquier miembro de la institución educativa puede acompañar
a la persona agredida al establecimiento de salud más cercano,
previa notificación a su familia si fuese necesario.
El equipo médico debe aplicar el respectivo protocolo para la
atención del caso, siendo importante solicitar un parte sobre las
lesiones encontradas.
En casos específicos donde la situación de violencia no haya
provocado una emergencia médica, la persona agredida puede
poner la denuncia en las Unidades Judiciales o en Fiscalía en
un tiempo máximo de 24 horas tras el hecho ocurrido
Intervención
Frente a la aplicación de medidas educativas disciplinarias
a los niños, niñas o adolescentes agresores, las autoridades
deben informar a los familiares que se puede apelar ante la
Dirección Distrital
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A su vez, la autoridad institucional debe tomar contacto con sus
familiares o representantes legales para informar de lo sucedido
y sobre las medidas disciplinarias que se van a tomar desde
el sistema educativo, tomando en consideración el RLOEI,
el Código de convivencia, y el Acuerdo Ministerial nº 434-12
sobre solución de conflictos.
En caso de que el agresor sea un estudiante, el inspector,
docente tutor o el personal del DECE debe levantar información
sobre lo sucedido, que servirá como base para la definición del
tipo de falta cometida si fuera el caso.
Detección
de la JDRC o de las instancias de justicia pertinentes.
comunicar a la máxima autoridad institucional y al equipo del DECE para levantar el respectivo informe y poner en conocimiento
Si cualquier persona de la comunidad educativa conoce algún
hecho de violencia cometido por estudiantes, padres o madres de familia, representantes legales u otros familiares de estudiantes, a personas de la comunidad educativa, este hecho se debe